Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 207-2012MIMP del 26 de MORDAZA de 2012, se da por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Trivinos como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Nasca; Que, mediante la Nota de vistos, la Direccion General de la Familia y la Comunidad informa sobre el error material incurrido respecto al MORDAZA prenombre de la precitada persona; Que, el articulo 201, numeral 201.1 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece entre otros, que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decision; y, que la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, estando a los documentos de vistos, resulta pertinente emitir la Resolucion Ministerial por la que se rectifique el error material MORDAZA indicado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; y, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el error material incurrido en el primer considerando y en el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 207-2012-MIMP, de fecha 26 de MORDAZA de 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Dice : "MILTON MORDAZA MORDAZA TRIVINOS" Debe decir : "MILTON MORDAZA MORDAZA TRIVINOS". Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Sociedad de Beneficencia Publica de Nasca y al interesado para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 883939-1

VISTOS: Los Oficios Nº PCD-626-2012-PRODUCE/ IMP y Nº PCD-100-630-2012-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, el Memorando Nº 002912012-PRODUCE/DGP del 14 de diciembre de 2012 de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, que adjunta el Informe Nº 044-2012-PRODUCE/DGP-Diropa; el Informe Nº 625-2012-PRODUCE/DGCHD-DEPCHD de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo; y el Informe Nº 166-2012-PRODUCE/OGAJ-cmorenov de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales por su condicion de patrimonio de la Nacion, entre ellos los recursos hidrobiologicos, asimismo promueve el uso sostenible de los recursos naturales y la conservacion de la diversidad biologica; en concordancia con lo dispuesto por los articulos 66 a 68 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 3 de la Ley Nº 26821 ­ Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; Que, los recursos hidrobiologicos son administrados por el Estado, correspondiendole en forma exclusiva al Ministerio de la Produccion, determinar segun el MORDAZA de pesqueria mediante dispositivo de caracter general, los sistemas de ordenamiento y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; en concordancia con lo dispuesto por los articulos 2, 9 y 11 del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, y articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Que, el Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, cuyo reglamento fue aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, tiene entre sus objetivos lograr la recuperacion del Recurso Merluza en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido de este recurso y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de la pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el manejo pesquero del Recurso Merluza y de su fauna acompanante se establece a traves de Regimenes Provisionales de Pesca aprobados por Resolucion Ministerial por temporadas de pesca, y se realiza en funcion a la asignacion del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) y del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE), a la nominacion y asociacion de embarcaciones pesqueras que podran extraer la totalidad de dicho LMCE, y a la suscripcion de un Convenio de Cabal y Fiel Cumplimiento de Obligaciones entre el Ministerio de la Produccion y los armadores de embarcaciones pesqueras que cuenten con PMCE y LMCE asignado; conforme al numeral 4.1 del articulo 4 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, modificado por el Articulo 1 del Decreto Supremo N° 012-2010-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 415-2011PRODUCE se establecio el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merlucciusgayiperuanus), correspondiente al ano 2012, en el MORDAZA del cual se autoriza la actividad extractiva desde las 00:00 horas del 1 de enero

PRODUCE
Establecen Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente al primer semestre del ano 2013 y autorizan actividad extractiva en area --del dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 549-2012-PRODUCE MORDAZA, 28 de diciembre de 2012

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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