Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 146

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

la OCMA encargado de organizar y administrar el acervo documentario, como la recepcion y distribucion de la correspondencia interna y externa de la Oficina, asi como de dar cumplimiento a los tramites dispuestos por las jefaturas y unidades contraloras. Articulo 25°. Funciones de la Unidad Documentaria Son funciones de la Unidad Documentaria las siguientes: 1. Atender e informar, dentro del horario laboral establecido, a los usuarios sobre el estado de sus tramites. 2. Efectuar la recepcion de la documentacion, dejando MORDAZA del dia, hora y persona que lo recibe, y distribuirla en el dia al organo competente. 3. Dar cuenta en el dia de la documentacion recibida asi como supervisar la entrega, a las Unidades Contraloras, las quejas e investigaciones. 4. Refrendar las resoluciones el mismo dia en que se expiden; y, dejar las constancias correspondientes. 5. Informar a los usuarios los requisitos necesarios para la tramitacion de sus quejas, pedidos o reclamos. 6. Verificar que dentro del plazo de ley y del presente Reglamento, segun fuera el caso, se cumplan las notificaciones y tramites dispuestos por la Jefatura y las demas dependencias 7. Expedir a los investigados y demas interesados, previa autorizacion de la Jefatura de la OCMA o de las Unidades Contraloras, copias simples o certificadas de los actuados y resoluciones expedidas. 8. Proporcionar para la elaboracion de estadisticas judiciales, la informacion competente a sus areas de trabajo. 9. Efectuar el seguimiento de la documentacion solicitada a otras dependencias, informando semanalmente a la Jefatura del resultado de las mismas. 10. Formar los expedientes principales, cuadernos de apelacion o cautelares, entre otros, dispuestos por la Jefatura de Control. 11. Efectuar las notificaciones en el dia o a mas tardar dentro de las 48 horas de su recepcion. 12. Verificar que en el cargo de notificacion se consigne la fecha y hora de recepcion de la documentacion, la persona que la recibe y su documento de identidad, salvo que se niegue a firmar, en cuyo caso, se dejara constancia. 13. Efectuar las notificaciones a magistrados y auxiliares judiciales con las mismas formalidades, en la dependencia donde laboran y de manera personal. 14. Efectuar las notificaciones en los domicilios reales, procesales o electronicos, fijados por los interesados, con las formalidades previstas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y los reglamentos. 15. Remitir las notificaciones y demas comunicaciones, via correo, para su debido diligenciamiento a los diferentes distritos judiciales del MORDAZA, dentro de las 48 horas de su recepcion. 16. Elaborar los proyectos de resoluciones de calificacion de las quejas y denuncias recibidas por Mesa de Partes, en el sentido y bajo las pautas MORDAZA por el funcionario competente. El asistente encargado del caso debera cuidar de la veracidad de las citas consignadas en la resolucion, fechas, fojas y demas actuados que se aludan en ella. 17. Elaborar los proyectos de decretos y demas providencias, respecto de la documentacion correspondiente a la Jefatura de la OCMA. 18. Distribuir los expedientes que se formen por investigaciones preliminares, quejas, investigaciones o visitas judiciales, segun las disposiciones emitidas por la Jefatura de la OCMA. 19. Prestar apoyo, por disposicion del Jefe de la OCMA, en los operativos y demas acciones de Control que le MORDAZA encomendadas. 20. Guardar reserva sobre todos los casos que se le encomienden y son de su conocimiento. La infidencia es considerada falta grave. 21. Las demas atribuciones que le asigne el Jefe de la OCMA. Articulo 26°. De la Unidad de Desarrollo La Unidad de Desarrollo es el organo de apoyo de la OCMA encargado de organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con los procesos tecnicos

de personal, abastecimiento, tesoreria, racionalizacion, planificacion, estadistica e informatica. Articulo 27°. Funciones de la Unidad de Desarrollo Son funciones de la Unidad de Desarrollo las siguientes: A. En materia de Administracion y Personal: 1. Administrar el Cuadro de Asignacion de Personal de todas las areas de la Oficina Central de la OCMA. 2. Ejecutar los planes de desarrollo del personal de la OCMA. 3. Elaborar los protocolos de funciones y manuales operativos de las diferentes areas. 4. Supervisar la asistencia, asignacion de vacaciones, licencias, suplencias, reemplazos, permutas, destaques, entre otros, del personal de la OCMA, que debera coordinarse con la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial. 5. Velar por la provision de los recursos logisticos necesarios para el funcionamiento de las areas de la OCMA, asi como el suministro del mobiliario y servicios indispensables. B. En materia de Tesoreria: 6. Administrar el fondo para pagos en efectivo asignados a la OCMA y efectuar la rendicion de cuentas de conformidad con las directivas establecidas. 7. Verificar la conformidad de la documentacion sustentatoria de las operaciones financieras con cargo al presupuesto de la OCMA. 8. Gestionar la asignacion de viaticos, comisiones de servicios, gastos de movilidad, entre otros, para los desplazamientos de los magistrados y el personal de la OCMA a los diversos distritos judiciales del MORDAZA, con motivo de la acciones de control. 9. Realizar el seguimiento de la dotacion de combustible y las bitacoras de los vehiculos asignados a la OCMA. C. En materia de Imagen Institucional y Prensa: 10. Publicitar los resultados de la labor contralora en la pagina web y demas medios de comunicacion. 11. Elaborar campanas de prevencion y orientacion, destinadas a informar tanto al personal judicial como a los justiciables y abogados, asi como a la ciudadania en general, sobre los mecanismos de control. 12. Realizar su labor en estricto respeto a lo senalado por los organos de gobierno del Poder Judicial, dando cuenta a la Oficina de Imagen y Prensa del Poder Judicial. 13. Cumplir las tareas y encargos ordenados por el Jefe de la OCMA, en el MORDAZA de las politicas de comunicacion institucional, sin perjuicio de coordinar su ejecucion con la Unidad de Desarrollo, y comunicar las acciones emprendidas a la Oficina de Imagen y Prensa del Poder Judicial. 14. Las demas atribuciones que le asigne el Jefe de la OCMA. Articulo 28°. De la Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales La Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales es el organo de apoyo encargado de clasificar, analizar y procesar la informacion para la gestion del Organo de Control de la Magistratura del Poder Judicial, asi como de realizar labores de observacion e investigaciones especiales en las materias de su competencia. La informacion y el resultado de las observaciones e investigaciones especiales procurara, ademas, la toma de decisiones de la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y orientara los ambitos susceptibles de una adecuada labor de control. Articulo 29°. Funciones de la Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales Son funciones de la Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales las siguientes: 1. Proponer a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, las politicas a aplicar en las actividades de la Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales, ejecutandolas una vez aprobadas. 2. Solicitar, obtener, analizar, clasificar y procesar informacion necesaria para la toma de decisiones de la

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