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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483628 del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que estará integrado por los siguientes funcionarios: - Ministro de Energía y Minas, quien lo presidirá. - Viceministro de Energía. - Viceministro de Minas. - Secretaria General. - Director General de Minería. - Director General de Electricidad. - Directora General de Hidrocarburos. - Director General de Asuntos Ambientales Mineros. - Directora General de Asuntos Ambientales Energéticos. - Director General de Electrificación Rural. - Director General de Eficiencia Energética. - Directora General de Administración. - Director General de Planeamiento y Presupuesto. - Director General de Gestión Social. - Directora de Defensa Nacional. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo conformado en el Artículo 1º de la presente Resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley Nº 29664, Ley de creación del SINAGERD, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y la Directiva Nº 001-2012- PCM/SINAGERD-“Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 276- 2012-PCM. Artículo 3º.- La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial para la Gestión de Riesgo de Desastres estará a cargo de la Directora de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Energía y Minas, la cual brindará el apoyo administrativo y técnico correspondiente. Artículo 4º.- El Despacho de la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas dispondrá se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 883832-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 188-2012-IN Mediante Oficio Nº 1232-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 188-2012- IN, publicada en la edición del día 21 de diciembre de 2012. - En la página Nº 481632, en el Artículo 1º: DICE: Artículo 1º.- Designar al señor Edgar Cornelio Reymundo Mercado en el cargo de Superintendente Nacional de Migraciones. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Designar al señor Edgard Cornelio Reymundo Mercado en el cargo de Superintendente Nacional de Migraciones. 883883-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Reglamento de traslado temporal de notarios a nivel nacional, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29933 DECRETO SUPREMO Nº 020-2012-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que es función del Estado reconocer, supervisar y garantizar el ejercicio de la función notarial; Que, mediante la Ley N° 29933, se modifica el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, y se dispone en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria, que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en atención a las necesidades de la población, puede disponer los traslados temporales de notarios a nivel nacional, cuando existan plazas vacantes y hasta que sean cubiertas en virtud del concurso público nacional de méritos para el Ingreso a la Función Notarial, y en caso que éste sea declarado desierto, hasta que se cubran las plazas por los concursos públicos regulares; Que, la citada Ley N° 29933, dispone en la Primera Disposición Complementaria Transitoria, que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, reglamenta dicha Ley en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, a partir de su vigencia; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118° y numeral 3 del artículo 123° de la Constitución Política del Perú; los artículos 11° y 13° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 29933, que modifica el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Aprobar el Reglamento de traslado temporal de notarios a nivel nacional, de Conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29933, el cual consta de seis (06) artículos. Artículo 2°.- Vigencia El Reglamento regirá a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano y será publicado en el Portal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe) en la misma fecha. Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 883881-1 Aprueba el Reglamento del Concurso Público Nacional de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, de conformidad con la Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29933 DECRETO SUPREMO Nº 021-2012-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA