Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 883943-9

Articulo 1º.- Modificar el texto del Articulo 1º de la Resolucion Suprema N° 025-2011-EF, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por EUR 10 500 000,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), destinado a financiar parcialmente el "Fortalecimiento de la Conservacion de la Biodiversidad a traves del Programa Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ PRONANP", y cuya ejecucion estara a cargo del Fondo de Promocion de las Areas Naturales Protegidas del Peru ­ PROFONANPE." Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Contrato que implemente la ampliacion del Aporte Financiero No Reembolsable referida en la parte considerativa de la presente resolucion; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Contrato. Articulo 3º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a PROFONANPE los recursos provenientes de la ampliacion del aporte financiero no reembolsable que se menciona en la parte considerativa de la presente resolucion suprema, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, en el cual se fijaran las condiciones del aludido traspaso. Dicho Convenio sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 883943-16

Modifican Articulo de la R.S. N° 0252011-EF mediante la cual se acepta , Aporte Financiero No Reembolsable otorgado por el Gobierno de Alemania a traves del KfW
RESOLUCION SUPREMA N° 081-2012-EF MORDAZA, 29 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 025-2011-EF, el Gobierno de Alemania, a traves del Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KFW, otorgo al Gobierno de la Republica del Peru un Aporte Financiero No Reembolsable hasta por EUR 5 500 000,00 (CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ PRONANP, cuya ejecucion esta a cargo del Fondo de Promocion de las Areas Naturales Protegidas del Peru ­ PROFONANPE; Que, teniendo en cuenta que el objetivo especifico al que se destina dicha donacion es el fortalecimiento de la conservacion de la biodiversidad, en el MORDAZA del PRONANP, en el contrato suscrito el 10 de junio de 2011, entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, para implementar este aporte, se consigno como destino el "Fortalecimiento de la Conservacion de la Biodiversidad a traves del Programa Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ PRONANP"; Que, en tal sentido, resulta necesario adecuar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema N° 025-2011-EF, a lo establecido en el contrato que se refiere el considerando precedente; Que, de otro lado, a la fecha, el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KFW ha acordado ampliar el citado Aporte Financiero No Reembolsable en EUR 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 EUROS); Que, por tanto, resulta necesario formalizar la aceptacion de la ampliacion del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripcion del Contrato que lo implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, la Resolucion Suprema N° 025-2011-EF, y;

EDUCACION
Aprueban Politica Educacion Ambiental Nacional de

DECRETO SUPREMO N° 017-2012-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 36° de la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, dispone que el Ministerio de Educacion, en coordinacion con el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, elabore la Politica Nacional de Educacion Ambiental, entidad esta MORDAZA cuya fusion al Ministerio del Ambiente ­ MINAM, se aprobo de acuerdo a la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, la cual senala que toda referencia hecha al CONAM o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA de fusion, se entendera como efectuada al Ministerio del Ambiente; Que, el articulo 87° del Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, establece que el Ministerio de Educacion y la Autoridad Ambiental Nacional tienen la obligacion de articular y coordinar con las diferentes entidades del Estado y la sociedad civil, la Politica Nacional de

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