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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483631 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0120-2012-JUS, en los siguientes términos: «Artículo 1º.- Oficializar el slogan institucional a ser utilizado para la comunicación masiva de las funciones y de los servicios que presta el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el siguiente texto: “Tú también tienes derechos y deberes”.» Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 883851-1 Constituyen Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0326-2012-JUS Lima, 28 de diciembre de 2012 VISTO, el Informe Nº 069-2012-JUS/OGPP-OP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), bajo la rectoría de la Presidencia del Consejo de Ministros, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29664, establece que la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente; Que, el artículo 16º de la mencionada Ley señala que los ministros son las máximas autoridades responsables de la implementación de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres de sus respectivos ámbitos de competencia y que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, siendo esta función indelegable; Que, por otro lado, el numeral 13.4 del artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que los titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, los cuales estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes; Que, asimismo, el artículo 18º del mencionado Reglamento establece el funcionamiento de los Grupos de Trabajo, para la articulación y coordinación del SINAGERD, mediante el cual coordinan y articulan la gestión prospectiva, correctiva y reactiva, promueven la participación e integración de esfuerzos de las entidades públicas, el sector privado y la ciudadanía en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD, entre otros; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 276- 2012-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2012- PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, en el marco de la Ley Nº 29664 y su Reglamento, con el objetivo de orientar la constitución y funcionamiento de dichos grupos de trabajo en las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, por lo expuesto, las entidades públicas de todos los niveles de gobierno son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento; Que, en tal sentido, resulta necesario constituir en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, para la formulación de normas, planes, evaluación, organización, supervisión, fiscalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y la Directiva Nº 001-2012- PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo que estará conformado de la siguiente manera: • Ministra de Justicia y Derechos Humanos, quien lo presidirá. • Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. • Viceministro de Justicia. • Secretaria General. • Director General de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico. • Director General de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria. • Director General de la Dirección General de Justicia y Cultos. • Director General de la Dirección General de Protección de Datos Personales • Director General de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia. • Director General de la Dirección General de Derechos Humanos • Director General de la Oficina General de Administración. • Director General de la Oficina General de Tecnologías de Información. • Director General de la Oficina General de Imagen y Comunicaciones. • Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1º de la presente Resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley Nº 29664, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por Resolución Ministerial