Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474819

En MORDAZA, a los cinco dias del mes de setiembre del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de setiembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 842742-2

Declaran la integralidad del uso del recurso hidrico en torno al proyecto "Mejoramiento y Ampliacion de la frontera MORDAZA, optimizando los recursos hidricos de la Subcuenca del Rio Arma"
ORDENANZA REGIONAL Nº 181-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Asimismo la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como mision de estos, la contribucion al desarrollo regional y sostenible de la region, aplicando de manera coherente y eficaz las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizando la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Entonces, el desarrollo del Departamento de MORDAZA debe obedecer a criterios de integralidad y equidad, lo que supone el uso equilibrado de los recursos en todo su territorio, priorizando aquellas localidades con menor desarrollo economico, social, poblacional, cultural y/o ambiental, de modo tal, que se generen adecuadas condiciones de MORDAZA y dinamismo en su economia. Que, la Provincia de Condesuyos, tiene el MORDAZA Indice de Desarrollo Humano (IDH) mas bajo del Departamento de MORDAZA, lo que se ve reflejado en sus aun insuficientes niveles de alfabetismo, de escolaridad, de logro educativo y del ingreso familiar per capita; siendo que dicha realidad a influido al despoblamiento de la MORDAZA (segunda Provincia con menos poblacion) pese a ser la cuarta Provincia con mayor superficie del Departamento. La actividad agropecuaria es la base de su economia, sin embargo el 85% de las tierras de cultivo estan sembradas con forrajes que sirven de soporte a la ganaderia lechera predominante en la MORDAZA, la produccion de cultivos de pan llevar con bajos rendimientos dirigidos principalmente al autoconsumo con minimos excedentes para la comercializacion, requiriendo escasa mano de obra lo que induce a que se produzca migracion de personas en capacidad de trabajo a otros lugares con mayor dinamismo economico; a esto se suma la escasez del recurso hidrico que permita una reconversion a cultivos de mayor rentabilidad asi como la ampliacion de la frontera agricola. Que, en ese sentido, ya desde el ano 1954, mediante Decreto Supremo Nº 88 se reservaron las aguas del Rio

Arma, para irrigar las pampas MORDAZA y Morrillos, ubicadas en los distritos de Chuquibamba e Iray. Asimismo con Ley Nº 23257 del 02.06.1981, se aprueba la ejecucion del Proyecto Arma, dentro del Plan de Aplicacion de la Frontera MORDAZA en el departamento de MORDAZA, mientras que con Ley Nº 24177 del 09.01.1985, es declarado de Necesidad Publica y de Interes Nacional autorizando la ejecucion de las obras de infraestructura hidraulica y la utilizacion de las aguas del Rio Arma. De otro lado el Decreto Supremo Nº 089-84-AG, del 18.09.1984, aprueba la reserva de las aguas para el Proyecto Integral del Desarrollo Rio Arma. Con Resolucion Ministerial Nº 00464-89/DGRAAR del 20.10.1989 se reserva 40,599.2690 hectareas de tierra para la ejecucion del Proyecto Rio Arma, autorizando ademas la realizacion de los estudios de Pre inversion. Asimismo con Resolucion CORDEA Nº 277-88 del 01.06.1988, se aprueba el Estudio de Factibilidad Tecnico Economico del Proyecto Integral de Desarrollo Rio Arma elaborado por Asociacion de Consultores MORDAZA & MORDAZA S.A. y Agroingenieria S.A.; mientras que la derogada Ley Nº 25022, Ley Organica de la Region MORDAZA del 14.04.1989, mediante su Decima Disposicion Complementaria, crea el Proyecto Especial Integral de Desarrollo Rio arma, para la aplicacion y mejoramiento de riego de la MORDAZA del rio Arma, en la provincia de Condesuyos. En ese sentido desde entonces se ha reconocido la integralidad del proyecto, asi como la importancia y necesidad de la elaboracion estudios y ejecucion de los mismos, de manera tal que contribuyan a mejorar las condiciones de MORDAZA de los habitantes de la referida Provincia. Que, con Registro SNIP 149150 el Gobierno Regional de MORDAZA, inscribio en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica el Proyecto de Inversion Publica denominado: "Mejoramiento y Ampliacion de la Frontera MORDAZA Optimizando los Recursos Hidricos de la Subcuenca del Rio Arma, Condesuyos ­ Arequipa", el mismo que MORDAZA siete de los ocho distritos de la Provincia y cuyo objetivo es el incremento de la produccion y los rendimientos agricolas en el ambito del proyecto beneficiando de manera directa a mas de 13,000 personas poniendo en produccion 20,119.32 ha. nuevas; siendo que dicho proyecto a la fecha se encuentra activo con perfil aprobado. Que, el Consejo Regional, en merito a su competencia normativa, ha emitido Acuerdos Regionales que reconocen la importancia y prevalencia del referido Proyecto para el desarrollo del Departamento de MORDAZA y de manera especifica para el de la Provincia de Condesuyos, asi tenemos que: ((a)) con Acuerdo Regional Nº 085-2011GRA/CR-AREQUIPA del 08.09.2011 se declaro de Interes Publico Regional, ((b)) con Acuerdo Regional Nº 0452012-GRA/CR-AREQUIPA del 08.05.2012 se declaro de necesidad publica e interes regional su ejecucion, y; ((c)) con Acuerdo Regional Nº 055-2012-GRA/CR-AREQUIPA del 22.05.2012 se declaro de necesidad publica e interes regional la reserva del Recurso Hidrico para ser utilizado en el proyecto, solicitando a la Autoridad Nacional del Agua la prioridad de dicho recurso para el proyecto. Que, asimismo, el Gobierno Nacional, a traves del Congreso de la Republica, a reconocido el interes regional del Proyecto, en la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, estableciendo que el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y el Ministerio de Agricultura financian los estudios de factibilidad y expediente tecnico durante el ano fiscal 2012. Que, sin embargo de la informacion remitida por la Gerencia Regional de Energia y Minas, mediante el Informe Nº 002-2012-GRA/GREM, se tiene conocimiento de la existencia de cinco (5) concesiones de generacion hidroelectrica en el ambito del proyecto, las mismas que han sido autorizadas, por la autoridad nacional competente, para la realizacion de estudios de aprovechamiento de recursos hidricos; asi como la existencia de concesiones temporales para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica otorgadas por la propia Gerencia; situacion que pone en riesgo la reserva de agua solicitada para el proyecto ante la Autoridad Nacional del Agua, y desvirtua la integralidad del proyecto. Que, de otro lado, en concordancia con los articulos 35º, 43º y 55º de la Ley Nº 29338 ­ Ley de Recursos Hidricos, se reconoce la prioridad del uso del recurso

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.