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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2012 478059 DISTRITO JUDICIAL DE ICA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chincha. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Pisco. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Jaén. Artículo Segundo.- Convertir a partir del 1 de diciembre de 2012 el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia y Distrito Judicial de Cusco, en Quinto Juzgado Penal Unipersonal de la citada provincia, con igual competencia territorial que los juzgados penales unipersonales de la Provincia de Cusco, el cual en adición de funciones actuará como Juzgado Penal Liquidador, y como tal, mantendrá su competencia territorial. Cuando la exigencia de juzgamiento lo requiera el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Cusco, conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. A partir del 1 de diciembre de 2012, la carga procesal penal pendiente de liquidar del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Cusco se distribuirá entre el Quinto Juzgado Penal Unipersonal en adición de funciones Juzgado Penal Liquidador y el Primer y Segundo Juzgados Mixtos del Distrito de Wanchaq, de la citada provincia, los cuales actuarán en adición de funciones como Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores y como tales asumirán igual competencia territorial que el Juzgado Penal Liquidador de Cusco. Artículo Tercero.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco realizará las acciones necesarias, a fi n de no afectar el normal desarrollo de los procesos que se tramitarán en los órganos jurisdiccionales materia de conversión y adición de funciones. Artículo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Ica y Lambayeque; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Ica y Lambayeque; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 862536-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 210-2012-CE-PJ Lima, 24 de octubre de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 2570-2012-GG-PJ, remitido por el Gerente General del Poder Judicial; e Informe N° 287-2012-SEP- GP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Ofi cios Nros. 1736 y 1935- 2012-P-AL-CSJHA-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura solicitó la conversión de órganos jurisdiccionales penales transitorios en permanentes, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, sustentada en razones de carga procesal. Al respecto, y teniendo en cuenta dicha petición, por Resolución Administrativa N° 185-2012-CE- PJ, de fecha 26 de setiembre del año en curso, se prorrogó el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Huaura, hasta el 31 de octubre de 2012: Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Barranca; Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Barranca; Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huaral; Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales Transitorios de la Provincia de Huaral; Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huaura; y, Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales Transitorios de la Provincia de Huaura. Asimismo, se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial amplíe informe, tomando en cuenta la información presentada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. Segundo. Que, en ese sentido, y de acuerdo a lo señalado precedentemente, el Gerente General del Poder Judicial de conformidad con el Informe N° 287- 2012-SEP-GP-GG-PJ, hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que como resultado del análisis de los antecedentes y del volumen de ingresos no es factible la conversión de los Juzgados Penales Unipersonales y de la Investigación Preparatoria Transitorios de Huaura, Huaral y Barranca del mencionado Distrito Judicial, en permanentes. No obstante, a efectos de culminar con la descarga procesal propone la prórroga de su funcionamiento hasta el 30 de marzo de 2013. Tercero. Que los numerales 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 990- 2012 de la quincuagésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Huaura, hasta el 30 de marzo de 2013: • Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Barranca. • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Barranca. • Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huaral. • Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales Transitorios de la Provincia de Huaral. • Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huaura. • Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales Transitorios de la Provincia de Huaura. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Huaura, Equipo Técnico Institucional de