Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2012 (07/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de enero de 2012 458822 ilícitos, por lo que se hace necesaria la participación del Ministerio Público; Que, por necesidad del servicio corresponde el nombramiento de un representante del Ministerio Público ante dicho Órgano de Control con competencia a nivel nacional; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor VICTOR ANIBAL VILLEGAS VALERA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Este, destacándolo a la Contraloría General de la República, para que conozca los hechos ilícitos que deriven como resultado de las acciones de control que realiza el citado órgano contralor; con competencia a nivel nacional, derivando los actuados al Fiscal Provincial que corresponde, de ser el caso. Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora TOMASA ANITA CAMPOS POMALAZO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándola en el Pool de Fiscales de Lima, destacándola a la Contraloría General de la República, para que conozca los hechos ilícitos que deriven como resultado de las acciones de control que realiza el citado órgano contralor; con competencia a nivel nacional. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 738357-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas la conversión en agencia de oficina especial ubicada en la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN SBS Nº 12112-2011 Lima, 20 de diciembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A, para que se le autorice la conversión de su Ofi cina Especial ubicada en el distrito y provincia Padre Abad, departamento de Ucayali, en Agencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1692-2006 de fecha 31 de noviembre de 2006, se autorizó la apertura de la citada Ofi cina Especial; Que, mediante Resolución SBS Nº 10447-2011 de fecha 06 de octubre de 2011, se autorizó el traslado de la citada ofi cina a su nuevo local ubicado en Jr. Río Negro Nº 259 de la Junta Vecinal de Alonso Abad Mz. B, Lote 06, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; Que, la empresa solicitante ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para la conversión solicitada de acuerdo a lo exigido por Procedimiento Nº 13 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia y en el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; Estando a lo informado pro el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca Seguros; por el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorandum Nº 673-2011-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas la conversión de su Ofi cina Especial ubicada en Jr. Río Negro Nº 259 de la Junta Vecinal de Alonso Abad Mz. B, Lote 06, distrito y provincia de Pedro Abad, departamento de Ucayali, en Agencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIANA LEÓN CALDERÓN Intendente General de Microfi nanzas (a.i.) 737457-1 Fijan factor de contribución para el año 2012 aplicable para el pago de contribución mensual de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS N° 43-2012 Lima, 04 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han fi jado los lineamientos generales para el cálculo de las contribuciones que abonarán las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a la Superintendencia por concepto de supervisión de conformidad con lo establecido por el artículo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; Que, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, la base de aplicación de la contribución para efectos de lo señalado en el considerando precedente, será el promedio del valor del Fondo de los doce (12) meses anteriores, utilizando para este fi n el valor del Fondo al último día de cada uno de los meses respectivos; Que, atendiendo a lo establecido en el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 167-93-EF, es necesario fi jar la contribución mensual a cargo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones correspondiente al ejercicio 2012; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 87° de la Constitución Política del Estado y las facultades establecidas en la Ley N° 26702;