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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2012 478586 Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 33, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012, y conforme a las modifi caciones aprobadas con Resolución Suprema Nº 284-2012-DE, de fecha 21 de junio de 2012, Resolución Suprema Nº 384-2012-DE, de fecha 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N° 457-2012-DE, de fecha 28 de setiembre de 2012; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas y del Capitán de Corbeta Amílcar Hernán VELASQUEZ Vargas, para que participen en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en elevar el nivel de protección marítima, en benefi cio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, CIP. 01801818, DNI. 43384041 y del Capitán de Corbeta Amílcar Hernán VELASQUEZ Vargas, CIP. 00915452, DNI. 43359004, para que participen en el Curso Auditor de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 19 al 23 de noviembre del 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Buenos Aires (REPÚBLICA ARGENTINA) – Lima US$. 1,250.00 x 2 personas US$ 2,500.00 Viáticos: US$. 200.00 x 5 días x 2 personas US$ 2,000.00 TOTAL A PAGAR US$ 4,500.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El citado Personal Naval, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 866101-16 Autorizan viaje de personal FAP a Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 598-2012-DE/ Lima, 13 de noviembre de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-55-SGFA-Nº 5006 de fecha 24 de octubre de 2012 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-55-COE3-Nº 2002 de fecha 23 de octubre de 2012 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú recibió la solicitud del Comando Conjunto de las Fuerza Armadas, para trasladar al personal integrante del XVI-B Contingente de la Compañía Perú, a la ciudad de Puerto Príncipe – República de Haití, del 15 al 16 de noviembre de 2012 (primer vuelo) y del 20 al 21 de noviembre de 2012 (segundo vuelo); Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Puerto Príncipe - República de Haití, del Personal Militar FAP que conformará las tripulaciones de la aeronave principal Hércules L-100- 20 FAP 382 y la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al personal integrante del XVI-B Contingente de la Compañía Perú, del 15 al 16 de noviembre de 2012 (primer vuelo) y del 20 al 21 de noviembre de 2012 (segundo vuelo); Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformará las tripulaciones de la aeronave principal Hércules L-100- 20 FAP 382 y la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al personal integrante del XVI-B Contingente de la Compañía Perú, a la ciudad de Puerto Príncipe - República de Haití, en las fechas que se detallan a continuación: