Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

Articulo 3º.- La empresa REPSOL EXPLORACION PERU S.A. SUCURSAL DEL PERU, debera cumplir con el cronograma, numero de estaciones de muestreo, numero de muestras, artes, aparejos, materiales y equipos propuestos en el respectivo plan de investigacion, citado en el articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La empresa REPSOL EXPLORACION PERU S.A. SUCURSAL DEL PERU, durante la ejecucion de la investigacion autorizada en el articulo 1° de la presente Resolucion, debera observar estrictamente lo establecido en el articulo 27° de la Ley N° 26839 - Ley sobre la conservacion y aprovechamiento sostenible de la diversidad biologica; caso contrario, el Ministerio de la Produccion se reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes. Articulo 5º.- Una vez cumplido el plazo otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, la empresa REPSOL EXPLORACION PERU S.A. SUCURSAL DEL PERU, debera, presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para su evaluacion y posterior derivacion al Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, el informe sobre los resultados de las acciones de investigacion realizadas en el desarrollo del "Plan de Investigacion Hidrobiologico del Monitoreo Biologico para el Proyecto de Desarrollo del Area Sur del MORDAZA Kinteroni - Lote 57", asi como MORDAZA de las publicaciones que pudieran generarse de las mismas. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 807433-1

Autorizan a Walsh Peru S.A., a realizar investigacion pesquera con extraccion de especimenes hidrobiologicos para la ejecucion del "Plan de Investigacion Hidrobiologico del Estudio Ambiental y Social para las actividades de perforacion en el Lote 123"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 198-2012-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 Vistos los escritos de Registro N° 00058572-2011 y sus adjuntos 2, 4, 5, 8 y, 9 de fechas 11 de MORDAZA, 9 de setiembre, 13 y 25 de octubre y 16 y 21 de diciembre de 2011 respectivamente, presentados por el Senor MORDAZA MORDAZA COELLO, representante legal de la empresa WALSH PERU S.A.; CONSIDERANDO: Que, los articulos 3º, 14°, 20° literal b) numeral 1), 43° literal b) numeral 2), 44°, 45° y 46° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establecen que el estado promueve e incentiva la investigacion y capacitacion que realizan los Organismos Publicos Especializados del Sector y las Universidades, asi como las que provengan de personas naturales y juridicas, con la finalidad de incrementar el conocimiento de los recursos hidrobiologicos y sus ecosistemas; disponiendo que para el desarrollo de la investigacion pesquera deberan contar con la autorizacion correspondiente, otorgada por el Ministerio de la Produccion a nivel nacional; y que esta exceptuada del pago de derechos; Que, los articulos 21º y 24º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establecen que para el ejercicio de la investigacion pesquera se requerira autorizacion previa del

Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), y la obligacion de presentar ante este Ministerio los resultados de la investigacion realizada; Que, el numeral 4.6 del articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonia Peruana, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2009PRODUCE, establece que el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana (IIAP), es la institucion de referencia cientifica y tecnologica para la ordenacion pesquera de la region amazonica; Que, el articulo 27° de la Ley N° 26839 - Ley sobre la conservacion y aprovechamiento sostenible de la diversidad biologica, establece que los derechos otorgados sobre recursos biologicos no otorgan derechos sobre los recursos geneticos contenidos en los mismos; Que, mediante los escritos del vistos, la empresa WALSH PERU S.A., solicita autorizacion para realizar investigacion pesquera para la ejecucion del "Plan de Investigacion Hidrobiologico del Estudio Ambiental y Social para las actividades de perforacion en el Lote 123", en los distritos del Tigre, Trompeteros y Nauta de la Provincia de MORDAZA, y en los distritos de Napo, Alto Nanay y Mazan de la Provincia de Maynas, MORDAZA provincias ubicadas en el Departamento de MORDAZA, sin utilizacion de embarcacion pesquera, con extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, por el periodo de 12 meses; Que, el objetivo general es el de determinar las condiciones ambientales - hidrobiologicas actuales en el area de estudio. Cabe indicar que, dicho proyecto ha tenido opiniones de mejoramiento del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP; Que, el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, mediante el Oficio Nº 004-2012-IIAPAQUAREC/CIQ del 06 de febrero de 2012, comunico la conformidad con el levantamiento de las observaciones realizadas al proyecto de investigacion presentado por la empresa WALSH PERU S.A.; en tal sentido, el plazo de autorizacion de investigacion debera computarse desde la fecha de notificacion de la presente Resolucion Directoral, conforme lo dispuesto en el Articulo 16º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa WALSH PERU S.A., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Tecnico Nº 133-2012-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal N° 408-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa WALSH PERU S.A., representada por el Senor MORDAZA MORDAZA COELLO, para realizar investigacion pesquera con extraccion de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial y sin empleo de embarcacion pesquera, para la ejecucion del "Plan de Investigacion Hidrobiologico del Estudio Ambiental y Social para las actividades de perforacion en el Lote 123", en los distritos del Tigre, Trompeteros y Nauta de la Provincia de MORDAZA, y en los distritos de Napo, Alto Nanay y Mazan de la Provincia de Maynas, MORDAZA provincias ubicadas en el Departamento de Loreto; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, por el periodo de 12 meses. Articulo 2º.- El plazo a que se refiere el articulo precedente, se contara a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion Directoral y podra gestionarse autorizaciones por otros plazos similares, previa MORDAZA de los resultados de los trabajos desarrollados.

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