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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483703 Artículo 10º.- Déjense sin efecto el segundo párrafo del numeral 40 y el numeral 43, de la Sección VI del Procedimiento General “ZOFRATACNA” INTA-PG.23 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 204-2012/SUNAT/A. Artículo 11º.- La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL GARCIA MELGAR Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 883579-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Dan por concluida la designación de Gerente de Informática de la Sede Central de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 359-2012-SUNARP/SN Lima, 28 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO; Que, mediante Resolución N° 093-2011-SUNARP/SA de fecha 30 de noviembre de 2011, se designó al señor ingeniero José Antonio Chacón Calderón en el cargo de Gerente de Informática de la Sede Central de la SUNARP; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal n) del artículo 7° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado mediante Resolución Suprema N° 135-2002-JUS, es facultad del Superintendente Nacional designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Estando a lo dispuesto en el inciso v) del artículo 7° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; con el visto de la Gerencia General y la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 01 de enero de 2013, la designación del señor ingeniero José Antonio Chacón Calderón, en el cargo de Gerente de Informática de la Sede Central de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, SUNARP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 883582-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 229-2012-CE-PJ Lima, 12 de noviembre de 2012 VISTO: El Oficio Nº 2712-2012-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, mediante el cual eleva el proyecto de actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 129- 2009-CE-PJ, del 23 de abril de 2009, se aprobó el actual Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura. Segundo. Que, asimismo, mediante Resoluciones Administrativas N° 164-2009-CE-PJ, 019-2011-CE-PJ, N° 089-2011-CE-PJ, N° 181-2011-CE-PJ y N° 092-2012-CE- PJ, de fechas 21 de mayo de 2009, 12 de enero de 2011, 2 de marzo de 2011, 6 de julio de 2011 y 30 de mayo de 2012 se modificaron diversos artículos del mencionado texto reglamentario. Tercero. Que por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprobaron los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones”, de aplicación en las entidades de la Administración Pública, por lo que resulta necesario adecuar el citado Reglamento de Organización y Funciones a los lineamientos allí señalados. Cuarto. Que, el Reglamento de Organización y Funciones, por definición, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Asimismo, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, así como establece sus relaciones y responsabilidades, no procede que se precisen en éste las funciones a nivel de cargos, ni los procedimientos de la entidad. Quinto. Que el vigente Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura contiene en su Parte Especial, Títulos I y II, las Generalidades del Procedimiento Disciplinario y detalles del trámite del Procedimiento Único, disposiciones que deben ser incorporadas en un texto normativo distinto al mencionado reglamento. Razón por la cual se deben dictar las disposiciones pertinentes a fin de identificar y distinguir debidamente los aludidos documentos normativos. Sexto. Que corresponde la publicación de la presente resolución y su anexo en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el artículo 1°, numeral 8. e), del Decreto Supremo N° 018-97-PCM, al ser una norma de carácter general, así como en la página Web del Poder Judicial, en cumplimiento de la ley que promueve la transparencia en las instituciones del Estado. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1030-2012 de la quincuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 82°, incisos 26) y 29), y 112°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial”, que consta de 57 artículos, dividido en 3 Títulos, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Derogar los artículos 1° al 74° del anterior Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 129- 2009-CE-PJ, del 23 de abril de 2009, el cual después de publicada la presente resolución se denominará “Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial”. Artículo Tercero.- Establecer que los artículos 75° a 117°, así como las Disposiciones Complementaria, Transitorias y Finales del ahora denominado “Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial”, así como el “Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares