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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484828 remite el Informe Técnico Nº 014-2012-GGR/ORDITI que concluye que el CAP se encuentra enmarcado en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; a través del Informe Legal Nº 733-2012-GRJ/ORAJ, la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Cuadro de Asignación para Personal - CAP, se ajusta al marco legal vigente; con Reporte Nº 223- 2012-GRPPAT la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión favorable para la aprobación del CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y mediante Ofi cio Nº 1184-2012-GRJ/ GGR, el Gerente General del Gobierno Regional Junín menciona que el Cuadro de Asignación para Personal – CAP se encuentra de acorde con el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, recomendando su tramitación de estos ante el Consejo Regional; Que, contando con el Dictamen Nº 036-2012-GRJ- CR/CPPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN PARA PERSONAL - CAP, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO” Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro de Asignación para Personal - CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Junín, el cual consta de tres (03) folios que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Resolución Gerencial General Regional Nº 011-2003-GR-JUNIN/GGR, su modifi catoria Resolución Gerencial General Regional Nº 084-2004-GR-JUNIN/GGR, y toda normatividad que contravenga la presente Norma Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 6 días del mes de noviembre de 2012. SAUL ARCOS GALVAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 9 días del mes de noviembre de 2012. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Presidente 883893-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora “Autoridad Portuaria Regional Lambayeque” ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2012-GR.LAMB/CR Chiclayo, 19 de diciembre de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2012, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29951, aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la misma que en las Disposiciones Complementarias Finales de la Centésima Vigésima Primera Disposición Complementaria, se crea para el Año Fiscal 2013 las Unidades Ejecutoras, siendo una ellas la “Autoridad Portuaria Regional Lambayeque” acción que se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se crean, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y a las Disposiciones establecidas en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Que, la Ley Nº 27943 Ley del Sistema Portuario Nacional, señala en su Artículo 27°, que las Autoridades Portuarias Regionales son órganos integrantes del Sistema Portuario Nacional, que serán establecidos en un puerto o conjunto de puertos marítimos, fl uviales o lacustres, según lo establezca el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, a partir de la jerarquización de la infraestructura pública y los activos que realice el Poder Ejecutivo por mandato de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Las Autoridades Portuarias Regionales tienen personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía técnica, económica y fi nanciera, depende de los Gobiernos Regionales; Que, a través del Ofi cio Nº 1114-2012-GR.LAMB/SG, la Secretaría General propone un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora, “Autoridad Portuaria Regional Lambayeque”, la misma que debe ser integrada al Pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque, según mandato de la Ley de Presupuesto para el Sector Público del Año Fiscal 2013; Que, teniendo en cuenta la Ley 27943 y el Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP), la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial opina por su aprobación; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente ordenanza regional; ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2012-GR.LAMB/CR SE ORDENA: Artículo Primero.- APRUÉBASE el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora “Autoridad Portuaria Regional Lambayeque”, que debe ser integrada al Pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto toda disposición regional que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la difusión de esta Ordenanza Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque y efectuénse las publicaciones de ley en el Diario Ofi cial El Peruano y el diario encargado de los avisos judiciales en la Región Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 883026-1 Autorizan viaje del Presidente Regional a los EE.UU. haciendo uso de sus vacaciones ACUERDO REGIONAL Nº 089-2012-GR.LAMB./CR Chiclayo, 19 de diciembre de 2012