Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2012 (05/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CONSIDERANDO QUE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2012

Se ha recibido invitacion del Departamento de Estadisticas del Fondo Monetario Internacional (FMI) para participar en la Primera Reunion del Grupo de Expertos en Estadisticas Monetarias y Financieras, que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, los dias 22 y 23 de febrero; El objetivo de esta reunion es discutir la estructura de la MORDAZA edicion del manual de estadisticas monetarias y financieras, para que sea compatible con el MORDAZA sistema de cuentas nacionales de 2008; Es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia de Informacion y Analisis Economico tiene como objetivo el de proveer de informacion y analisis oportunos y relevantes para la formulacion y gestion de la politica monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 5 de enero de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Estadisticas Monetarias de la Subgerencia de Estadisticas Macroeconomicas de la Gerencia de informacion y Analisis Economico, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, el 22 y 23 de febrero, y al pago de los gastos, a fin de que intervenga en representacion de este Banco Central en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje y T.U.U.A. US$ 1373,32 Viaticos US$ 660,00 TOTAL US$ 2033,32 Articulo 3°.- La Presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 749323-1

y en el Estado peruano, que les permita avanzar como comunidad y organizacion juridica en la consolidacion de la institucionalidad democratica y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 10-2006/DP, del 15 de febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo creo un Premio Nacional destinado a expresar publico reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado significativamente en la promocion, defensa y consolidacion del orden constitucional, la institucionalidad democratica y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolucion senala que el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo" sera concedido anualmente por la Defensoria del Pueblo a una o mas personas naturales o instituciones, MORDAZA estas naturales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidaturas al referido premio, las cuales deberan estar debidamente sustentadas y documentadas con informacion acerca de la trayectoria, trabajo y contribucion o aporte a la institucionalidad democratica y vigencia de los derechos humanos; Que el premio consiste en la imposicion de una medalla la cual fue concedida, en el ano 2006, a MORDAZA MORDAZA Llosa y a MORDAZA Lerner Febres; en el ano 2007, al Reverendo Padre MORDAZA MORDAZA MORDAZA, O.P. y a la Hermana MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Valcarcel Muniz (conocida como la "Madre Covadonga"); en el ano 2008, a MORDAZA del MORDAZA Coll Torrente; en el ano 2009, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA (conocido mundialmente como MORDAZA Carter); en el ano 2010, al Embajador MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y a la senora MORDAZA MORDAZA de Ortega; y en el ano 2011, al Padre MORDAZA MORDAZA Mantecon MORDAZA, S.J. (conocido como el Padre Chiqui) y al Movimiento Educativo "Fe y Alegria"; Que, en la presente edicion, se ha visto por conveniente que el MORDAZA Calificador del Premio estara conformado por el Defensor del Pueblo, quien lo presidira, la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, la Adjunta para la Ninez y la Adolescencia, la Adjunta para la Administracion Estatal y el Jefe de la Oficina Defensorial MORDAZA Sur. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la Septima entrega del Premio Nacional "Defensoria del Pueblo". Articulo Segundo.- Modificar el articulo tercero de la Resolucion Defensorial Nº 10-2006/DP, a fin de que el MORDAZA Calificador del Premio este conformado por el Defensor del Pueblo, quien lo presidira, la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, la Adjunta para la Ninez y la Adolescencia, la Adjunta para la Administracion Estatal y el Jefe de la Oficina Defensorial MORDAZA Sur. Articulo Tercero.- Declarar abierta la etapa de recepcion de candidaturas a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, que se extendera hasta el 30 de marzo del 2012. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidatos o candidatas para la concesion del premio, para lo cual dicha MORDAZA debera cumplir con lo establecido por la Resolucion Defensorial Nº 10-2006/DP y por las Bases aprobadas para la Septima Entrega del Premio Nacional "Defensoria del Pueblo", las cuales seran publicadas en el MORDAZA Web institucional. Articulo Cuarto.- La convocatoria sera publicada en el MORDAZA Web de la Defensoria del Pueblo (www.defensoria. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 749786-1

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Convocan a la Septima entrega del Premio Nacional "Defensoria del Pueblo"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 004-2012/DP MORDAZA, 3 de febrero de 2012 VISTA: La Resolucion Defensorial Nº 10-2006/DP, del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo" y; CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo es un organismo constitucional que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, la Defensoria del Pueblo considera de especial interes institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad

Encargan la atencion del Despacho Defensorial al Adjunto en Asuntos Constitucionales (e)
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 005-2012/DP MORDAZA, 3 de febrero de 2012

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