Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 145

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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4. Participar en acciones de control preventivo, de proyeccion e informacion a la sociedad. 5. Rendir cuentas de su labor desplegada, por escrito ante la Jefatura de la OCMA y ante el organo que los MORDAZA, anualmente y al termino de su encargo, asi como cuando se lo requiera la Jefatura de Control, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y quien los eligio. 6. Las demas que le asigne el Jefe de la OCMA, asi como las que le senale la ley y el presente Reglamento. Articulo 17°. Representantes de la Sociedad ante la ODECMA Los representantes de la sociedad ante las ODECMAS, son los siguientes: 1. Un representante del Colegio de Abogados del Distrito Judicial. 2. Un representante de las Facultades de Derecho de las Universidades Publicas del Distrito Judicial. 3. Un representante de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas del Distrito Judicial. Los representantes de la sociedad ante la ODECMA prestaran juramento ante el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, MORDAZA de asumir funciones. Dichos miembros, ejerceran sus funciones en un plazo improrrogable de dos (2) anos, a dedicacion exclusiva. Vencido dicho plazo, de no efectuarse la toma de posesion de cargo por los nuevos representantes, el Jefe de la ODECMA comunicara a las entidades de origen para su reemplazo, con conocimiento del Jefe de la OCMA. Articulo 18°. Funciones de los Representantes de la Sociedad ante las ODECMAs Son funciones de los representantes de la sociedad ante las ODECMAs, las precisadas en los incisos 1, 3 y 4 del articulo 16° del presente Reglamento; ademas de las siguientes: 1. Rendir cuentas por escrito, anualmente o al termino de su cargo, sobre su labor desplegada, a la Jefatura Desconcentrada y al organo que los eligio; asi como cuando se lo requiera la Jefatura Desconcentrada, quien los MORDAZA, el Jefe de la OCMA o el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 2. Recibir, conjunta o indistintamente, las quejas verbales que se formulen durante las Visitas Judiciales por encargo de la Jefatura Desconcentrada de Control y emitir opinion sobre las mismas en el plazo que dure la visita y, excepcionalmente, dentro de tercero dia de concluida la misma, dando cuenta bajo responsabilidad. 3. Las demas que le senalen los jefes de la OCMA o de la ODECMA, asi como la ley y el presente Reglamento. Articulo 19°. Responsabilidades de los Representantes de la Sociedad ante la OCMA y ODECMAs Los representantes de la Sociedad ante la OCMA u ODECMAs, son responsables por sus actos y por el incumplimiento de sus deberes y obligaciones senaladas en la Ley y el presente Reglamento. En caso de comprobarse la comision de conductas irregulares, el Jefe de la OCMA, mediante resolucion debidamente motivada adoptara las medidas pertinentes, con conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y del organo encargado de la eleccion del representante de la sociedad cuestionado. CAPITULO III DE LOS ORGANOS DE APOYO Subcapitulo I De la Oficina Central - OCMA Articulo 20°. Del Equipo de Asistentes de Apoyo a la Jefatura de OCMA El Equipo de Asistentes esta integrado por un grupo profesional encargado de prestar apoyo a la Jefatura Suprema de Control en el desarrollo de sus funciones. Articulo 21°. Funciones del Equipo de Asistentes de Apoyo a la Jefatura de OCMA Son funciones del Equipo de Asistentes de Apoyo a la Jefatura de OCMA las siguientes: 1. Proyectar las resoluciones y demas documentos del Jefe de la OCMA, que tengan relacion con el ejercicio

de sus funciones, observando las directivas impartidas por este. 2. Apoyar en el desarrollo de planes y proyectos tendentes a la optimizacion del servicio judicial que el Jefe de la OCMA disponga. 3. Informar las nulidades y omisiones que advierta en el tramite de los procedimientos disciplinarios. 4. Prestar apoyo, por disposicion del Jefe de la OCMA, en los operativos y demas acciones de control que le MORDAZA encomendadas. 5. Guardar reserva sobre todos los casos que se le encargan y son de su conocimiento. La infidencia es considerada falta grave. 6. Prestar colaboracion, por encargo del Jefe de la OCMA, en las distintas Unidades Contraloras. 7. Formar los expedientes y conservarlos adecuadamente, asi como realizar las demas actividades para mantenerlos ordenados. 8. Las demas que la ley, el presente Reglamento y el Jefe de la OCMA le senalen. Articulo 22°. De la Unidad de Sistemas La Unidad de Sistemas es el organo de apoyo encargado de brindar el soporte informatico requerido por los organos y unidades organicas de la OCMA, operar y administrar su infraestructura tecnologica, asi como realizar actividades de auditoria de sistemas y en general de apoyo en las acciones de control de la OCMA que requieran conocimientos especializados en informatica o sistemas. Articulo 23°. Funciones de la Unidad de Sistemas Son funciones de la Unidad de Sistemas las siguientes: 1. Efectuar actividades de analisis y desarrollo en la elaboracion de programas y aplicativos (Software). 2. Dar soporte tecnico, a traves del MORDAZA mantenimiento a los equipos e instalaciones (Hardware) de la Oficina; asi como el control de reservas que garanticen un normal y continuo funcionamiento de los equipos. 3. Producir informacion, alimentar, organizar y sistematizar las bases de datos y estadisticas de la Oficina de Control de la Magistratura, en permanente interaccion con las demas areas pertinentes del Poder Judicial. 4. Habilitar los equipos de computo de la Oficina para que estos en forma automatica y de oficio registren la rehabilitacion de las medidas disciplinarias, que asi lo requieran, sin necesidad de solicitud de parte. 5. Organizar y administrar el Centro de Computo de la Oficina de Control de la Magistratura. 6. Implementar, desarrollar y administrar la Base de datos de la Oficina de Control de Magistratura, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial. 7. Programar las acciones para el mejor uso de los equipos de computo en la Oficina de Control de la Magistratura, bajo la direccion de la Jefatura. 8. Estudiar y proponer los mecanismos de integracion del Centro de Computo de la Oficina de Control de la Magistratura con las demas areas informaticas del Poder Judicial. 9. Implementar un registro actualizado de las sanciones ejecutoriadas, asi como de los estimulos a los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, para los efectos de su evaluacion permanente. 10. Realizar muestreos de auditoria periodica y controles informaticos a los servicios automatizados vinculados a los procedimientos jurisdiccionales, como son los sistemas de mesas de partes, seguimiento de expedientes, registros, archivos, y otras bases de datos que funcionan en plataformas informaticas del Poder Judicial. 11. Disenar, implementar y velar por la mejora continua del regimen de declaraciones juradas del Poder Judicial, con la perspectiva de hacer de estos instrumentos, un mecanismo de control efectivo, verificable e interconectado con otros sistemas automatizados. 12. Implementar mecanismos de digitalizacion, seguimiento y comprobacion de las declaraciones juradas, en concordancia con las politicas de modernizacion y de lucha contra la corrupcion de la OCMA y del Poder Judicial. 13. Las demas que la ley, el presente Reglamento y la Jefatura de la OCMA le encomiende. Articulo 24°. De la Unidad Documentaria La Unidad Documentaria es el organo de apoyo de

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