Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 173

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 9º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA 882582-1 RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 12152-2012-MML/GTU-SRT MORDAZA, 13 de diciembre de 2012 VISTOS: El Documento Simple N° 174978-2011 de fecha 09 de noviembre de 2011, y el Informe N° 750-2012-MML/ GTU-SETT de fecha 26 de noviembre de 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, respecto a la implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. 28 de MORDAZA en el distrito de Miraflores; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acapite 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad al Articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:"Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, mediante el numeral 31 del articulo 5A de la Ordenanza Nº 1338-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que

forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizado para el embarque y desembarque de pasajeros"; Que, mediante la Resolucion de Subgerencia N° 59362010-MML/GTU-SRT de fecha 04 de octubre de 2010, se autoriza la Implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. 28 de MORDAZA en el tramo de la Ca. MORDAZA - Av. MORDAZA "Republica de Panama"; Que, mediante el documento de la referencia, la Municipalidad de Miraflores a traves de la Subgerencia de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial de la Gerencia de Seguridad Ciudadana requiere que se habilite un paradero de transporte publico en la Av. 28 de MORDAZA de dicho distrito, teniendo en cuenta que actualmente sobre esta via, en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA Larco y el Malecon 28 de MORDAZA solo se ubican 02 (dos) paraderos autorizados los cuales resultan insuficientes; Que, mediante el Informe N° 750-2012-MML/GTUSETT de fecha 26 de noviembre del 2012, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 -MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que la Av. 28 de MORDAZA (C11) tiene la categoria de via Arterial; b) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, c) Que, se procedio a evaluar la propuesta presentada por la Municipalidad de Miraflores y de acuerdo a la verificacion de MORDAZA realizada en las vias se observo que la ubicacion de paradero propuesto en la aproximacion de la Ca. MORDAZA contempla 02 carriles para el sentido E-O y la aproximacion de la Ca. Ocharan contempla 01 carril para el sentido O-E, y d) Que, la distancia del paradero autorizado en la aproximacion de la Ca. MORDAZA sentido E-O hacia el paradero propuesto es de 200 m., la cual se encuentra por debajo de la minima establecida en los parametros tecnicos de la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU, sin embargo esta ubicacion mejora las condiciones de transitabilidad en la via; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27181 Ley General Transporte y MORDAZA Terrestre, la Ordenanza N° 1338-MML y el Informe N° 750-2012-MML/GTU-SETT de fecha 26 de noviembre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. 28 de MORDAZA (Tramo Av. Malecon 28 de MORDAZA - Av. MORDAZA "Republica de Panama"), tal y como se detalla a continuacion:
SENTIDO EJE UBICACION AC Ca. Ocharan Ca. MORDAZA Ca. MORDAZA Av. MORDAZA Larco Av. La Paz Av. Paseo de la Republica Av. MORDAZA Ca. MORDAZA Ribeyro Av. MORDAZA (Republica de Panama) E-O DC AC O-E DC

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LEYENDA MORDAZA del cruce Despues del cruce
AC DC

Paradero Autorizado Paradero A Implementar

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Articulo 2°.- El Paradero Autorizado sera de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion.

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