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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468083 Que, la Municipalidad Distrital de Yauli ha señalado mediante los Ofi cios Nºs. 393-2011-ALC-MDY y 049- 2012-ALCALDIA-MDY que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes para que realice el mejoramiento de las características físicas y operativas en la Ruta Departamental o Regional JU-102 en el tramo que corresponde al Distrito de Yauli; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Yauli con la conformidad de la Municipalidad Provincial de Yauli – La Oroya y por el Gobierno Regional de Junín y a lo informado por la Unidad Gerencial de Transporte Departamental del Provías Descentralizado y la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; resulta procedente reclasifi car la jerarquía de la Ruta Departamental o Regional JU-102 en el tramo: Emp. PE-22 (Pachachaca) – Yauli – Emp. JU-102 (Límite Distrital con Huay Huay), como Ruta Vecinal o Rural, asignándosele el Código Temporal Nº JU-1029; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nºs. 017-2007-MTC, 044-2008-MTC, 006- 2009-MTC, 026-2009-MTC, 036-2011-MTC y 021-2007- MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la jerarquía de la Ruta Departamental o Regional JU-102 en el tramo: Emp. PE-22 (Pachachaca) – Yauli – Emp. JU- 102 (Límite Distrital con Huay Huay), como Ruta Vecinal o Rural, correspondiente a la Red Vial a cargo de la Municipalidad Distrital de Yauli, asignándosele el Código Temporal Nº JU-1029; la misma que adoptará la siguiente Trayectoria: Ruta Nº JU-1029 Trayectoria: Emp. PE-22 (Pachachaca) – Yauli – Emp. JU-102 (Límite Distrital con Huay Huay), Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 798568-1 Autorizan a la Empresa de Capacitación e Inversiones Solórzano S.A.C. a impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1729-2012-MTC/15 Lima, 7 de mayo de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 036324 y 050894, presentados por la EMPRESA DE CAPACITACIÓN E INVERSIONES SOLORZANO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 51º del referido texto legal, que señala los requisitos documentales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4525-2011- MTC/15 de fecha 22 de noviembre de 2011, se autorizó a la EMPRESA DE CAPACITACIÓN E INVERSIONES SOLORZANO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, con RUC Nº 20568101881, con domicilio en Pasaje Montecarlos Nº 251, 1º y 2º piso, Cerrito La Libertad, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín y en Pasaje Antonio Raimondi Nº 102, 1º piso (solo patio) y 2º piso, distrito de Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A categorías II y III y Clase B categoría II- c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 539-2012- MTC/15, de fecha 03 de febrero de 2012, se autorizó a La Escuela el incremento de su plana docente; Que, mediante Parte Diario Nº 036324 de fecha 26 de marzo de 2012, La Escuela, solicita autorización para impartir el curso de capacitación a quienes aspiran obtener una licencia de conducir Clase A Categoría I y el curso de Normatividad de Tránsito y Seguridad Vial para revalidar una licencia de conducir Clase A Categoría I; Que, con Ofi cio Nº 2647-2012-MTC/15.03 de fecha 12 de abril de 2012, notifi cado el 20 de abril de 2012, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, la cual es respondida mediante Parte Diario Nº 050894 de fecha 28 de abril de 2012; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos, indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 273- 2012-MTC/15.03.A.LEGAL.pvc, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la EMPRESA DE CAPACITACIÓN E INVERSIONES SOLORZANO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir el curso de capacitación a quienes aspiran obtener una licencia de conducir clase A categoría I, así como el curso de Normatividad de Tránsito y Seguridad Vial para revalidar una licencia de conducir Clase A Categoría I; los cuales serán impartidos en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 4525-2011-MTC/15 y 539- 2012-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación