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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (21/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468756 EF/94.10 y el artículo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Kuntur Transportadora de Gas S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir los valores señalados en el artículo anterior en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución a Kuntur Transportadora de Gas S.A., en su calidad de emisor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese, ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 802336-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje del Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas para participar en evento a realizarse en Bélgica RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 137-2012/SUNAT Lima, 20 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Carta N° 12.SL.97 de fecha 24 de abril de 2012, de la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), se cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en las 119°/120° Sesiones del Consejo de Cooperación Aduanera de la OMA, a realizarse en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 28 al 30 de junio de 2012; Que asimismo, a través del Facsímil (DAE-DNE) 43 de fecha 7 de mayo de 2012, el Director de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, remite la Carta N° 12.SL.98 de la Secretaría General de la OMA, a través de la cual comunica a la Embajada del Perú en Bélgica, la realización de las citadas sesiones del Consejo de Cooperación Aduanera; Que de otro lado, mediante correo electrónico de fecha 23 de mayo de 2012, de la Secretaría General de la OMA, se adjunta la Carta N° 12-SL-0136, mediante la cual se comunica la realización de la Sesión de Orientación Especial para los nuevos Directores Generales de las Administraciones, a realizarse en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 27 de junio de 2012; Que la OMA es un organismo intergubernamental independiente cuya misión es incrementar la efectividad y efi ciencia de las administraciones aduaneras; Que la sesión del Consejo de Cooperación Aduanera es considerada mundialmente como la más relevante reunión a nivel aduanero, no sólo porque asisten todos los Directores Generales de Aduanas, sino porque la Asamblea en general toma decisiones de carácter político y técnico que repercuten en todas las administraciones aduaneras del mundo y en las estrategias nacionales e internacionales que éstas lleven a cabo; Que del mismo modo, en dichas sesiones se fi jan las nuevas tendencias y procedimientos a seguir en materia de facilitación, de seguridad de la cadena logística internacional, de protección de los derechos de propiedad intelectual, del medio ambiente, de salud, entre otros temas, relacionados con las mejores prácticas en el campo aduanero; Que por su parte, la SUNAT tiene entre sus funciones, facilitar las actividades aduaneras de comercio exterior, así como inspeccionar el tráfi co internacional de personas y medios de transporte, y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisión de delitos aduaneros, como el contrabando y el tráfi co ilícito de mercancías; Que la participación de la SUNAT en dichos eventos se enmarca en los objetivos estratégicos institucionales de reducir el incumplimiento tributario y aduanero, mejorando los mecanismos de detección de los ilícitos aduaneros, así como de mejorar la competitividad del país facilitando y modernizando el comercio exterior, lo que garantiza una cadena logística ágil y segura en el proceso de despacho aduanero; Que en tal sentido, considerando que el Perú es miembro de la OMA y dada la importancia que revisten los citados eventos para el desarrollo de las funciones de esta Superintendencia, redundando en el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales y, por ende del país, se ha estimado conveniente la participación del señor Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, en los referidos eventos internacionales; Que al respecto, el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT de fecha 26 de enero de 2012, se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé que quedan prohibidos los viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los viajes que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la acotada Ley N° 29816, establece que la SUNAT autorizará mediante Resolución de Superintendencia, los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, teniendo en consideración que dicho viaje cumple con los objetivos institucionales, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del citado funcionario del 25 de junio al 1 de julio de 2012; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 029- 2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, del 25 de junio al 1 de julio de 2012, para participar en la Sesión de Orientación Especial para