Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

3.6. Asistir a las reuniones convocadas por la Secretaria Tecnica, constituyendo la inasistencia injustificada, para el caso de los servidores del Estado, falta grave sujeta a sancion. La imposibilidad de asistencia justificada del representante titular, supone la gestion de esta para la participacion de su alterno. 3.7. Convocar a otras instancias del Gobierno Regional, cuando su participacion sea necesaria. 3.8. Solicitar informacion a las dependencias del Organo Ejecutivo Regional, que sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones y objetivos. 3.9. Poner en conocimiento el incumplimiento de lo senalado en los incisos 3.6) y 3.7) del presente articulo, a los superiores de los infractores, a efecto de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar. 3.10. Presentar al Presidente Regional y al Consejo Regional, un informe trimestral detallado, producto del desarrollo de sus funciones. 3.11. Emitir informes tecnicos especializados en materia de seguridad alimentaria, relacionados a sus respectivos sectores. 3.12. Gestionar la inclusion de las acciones definidas Plan de Trabajo, y en la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria, en el Plan Operativo Institucional (POI) de cada dependencia del Gobierno Regional, segun corresponda. 3.13. Las demas senaladas en la presente Ordenanza. - Articulo 4°.- Secretaria Tecnica El Comite conformado en el Articulo 2° de la Ordenanza Regional N° 150-AREQUIPA, contara con una Secretaria Tecnica, la cual recaera en el representante de la Gerencia Regional de Agricultura, debiendo dicha oficina asegurar el funcionamiento logistico del CRSAN, y desarrollar las funciones ejecutivas del mismo. Articulo 2°: De los principios de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria La Estrategia Regional, debera estructurarse en base a los siguientes principios: ((a)) Igualdad de oportunidades, ((b)) reconocimiento del derecho de todos a la alimentacion, ((c)) tratamiento integral, multisectorial e intergubernamental de la problematica de seguridad alimentaria, ((d)) promocion del uso sostenible de los recursos naturales. Articulo 3°.- De los objetivos multisectoriales de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria La Estrategia Regional, debera orientarse a los siguientes objetivos multisectoriales: ((a)) alentar una produccion de alimentos sostenible y diversificada, aumentando la productividad, luchando contra las plagas y conservando los recursos naturales, tendiendo a disminuir la dependencia de la importacion de alimentos; ((b)) garantizar que los alimentos disponibles MORDAZA economicamente asequibles, apropiados y suficientes para satisfacer las necesidades de energia y nutrientes de la poblacion; ((c)) evitar que la importacion de alimentos cambie los patrones de consumo saludable de la poblacion, acentuando la dependencia alimentaria y afectando la produccion nacional de alimentos basicos; ((d)) promover el establecimiento de un codigo de etica obligatorio para la comercializacion de alimentos, cuyo cumplimiento sea supervisado por un Consejo Intersectorial de Alimentacion y Nutricion, con el fin de garantizar la MORDAZA y la salud de la poblacion; ((e)) aplicar, junto con los gobiernos locales y la sociedad organizada, controles de calidad y vigilancia sobre la produccion, comercializacion, almacenamiento y distribucion de alimentos para consumo humano, que aseguren la idoneidad y condiciones sanitarias de los mismos; ((f)) garantizar el saneamiento basico; ((g)) promover la participacion, organizacion y vigilancia de los consumidores, como ejercicio ciudadano democratico; ((h)) tomar medidas contra las amenazas a la seguridad alimentaria, como son las sequias, la desertificacion, las plagas, la erosion de la diversidad biologica, la degradacion de tierras y aguas, para lo que promovera la rehabilitacion de la tierra y la preservacion de los germoplasmas; ((i)) reforzar la investigacion publica y privada en materia de agricultura, ganaderia, bosques y demas recursos; ((j)) hacer posible que las familias y las personas expuestas a la inseguridad alimentaria

satisfagan sus necesidades alimenticias y nutricionales, y prestar asistencia a quienes no esten en condiciones de hacerlo; ((k)) asegurar el acceso de alimentos y una adecuada nutricion, especialmente a los ninos menores de cinco anos y lactantes, mujeres gestantes y ninos en etapa escolar, pobres, pobres extremos y vulnerables, asi como familias en situacion de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia participacion, vigilancia y autogestion de la sociedad civil organizada y de las familias beneficiarias; ((l)) desarrollar una politica intersectorial participativa de seguridad alimentaria, con programas descentralizados que atiendan integralmente los problemas de desnutricion; ((m)) estimular y promover la lactancia materna en el primer ano de vida; ((n)) otorgar complementos y suplementos alimentarios y nutricionales a los pobres extremos y vulnerables, ((o)) capacitar y educar a la poblacion en temas de nutricion, salud, higiene, vigilancia nutricional y derechos ciudadanos, para lograr una alimentacion adecuada; ((p)) incorporar contenidos de educacion nutricional en los programas educativos; ((q)) recuperar y valorar los saludables saberes y habitos nutricionales originales; ((r)) difundir las MORDAZA nutricionales de los derivados agro-industriales en los cultivos locales; y ((s)) promover la participacion activa de las personas y grupos sociales superando practicas de asistencialismo y paternalismo. Articulo 4º.- De la responsabilidad de las instituciones y/o dependencias representadas en el CRSAN Las instituciones representadas en el Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional, a traves de sus titulares, asumen la responsabilidad de contribuir y facilitar el cumplimiento de las funciones y obligaciones de sus representantes. Asimismo dichas instituciones y/o dependencias lideraran la implementacion del Plan de Trabajo, y posteriormente de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria del Departamento de MORDAZA, en sus respectivos sectores. Articulo 5°: De la inclusion en el PDCR 2012 - 2021 Encargar al Organo Ejecutivo Regional, disponga que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, considere en el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2012 ­ 2021, que se encuentra en formulacion, la inclusion de la Politica Regional: Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria. Articulo 6°: Del financiamiento El egreso que ocasione el cumplimiento de la presente Ordenanza, en pos del buen funcionamiento del Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional, seran con cargo al presupuesto de las instituciones que lo conforman y/o al financiamiento que se gestione para tal efecto. Articulo 7°: De la publicacion y notificacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS Para el cumplimiento inmediato de la presente MORDAZA, la Presidencia Regional dispondra, de manera inmediata a su publicacion, la notificacion de manera directa la presente MORDAZA a las entidades y dependencias que integran el Comite Regional de Seguridad Nutricional. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- La conformacion del Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional contemplada en el articulo 2° de la Ordenanza Regional N° 150-AREQUIPA, modificada por la presente MORDAZA, no es excluyente, pudiendo en el desarrollo del MORDAZA sumarse nuevos integrantes, ya sea de Oficio, o a pedido de parte, para lo cual deberan hacer conocer su intencion de conformar dicho espacio mediante documento dirigido a la Secretaria Tecnica y en reunion extraordinaria del Comite se decidira su inclusion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

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