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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483630 el artículo 26º del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; Que, asimismo, las solicitantes extranjeras han sido condenadas a pena privativa de libertad por las instancias judiciales, cuya situación migratoria actual es irregular, por lo que corresponde su expulsión del territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 60º y 64º numeral 2) y el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 703, Ley de Extranjería; Que, mediante documento oficial enviado por las correspondientes Embajadas, se garantiza la salida del Perú de las solicitantes a sus países de origen; De conformidad con los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y la Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a las internas extranjeras sentenciadas, quienes se encuentran recluidas en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE ANCÓN II 1. BELANO LUZ RACHEL o RACHEL LUZ BELANO, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 25 de setiembre de 2013. 2. FERNANDEZ DE LUNA, GERVETH o GERVETH FERNANDEZ DE LUNA, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 19 de julio de 2013. 3. FRANQUELLI TABUSO, MARIA ESTRELLA, de nacionalidad española, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 11 de noviembre de 2013. 4. JANOY CAÑEDA, SHELLA MAE o SHELLA MAE CAÑEDA JANOY, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 01 de diciembre de 2013. 5. LUDOVICE CHAN, ILLUMINADA o ILLUMINADA LUDOVICE CHAN, de nacionalidad española, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 08 de enero de 2014. 6. FREIDA OBAÑA NANKIL o FREDA OBAÑA NANQUIL o FREDA N. ATIENZA, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 11 de febrero de 2014. 7. PINUELA ESTENOR, GRACE, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 26 de mayo de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS I 8. VERA MAUD BRAMWELL o BRAMWELL VERA MAUD, de nacionalidad jamaiquina, conmutarle de 10 años a 05 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 21 de noviembre de 2014. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE VIRGEN DE FATIMA 9. GABRIEL MENDOZA, SHEREE ANN o SHEREE ANN GABRIEL MENDOZA o SHEREE ANN MENDOZA GABRIEL, de nacionalidad filipina, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 19 de diciembre de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE AREQUIPA 10. MENACHI, GOBALU o GOBALU, MENACHI, de nacionalidad malaya, conmutarle de 06 años 08 meses a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 13 de junio de 2013. Artículo 2º.- Expulsar del territorio nacional a las internas extranjeras comprendidas en la presente Resolución, quedando impedidas de ingresar nuevamente al país. Artículo 3º.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES adscrita al Ministerio del Interior, para que una vez cumplida la pena conmutada en cada caso, se disponga la inmediata expulsión de las personas referidas en el artículo 1º. Artículo 4º.- Otorgar el plazo improrrogable de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que las solicitantes recuperen su libertad, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, en cumplimiento de la normativa de la materia. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 883881-6 Oficializan slogan institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0324-2012-JUS Lima, 28 de diciembre de 2012 VISTO, el Oficio Nº 267-2012-JUS/OGIC, de la Dirección General de Imagen y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos define la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4º de la acotada Ley, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente en materia de derechos humanos; defensa jurídica del Estado, acceso a la justicia, política penitenciaria, regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones, defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico y relación del Estado con entidades confesionales; Que, con el fin de comunicación masiva de las funciones y servicios que brinda el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante Resolución Ministerial Nº 0120-2012-JUS se oficializó el slogan institucional con el texto “Tú también tienes derechos”; Que, mediante Oficio Nº 267-2012-JUS/OGIC, la Dirección General de Imagen y Comunicaciones recomienda la modificación del slogan institucional a ser utilizado con fines de comunicación masiva de las funciones y servicios que brinda el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a efectos de sensibilizar a la población sobre los compromisos que tiene para con el Estado y la promoción del deber ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011- 2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;