Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 178

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100º de la Ordenanza Nº 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103º de la Ordenanza Nº 812-MML, establece que: "Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, mediante el numeral 31 del articulo 5A de la Ordenanza Nº 1338-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizado para el embarque y desembarque de pasajeros"; Que, mediante la Resolucion de Subgerencia Nº 0072008-MML/GTU-SRT de fecha 03 de enero de 2008, se autoriza la Implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. Brasil en el tramo de la Pza. Bolognesi ­ Av. Del Ejercito; Que, mediante el Documento Simple Nº 664582012 de fecha 09 de MORDAZA de 2012, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA a traves del Departamento de Obras Publicas y Transportes requiere que se habilite un paradero de transporte publico en la Av. Brasil (Sentido Sur- Norte) MORDAZA del cruce con el Jr. Miraflores en dicho distrito, teniendo en cuenta que la necesidad de contar con un paradero en dicho lugar; Que, mediante el Informe Nº 728-2012-MML/GTUSETT de fecha 19 de noviembre del 2012, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 341 ­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que la Av. Brasil (A-35) tiene la categoria de via Arterial; b) Que, de acuerdo a la base de datos en TransCAD (Geographic Information Software), la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene paraderos de transporte regular autorizados en la Av. Brasil (Tramo: Pza. Bolognesi ­ Av. Del Ejercito) en el distrito MORDAZA MORDAZA sin considerar el sentido Sur ­Norte con aproximacion al Jr. Miraflores en el mismo distrito, c) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene autorizadas 10 rutas por la Av. Brasil aproximacion con el Jr. Miraflores en el distrito de MORDAZA MORDAZA, d) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal Nº 180-2004MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, e) Que, de acuerdo a la verificacion de MORDAZA realizada en la interseccion evaluada; se procedio a determinar las condiciones operativas, fisicas y de infraestructura a fin de mejorar la circulacion del servicio de transporte publico; asimismo, en la Av. Brasil con aproximacion al Jr. Miraflores contempla la necesidad de senalizar horizontal y verticalmente de paradero (I-20) Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27181 Ley General Transporte y MORDAZA Terrestre, la Ordenanza Nº 1338-MML y el Informe Nº 728-2012-MML/GTU-SETT de fecha 19 de noviembre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. Brasil (Tramo:

Pza. Bolognesi ­ Av. Del Ejercito), tal y como se detalla a continuacion:
SENTIDO EJE UBICACION AC Plaza Bolognesi Ca. Don Bosco Av. 28 de MORDAZA Av. Brasil (Tramo: Pza. Bolognesi - Av. Del Ejercito) Jr. Castrovirreyna Jr. Canterac Jr. Borgona Jr. R. Dominicana Av. MORDAZA Jr. Husares de MORDAZA Jr. Mrcal. MORDAZA Av. Mariategui Av. Gral. MORDAZA Av. San MORDAZA Jr. Almagro Av. De la Policia Ca. Cabo MORDAZA Av. MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA Jr. M. Grau Jr. Inclan Jr. Cmdte. Espinar Jr. Miraflores
LEYENDA MORDAZA del cruce Despues del cruce
AC DC

N-S DC AC 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

S-N DC

Paradero Autorizado Paradero A Implementar

1 1

Articulo 2º.- El Paradero Autorizado sera de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3º.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 9º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano.

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