Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

otorgado, el cual no puede ser mayor de (24) meses; Que, conforme lo ha establecido la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Produccion a traves del Informe Nº 071-2012-PRODUCE/OGAJcfva de fecha 17 de octubre de 2012, en aplicacion del MORDAZA de legalidad, no procede la asociacion definitiva solo del PMCE del Norte ­ Centro o del Sur de forma independiente, sino unicamente de la totalidad, por cuanto es el unico medio a traves del cual se garantizara el cumplimiento del fin publico por el cual se establecio el MORDAZA MORDAZA regulatorio, que es reducir el esfuerzo pesquero considerando que el recurso anchoveta se encuentra en condicion de plenamente explotado; Que, el articulo 17º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, establece que, la embarcacion cuyo PMCE ha sido asociado o incorporado definitivamente a otra u otras embarcaciones quedara impedida de realizar actividades extractivas del recurso dentro del ambito maritimo nacional, quedando su permiso de pesca, incremento de flota o, de corresponder, el derecho de sustitucion de bodega suspendidos durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, segun lo establecido en el articulo 20º del referido Reglamento. La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero debera remitir a la Autoridad Maritima la relacion de Embarcaciones cuyos derechos administrativos han sido suspendidos por haber sido asociados o incorporados definitivamente a otra embarcacion pesquera, a efectos de las acciones de fiscalizacion y control bajo el ambito de su competencia; Que, asimismo, el articulo 20º del citado Reglamento, establece que, en el caso de tratarse de asociacion o incorporacion definitiva de un PMCE, el permiso de pesca, incremento de flota o, de corresponder, el derecho de sustitucion de bodega, quedara suspendido durante toda la vigencia de la medida de ordenamiento pesquero creada por la Ley. En ambos supuestos corresponde a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero actualizar el registro correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 343-2012PRODUCE, publicada de 24 de MORDAZA del 2012, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de la Produccion; que en su nueva estructura organica contenida en el articulo 5º de citado reglamento, considera que la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto efectue las acciones correspondientes a las funciones de la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la ex Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; Que, con Resolucion Directoral Nº 452-2010PRODUCE/DGEPP del 02 de junio del 2010, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. el cambio de titular del permiso de pesca, entre otros, a las embarcaciones pesqueras MORDAZA B de matricula CO-16662-PM y ZDENKA B de matricula CE-0216-PM, en los mismos terminos y condiciones en los que fueron otorgados, siendo que la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216-PM se encuentra condicionada al resultado de los procesos judiciales correspondientes; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 353-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de MORDAZA del 2010, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO19867-PM, de 662.65 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves del escrito del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. solicita asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216-PM a la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM; Que, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., a fin de dar cumplimiento al requisito Nº 2 del procedimiento Nº 131 del MORDAZA, presenta el Certificado de Deposito Nº 72300 emitido por la empresa DEPOSITOS S.A., con fecha de vencimiento al 21 de febrero del 2013, documento en el cual se aprecia que la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216-PM, se encuentra depositada en dicho establecimiento, al respecto cabe indicar que, el plazo de la vigencia de la incorporacion definitiva del PMCE sera hasta la fecha del vencimiento del Certificado de Deposito MORDAZA mencionado; sin embargo, el plazo dispuesto puede ser extendido hasta el MORDAZA, siempre que su ampliacion se solicite conjuntamente con la

MORDAZA de la renovacion del Certificado de Deposito y no se transgreda la normatividad vigente, conforme lo establece el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0062010-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Nº 009-2011-PRODUCEE; Que, en atencion a lo establecido en el MORDAZA y MORDAZA parrafo del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084, la Direccion General de Sanciones (Memorando Nº 026-2012PRODUCE/DGS de fecha 05 de setiembre del 2012, el mismo que ha sido actualizado con fecha 08 de noviembre del 2011, documentos que obran en fojas 163 y 164), informa que las embarcaciones pesqueras ZDENKA B de matricula CE-0216-PM y BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM, mantienen a la fecha varios procedimientos administrativos de multas; y el Consejo de Apelacion de Sanciones ­ CONAS (Ex CAS - Memorando Nº 458-2012-PRODUCE/CAS-PRE de fecha 02 de MORDAZA del 2012), informa que las citadas embarcaciones pesqueras mantienen procedimientos administrativos sancionadores en tramite; Que, mediante Memorando Nº 1242-2012-PRODUCE/ OEC de fecha 05 de noviembre del 2012, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa que las embarcaciones pesqueras ZDENKA B de matricula CE-0216-PM y BAMAR VIII de matricula CO19867-PM no registran deudas que se esten tramitando a la fecha; Que, en ese sentido, se condicionara la vigencia de la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216-PM a la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO19867-PM, a los resultados de los procedimientos judiciales informados por DGS y CONAS del Ministerio de la Produccion, conforme lo establecido en el MORDAZA y MORDAZA parrafo del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084; Que, en tal virtud, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento Nº 131 que fuera incorporado al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 097-2011PRODUCE; por lo tanto, resulta procedente la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE solicitado; Que, la embarcacion pesquera aportante ZDENKA B de matricula CE-0216-PM, tiene PMCE determinado para la MORDAZA Norte-Centro y Sur; por lo tanto, se indica que posteriormente se emitira la Resolucion Directoral que asigne el MORDAZA PMCE y LMCE de la MORDAZA NORTECENTRO y SUR de la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17º y 20º del Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE/DGEPP y sus modificatorias, corresponderia suspender durante la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216PM; Estando a lo informado por la Direccion de Extraccion Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion Produccion y Pesquera para Consumo Humano Indirecto, segun el Informe Tecnico Nº 408-2012-PRODUCE/DGCHI-DECHI e Informes Legales Nºs. 1026 y 1040-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el articulo 71º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.Aprobar a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. la incorporacion definitiva del

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