Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 180

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483742 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 222 que establece beneficios tributarios para presentar Declaración Jurada Tributaria DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022 San Juan de Lurigancho, 26 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Memorándum Nº 1350-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 542-2012-GAJ- MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 406-2012-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 222 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de Enero de 2012, se establece el Beneficio de Regularización para la presentación de Declaración Jurada Tributaria en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, en el artículo Cuarto de la citada Ordenanza se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o prórrogas en la vigencia de la misma; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 406-2012-GR/MDSJL de fecha 21 de diciembre de 2012, informa que estando por vencer la vigencia del Beneficio de Regularización para la presentación de Declaración Juarada Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 222 se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de diciembre del 2013, permitiendo que nuestros contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 542-12-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2013, la vigencia de la Ordenanza Nº 222 que establece el “Beneficio de Regularización para la Presentación de Declaración Jurada Tributaria en la jurisdicción del distrito de San de Juan de Lurigancho”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 882667-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Tabla de Valores de Otras Instalaciones ORDENANZA Nº 337-MDSMP San Martín de Porres, 20 de diciembre del 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 20.DICIEMBRE.2012, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba la tabla de valorización para otras instalaciones; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el Dictamen N° 012-2012-CPF/MDSMP de la Comisión de Planificación y Finanzas, que propone al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba la tabla que contiene la valorización de las otras instalaciones y que constituye uno de los factores que se toman en cuenta para obtener la valuación de los predios urbanos, sustituyendo así la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual; para lo cual la Gerencia de Administración Tributaria, a través de su Informe N° 69-2012-GAT/MDSMP, alcanza la propuesta de la Tabla de Valores Unitarios para la Valuación de Otras Instalaciones, elaborada por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria (Informe N° 537-2012-SGFT-GAT/ MDSMP), contándose a la vez con las opiniones favorables de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas (Informe N° 1212-2012-SGCyHU-GDU/MDSMP), Gerencia de Desarrollo Urbano (Memorándum N° 1185-2012-GDU/ MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe N° 668- 2012-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, inciso 8); 39 y 40 de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, así como artículos II.A.07 y II.A.08 del Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 126-2007-VIVIENDA; con el Dictamen N° 012-2012-CPF/MDSMOP de la Comisión de Planificación y Finanzas; con el Voto Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA VALORACIÓN DE OTRAS INSTALACIONES Artículo Primero.- APROBAR la Tabla que contiene la Valorización de Otras Instalaciones, la misma que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas; y a la Gerencia de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, consignar en sus Fichas Catastrales y Fichas de Información Predial, respectivamente, la información detallada de las Otras Instalaciones de cada predio que se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Subgerencias de Registro Tributario y Fiscalización Tributaria, respectivamente, dependientes de la Gerencia de Administración Tributaria, la aplicación de la Tabla de Valorización de Otras Instalaciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, la actualización de la Tabla que contiene la Valorización de Otras Instalaciones, según el Anexo I, en el Sistema Integral de Gestión Tributaria Administrativa – SIGTA. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN FINAL Única.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde