Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
DICE:

478603

transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA, el Estado debe adoptar medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, los literales b) y c) del articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establecen que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion, asi como al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, respectivamente; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 015-2009PARSALUD II del 09 de junio de 2009, se designo al responsable de brindar la informacion de acuerdo a las disposiciones establecidas en las mencionadas normas; De conformidad con lo dispuesto en el literal s) del numeral 1) del paragrafo II.2.6, del apartado II.2, del Capitulo II, del Manual de Operaciones del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD II, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 918-2010/MINSA, de fecha 17 de Noviembre del ano 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del funcionario responsable de atender los pedidos de informacion que se formulan al MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, efectuada mediante Resolucion Jefatural Nº 015-2009-PARSALUD II. Articulo 2º.- Designar al Coordinador de la Unidad de Monitoreo y Evaluacion del PARSALUD II, como funcionario responsable de brindar la informacion que soliciten los administrados y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de PARSALUD II, segun lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coordinador General PARSALUD II

"La resolucion de intervencion, a la que se hace referencia en el articulo 2° del presente Decreto Supremo (...)" DEBE DECIR: "La resolucion de intervencion, a la que se hace referencia en el literal d) del articulo 1° del presente Decreto Supremo (...)" En el Articulo 5°, Primer Parrafo; DICE: "(...) o ilegalidad de la huelga de alcance supra regional o nacional (...)" DEBE DECIR: "(...) o ilegalidad de la huelga de alcance regional (...)"

866099-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Metropolitana San MORDAZA S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3919-2012-MTC/15
MORDAZA, 10 de octubre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 095267 y 115925 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES METROPOLITANA SAN MORDAZA S.A.C. METROPOLITANA SAN MORDAZA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 095267 de fecha 06 de agosto de 2012, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES METROPOLITANA SAN MORDAZA S.A.C. - METROPOLITANA SAN MORDAZA S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, mediante Oficio Nº 6469-2012-MTC/15.03 de fecha 10 de setiembre de 2012, notificado en la misma fecha, se comunico a La Empresa las observaciones encontradas en su solicitud y se le concede un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas;

865130-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 017-2012-TR
Mediante Oficio N° 1026-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 017-2012-TR, publicado en nuestra edicion del dia 1 de noviembre de 2012. . En el Articulo 1°, literal c); DICE: " c) (...) absuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia ios recursos administrativos que se planteen contra los autos expedidos en primera instancia." DEBE DECIR: "c) (...) absuelve en primera instancia los recursos administrativos que se planteen." En el Articulo 4°, MORDAZA Parrafo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.