Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2012 (27/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479443

Nacional de Ucayali, afectando a las MORDAZA de gastos 2.3.21.22 y 2.3.21.21, segun se detalla: Partida 2.3.21.22 · Viaticos nacionales, 4 dias: · Viaticos internacionales, 4 dias: Partida 2.3.21.21 · Pasaje Pucallpa-Lima-Pucallpa: · Pasaje Lima-Richmond - Lima: · Seguro Total: S/. 405,00 5.241,49 162,00 -----------------S/. 9.042.09 S/. 840,00 2.393,60

el articulo 100, numeral 25, de dicho cuerpo legal, al haber incumplido las atribuciones y obligaciones dispuestas en el articulo 3, numeral 20, del mismo, concordante con el articulo 9, numeral 22, de la LOM, que determina que son atribuciones del concejo municipal "Autorizar y atender los pedidos de informacion de los regidores para efectos de fiscalizacion". Se le imputa a las autoridades municipales que, mediante Acuerdos de Concejo N.° 057-2012-MDP/C, N.° 058-2012-MDP/C y N.° 059-2012-MDP/C, adoptados en la Sesion Ordinaria de Concejo N.° 007, del 13 de MORDAZA de 2012, rechazaron los pedidos de informacion efectuados por el solicitante, en su calidad de regidor, consistentes en lo siguiente: - MORDAZA del Plan Anual de Contrataciones 2012. - Informacion sobre cuales son los procesos o juicios que tiene la municipalidad que requieren la contratacion de un abogado, razon por la cual esta colgado en el MORDAZA del SEACE el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva N.° 004-2012-AU/MDP, y que demandaran un gasto de S/. 66 666,60. - El regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito MORDAZA del margesi de bienes vehiculares, asi como la indicacion sobre a que area habia sido destinada cada unidad vehicular. Descargos del MORDAZA y los regidores

Articulo 3º.- DISPONER que la Oficina General de Administracion y la Direccion General de Presupuesto y Planificacion den cumplimiento a la presente resolucion. Articulo 4º.- Dar a conocer la presente resolucion a los interesados y dependencias pertinentes de la Universidad Nacional de Ucayali. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Rector
870910-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundado recurso de apelacion y confirman el Acuerdo de Concejo Nº 075-2012-MDP/A en el MORDAZA de Revocatoria de Autoridades de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 786-2012-JNE

Mediante escrito, presentado el 17 de MORDAZA de 2012, el MORDAZA y los regidores manifestaron, en su defensa, lo siguiente: i) La LOM establece que es el concejo municipal el que autoriza los pedidos de informacion. ii) No se ha incumplido con las funciones, acuerdos, ordenanzas, la LOM y el RIC; por el contrario, se dio cumplimiento a la LOM. iii) El MORDAZA si dio tramite a la solicitud del regidor, puesto que la tramito ante el concejo municipal, la paso a orden del dia y en sesion de concejo, se rechazo el pedido. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 21 de junio de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA, por mayoria, declaro improcedente la solicitud de suspension. Esta decision se materializo en el Acuerdo de Concejo N.° 075-2012-MDP/A. Consideraciones del apelante Con fecha 25 de junio de 2012, el solicitante interpuso recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo que declaro improcedente la solicitud de suspension, bajo los mismos argumentos del pedido original, anadiendo lo siguiente: i) El concejo municipal ha rechazado las peticiones de los regidores sin expresion de causa, impidiendo el ejercicio de una de las atribuciones mas importantes que la LOM otorga a los regidores, que es la de desempenar funciones de fiscalizacion. Si rechazar los pedidos de los regidores fuera una atribucion del concejo municipal, los regidores estarian a MORDAZA de la dictadura de la mayoria, que pretende irrogarse atribuciones que atentan contra el cumplimiento de su funcion de fiscalizacion y que no tiene nada que ver con el ejercicio de la democracia interna. ii) Lo dispuesto en el articulo 22, inciso 9, de la LOM, no es una facultad absoluta del concejo municipal, sino por el contrario, sirve para regular un procedimiento para el caso especifico de pedidos de informacion. iii) El MORDAZA promovio la negativa a sus pedidos. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso es determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi

Expediente N° J-2012-00898 MORDAZA, cuatro de setiembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica del 4 de setiembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo N.° 0752012-MDP/A, que declaro improcedente la solicitud de suspension presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pomez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de suspension MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 19 de MORDAZA de 2012, solicito la suspension del MORDAZA y de seis regidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 4, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por sancion impuesta por falta grave de acuerdo al Reglamento Interno del Concejo (en adelante RIC), alegando que las mencionadas autoridades habrian incurrido en la causal establecida en

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