NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474803 de vacaciones, de conformidad con el informe del señor Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que en las posteriores convocatorias a concurso público y abierto de personal para cubrir plazas vacantes en el Poder Judicial, que considere como requisito del perfi l ser abogado, los postulantes además de acreditar esa condición mediante la presentación del respectivo título profesional, acompañen la constancia de habilitación respectiva del Colegio Profesional al que pertenecen, bajo responsabilidad de la Comisión Permanente de Selección de Personal. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda norma administrativa que se oponga a la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CESAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 843849-2 Disponen que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, al finalizar el año judicial o al inicio del mismo, informen al Presidente de la Corte Suprema de Justicia sobre los días de suspensión del despacho judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 160-2012-CE-PJ Lima, 13 de agosto de 2012 VISTO: El ofi cio cursado por el doctor Francisco Távara Córdova, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 117-2012-CE-PJ, de fecha 22 de junio del año en curso, este Órgano de Gobierno dispuso “que las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país, al elevar expedientes a la Corte Suprema de Justicia de la República, adjunten un cuadro en el que se consignen los días en los cuales no existió despacho judicial, así como el motivo que originó la suspensión de labores”. Segundo. Que, sin perjuicio de ello, el doctor Francisco Távara Córdova, Juez Supremo Titular, somete a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta para que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, al fi nalizar cada año judicial o al inicio del mismo, informen al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República sobre los días en que sus respectivas jurisdicciones suspendieron el despacho judicial, precisándose que no existió atención al público en las Mesas de Partes de los diversos órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de califi car adecuadamente la admisibilidad de los medios impugnatorios, entre los que se encuentra la casación principalmente. Tercero. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dentro de las facultades y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, está la de adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. Cuarto. Que, siendo esto así, y teniendo en cuenta que la propuesta presentada servirá para coadyuvar en la mejor información y oportuno conocimiento por parte de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, para la adecuada califi cación de la admisibilidad de medios impugnatorios, resulta pertinente su aprobación. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 768-2012 de la cuadragésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Walde Jáuregui, Vásquez Silva y Chaparro Guerra, sin la intervención de los señores Almenara Bryson y Palacios Dextre por encontrarse de licencia y de vacaciones, respectivamente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, al fi nalizar el año judicial o al inicio del mismo, informen al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República sobre los días de suspensión del despacho judicial; precisando que no hubo atención al público en las Mesas de Partes de los diversos órganos jurisdiccionales, si fuere el caso. Artículo Segundo.- La presente resolución complementa lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 117-2012-CE-PJ, de fecha 22 de junio del año en curso, y en consecuencia los mandatos contenidos en ambas son de obligatorio cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 843849-3 Disponen que al inicio del año judicial los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia designen a los Jueces Superiores de las Salas Descentralizadas por el período de un año RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 163-2012-CE-PJ Lima, 20 de agosto de 2012 VISTO: El Ofi cio N° 313-2012-AFChG-CE-PJ cursado por el doctor Ayar Chaparro Guerra, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Consejero Ayar Chaparro Guerra somete a consideración de este Órgano de Gobierno propuesta para que se emita una norma administrativa que establezca la permanencia de los Jueces que integran Salas Superiores Descentralizadas por un año, con el fi n de optimizar la gestión y diligenciamiento de la carga procesal de los citados órganos jurisdiccionales. En