Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 156

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debera evaluar los documentos que Nikolai Fabry Pena MORDAZA presente, a fin de acreditar que domicilia en el referido distrito. B) Expediente N° J-2012-0413 Como consecuencia de lo dispuesto en la Resolucion N.° 0091-2012-JNE, del 23 de febrero de 2012, se convoco a una nueva sesion extraordinaria de concejo municipal. Al respecto, cabe mencionar que MORDAZA de su realizacion, la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA presento el 4 de MORDAZA de 2012, nuevamente, su escrito de descargos, donde reafirmo lo senalado en su escrito del 21 de diciembre de 2011. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 4 de MORDAZA de 2012, contando con la asistencia del MORDAZA y nueve regidores, por seis votos a favor y cuatro en contra, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declaro procedente la legitimidad para obrar activa de Nikolai Fabry Pena MORDAZA, y por cinco votos a favor de la declaratoria de vacancia y cinco en contra, el citado concejo municipal, al no haberse alcanzado el porcentaje previsto en el articulo 23 de la LOM, rechazo la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Nikolai Fabry Pena Mamani. MORDAZA decisiones fueron formalizadas mediante Acuerdo Municipal N.° 029-2012-MDCGAL-CM, del 10 de MORDAZA de 2012. Consideraciones de los apelantes Con fecha 4 de MORDAZA de 2012, Nikolai Fabry Pena MORDAZA interpone recurso de apelacion contra el Acuerdo Municipal N.° 029-2012-MDCGAL-CM, en el extremo que rechazo su solicitud de declaratoria de vacancia, reafirmando, sustancialmente, los mismos argumentos senalados en dicha solicitud. Por su parte, mediante escrito presentado el 14 de MORDAZA de 2012, Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra el Acuerdo Municipal N.° 0292012-MDCGAL-CM, en el extremo que declaro procedente la legitimidad para obrar del solicitante Nikolai Fabry Pena MORDAZA, senalando que: 1. El acta de adjudicacion presentada por Nikolai Fabry Pena MORDAZA acredita que es adjudicatario de un terreno en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mas no su condicion de vecino. 2. Las constancias presentadas por Nikolai Fabry Pena MORDAZA son posteriores a la fecha de MORDAZA de su solicitud de declaratoria de vacancia. 3. No se acredita la existencia de un domicilio multiple, porque dicho termino ­entiendase, domicilio­, se encuentra caracterizado por los atributos de habitualidad y permanencia, lo que no se cumple en el presente caso, ya que el solicitante no ha acreditado que trabaje o viva de manera efectiva en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lanchipa. Con la finalidad de acreditar sus afirmaciones, adjunta, entre otros documentos, un acta de constatacion policial del 9 de MORDAZA de 2012, emitida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la que se indica que, habiendose apersonado al domicilio consignado por el solicitante, nadie abrio la MORDAZA (foja 240). Asimismo, adjunta fotos, supuestamente de la direccion senalada por Nikolai Fabry Pena MORDAZA, en la que se aprecia que no se encuentra en condiciones para la residencia del mismo (fojas 241 al 243). La decision del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones Mediante Resolucion N.° 0558-2012-JNE, del 31 de MORDAZA de 2012, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, sin hacer referencia ni emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelacion interpuesto por la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA, declaro nulo el Acuerdo Municipal N.° 029-2012-MDCGAL-CM, en el extremo que rechazo la solicitud de declaratoria de vacancia interpuesta contra la citada regidora, disponiendo que el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se pronuncie nuevamente sobre la referida solicitud, previo

analisis de hechos sustanciales como la encargatura del despacho de alcaldia y la aceptacion de la misma, por parte de la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA Mendoza. Dicha decision se sustento en los siguientes argumentos: 1. El concejo municipal, en tanto instancia administrativa decisoria, determino que la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA no habia incurrido en la causal de vacancia; sin embargo, al momento de decidir ello, no tuvo en consideracion que la conducta imputable a la regidora no es una conducta que deba ser analizada de manera aislada, pues no es una conducta autonoma o independiente, sino que se deriva de la actuacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lanchipa. 2. La decision del concejo municipal, al momento de resolver la solicitud de vacancia de la regidora cuestionada, no tuvo en cuenta elementos sustanciales y determinantes, tales como: i) la decision del MORDAZA distrital de encargar el despacho de alcaldia a la MORDAZA regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA y no al primer regidor, pese a lo establecido en la LOM y en las resoluciones emitidas por el Supremo Tribunal Electoral; y, ii) la aceptacion por parte de la regidora cuestionada de la encargatura encomendada por el MORDAZA distrital. C) Expediente N.° J-2012-1504 Como consecuencia de lo dispuesto en la Resolucion N.° 558-2012-JNE, del 31 de MORDAZA de 2012, se convoco a una nueva sesion extraordinaria de concejo municipal. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 1 de agosto de 2012, contando con la asistencia del MORDAZA y nueve regidores, por cinco votos a favor de la declaratoria de vacancia y cinco en contra, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no haberse alcanzado el porcentaje previsto en el articulo 23 de la LOM, rechazo la solicitud presentada por Nikolai Fabry Pena Mamani. Dicha decision es formalizada mediante el Acuerdo Municipal N.° 068-2012-MDCGAL-CM, del 3 de agosto de 2012. Con fecha 3 de setiembre de 2012, Nikolai Fabry Pena MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra el Acuerdo Municipal N.° 068-2012-MDCGAL-CM, reafirmando fundamentalmente los argumentos expuestos en su solicitud de declaratoria de vacancia. Ademas, indico que: a) el primer regidor no se encontraba con licencia alguna, por lo que no existieron impedimentos para que asumiera el cargo de MORDAZA los dias 11 y 12 de MORDAZA de 2011; y b) el concejo municipal no ha tenido en cuenta la jurisprudencia emitida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, como la Resolucion N.° 218-2012-JNE (considerando 5). En sesion extraordinaria, de fecha 5 de octubre de 2012, contando con la asistencia del MORDAZA y ocho regidores, aprobandose el pedido de someter a reconsideracion el Acuerdo Municipal N.° 068-2012-MDCGAL-CM, por cinco votos a favor de la declaratoria de vacancia y cuatro en contra, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no haberse alcanzado el porcentaje previsto en el articulo 23 de la LOM, rechazo nuevamente la solicitud presentada por Nikolai Fabry Pena Mamani. Dicha decision es formalizada mediante Acuerdo Municipal N.° 092-2012-MDCGAL-CM, del 5 de octubre de 2012. Consideraciones del apelante Con fecha 30 de octubre de 2012, Nikolai Fabry Pena MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo N.° 092-2012-MDCGAL-CM, alegando, sustancialmente, los mismos argumentos ya senalados en su solicitud de declaratoria de vacancia y en su recurso de reconsideracion. CONSIDERANDOS Sobre los requisitos que debe cumplir pronunciamiento de un concejo municipal el

1. De acuerdo con lo senalado en el articulo 23 de la LOM, los pedidos de declaratoria de vacancia

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