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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483741 Artículo 10º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 882599-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban implementación de la “Ciclovía Recreativa en el Distrito del Rímac” ACUERDO DE CONCEJO Nº 076-2012-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTO; en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2012, Memorándum Nº 576-2012-GPP-MDR de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2012, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del 2012; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 008- 2012-EF-50.1 de fecha 18 de abril del 2012, se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las Metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del 2012, como es el caso del instructivo para la meta: Implementación de una Ciclovía Recreativa en el distrito establecido por el Ministerio de Salud; Que, a fin de cumplir con el objetivo acotado en el párrafo precedente se aprueba el instructivo correspondiente a la Meta: Implementación de una ciclovía recreativa en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud, la misma que se implementará en un espacio público sea avenida o calle principal de la jurisdicción, cerrada temporalmente al acceso de los vehículos motorizados por un promedio de seis (06) horas, en una extensión de dos (02) a más kilómetros con un mínimo de ocho (08) domingos al año, permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de estos espacios fortaleciendo con los valores la convivencia ciudadana y de cohesión social; Que, mediante Memorándum Nº 576-2012- GPP-MDR emitido por el Gerente de Planificación y Presupuesto, con relación al cumplimiento de la meta del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, solicita someter al pleno del Concejo la aprobación de la implementación de una Ciclovía Recreativa en el Distrito; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el inciso 26) del artículo 9º y artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la implementación de la “Ciclovía Recreativa en el distrito del Rímac, en aplicación al “Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2012” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2012 EF, conforme al siguiente cuadro: MES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGO. SEPT. OCT. NOV. DIA 15,22,29 05,12,19,26 04,11,18,25 01,29 06,13,20,27 03,17 24 22 26 23 28 25 RUTA 01 01 01 01 01 01 02 02 02 02 02 02 Ruta 01 Partida Av. Alcázar frente a ex Metro, Alameda los Bobos, Jr. Atahualpa, Paseo de Aguas, Atahualpa de regreso (Alameda de los Descalzos), Alameda de los Bobos de regreso, Av. Alcázar hasta la llegada al frente de ex Metro Ruta 02 Partida Jr. Atahualpa, Paseo de Aguas, Av. Atahualpa (Alameda de los Descalzos), Alameda de los Bobos, Av. Alcázar y de regreso altura de Ex Metro, Alameda los Bobos de regreso, Av. Atahualpa (Alameda de los Descalzos) de regreso hasta llegada. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y a la Subgerencia de Seguridad Vial y Transporte la elaboración del Plan de Desvíos, además realizar las coordinaciones con la Policía Nacional del Distrito y empresas de Transporte de servicio público. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a todas las áreas pertinentes el fiel cumplimiento del presente Acuerdo, en lo que fuere de su competencia. Dado en el Palacio Municipal a los veinte días del mes de octubre del dos mil doce. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 883223-1