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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (05/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de febrero de 2012 460460 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Departamento de Estadísticas del Fondo Monetario Internacional (FMI) para participar en la Primera Reunión del Grupo de Expertos en Estadísticas Monetarias y Financieras, que se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 22 y 23 de febrero; El objetivo de esta reunión es discutir la estructura de la segunda edición del manual de estadísticas monetarias y fi nancieras, para que sea compatible con el nuevo sistema de cuentas nacionales de 2008; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones del Banco Central; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia de Información y Análisis Económico tiene como objetivo el de proveer de información y análisis oportunos y relevantes para la formulación y gestión de la política monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 5 de enero de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Guillermo Guevara Ruíz, Jefe del Departamento de Estadísticas Monetarias de la Subgerencia de Estadísticas Macroeconómicas de la Gerencia de información y Análisis Económico, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 22 y 23 de febrero, y al pago de los gastos, a fi n de que intervenga en representación de este Banco Central en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y T.U.U.A. US$ 1373,32 Viáticos US$ 660,00 TOTAL US$ 2033,32 Artículo 3°.- La Presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 749323-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Convocan a la Séptima entrega del Premio Nacional “Defensoría del Pueblo” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 004-2012/DP Lima, 3 de febrero de 2012 VISTA: La Resolución Defensorial Nº 10-2006/DP, del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional “Defensoría del Pueblo” y; CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo es un organismo constitucional que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú y por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, la Defensoría del Pueblo considera de especial interés institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad y en el Estado peruano, que les permita avanzar como comunidad y organización jurídica en la consolidación de la institucionalidad democrática y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 10-2006/DP, del 15 de febrero del 2006, la Defensoría del Pueblo creó un Premio Nacional destinado a expresar público reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado signifi cativamente en la promoción, defensa y consolidación del orden constitucional, la institucionalidad democrática y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolución señala que el Premio Nacional “Defensoría del Pueblo” será concedido anualmente por la Defensoría del Pueblo a una o más personas naturales o instituciones, sean éstas naturales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podrá presentar a la Defensoría del Pueblo candidaturas al referido premio, las cuales deberán estar debidamente sustentadas y documentadas con información acerca de la trayectoria, trabajo y contribución o aporte a la institucionalidad democrática y vigencia de los derechos humanos; Que el premio consiste en la imposición de una medalla la cual fue concedida, en el año 2006, a Mario Vargas Llosa y a Salomón Lerner Febres; en el año 2007, al Reverendo Padre Gustavo Gutiérrez Merino, O.P. y a la Hermana María Estrella del Carmen Valcárcel Muñiz (conocida como la “Madre Covadonga”); en el año 2008, a María del Pilar Coll Torrente; en el año 2009, a James Earl Carter (conocido mundialmente como Jimmy Carter); en el año 2010, al Embajador Javier Pérez de Cuellar y a la señora Liliana Mayo de Ortega; y en el año 2011, al Padre José Ignacio Mantecón Sancho, S.J. (conocido como el Padre Chiqui) y al Movimiento Educativo “Fe y Alegría”; Que, en la presente edición, se ha visto por conveniente que el Jurado Califi cador del Premio estará conformado por el Defensor del Pueblo, quien lo presidirá, la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, la Adjunta para la Niñez y la Adolescencia, la Adjunta para la Administración Estatal y el Jefe de la Ofi cina Defensorial Lima Sur. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a la Séptima entrega del Premio Nacional “Defensoría del Pueblo”. Artículo Segundo.- Modifi car el artículo tercero de la Resolución Defensorial Nº 10-2006/DP, a fi n de que el Jurado Califi cador del Premio esté conformado por el Defensor del Pueblo, quien lo presidirá, la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, la Adjunta para la Niñez y la Adolescencia, la Adjunta para la Administración Estatal y el Jefe de la Ofi cina Defensorial Lima Sur. Artículo Tercero.- Declarar abierta la etapa de recepción de candidaturas a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, que se extenderá hasta el 30 de marzo del 2012. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podrá presentar a la Defensoría del Pueblo candidatos o candidatas para la concesión del premio, para lo cual dicha presentación deberá cumplir con lo establecido por la Resolución Defensorial Nº 10-2006/DP y por las Bases aprobadas para la Séptima Entrega del Premio Nacional “Defensoría del Pueblo”, las cuales serán publicadas en el portal Web institucional. Artículo Cuarto.- La convocatoria será publicada en el portal Web de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 749786-1 Encargan la atención del Despacho Defensorial al Adjunto en Asuntos Constitucionales (e) RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 005-2012/DP Lima, 3 de febrero de 2012