Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474807

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 477-2012-PCNM P.D. N° 021-2011-CNM San MORDAZA, 2 de agosto de 2012 VISTO: El MORDAZA disciplinario numero 021-2011-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Ica y, el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion N° 533-2011-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Ica; Segundo: Que, se imputa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA los siguientes cargos: A) Haber solicitado y recibido la suma de cuatrocientos nuevos soles para expedir a la brevedad posible la sentencia en el Expediente N° 980-2008-SB seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre filiacion extramatrimonial. B) Poseer y visualizar videos y cassetes de contenido pornografico dentro del ambiente destinado al despacho (funcion jurisdiccional y prestacion del servicio de justicia) del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Pisco. Con dicha conducta el magistrado habria contravenido lo dispuesto por el articulo 139 inciso 2 de la Constitucion Politica del Peru concordado con el articulo 16 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, asi como el articulo 184 inciso 1 de la citada Ley Organica, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el articulo 201 incisos 1 y 6 de la misma. Tercero: Que, habiendose notificado debidamente al magistrado procesado la Resolucion N° 533-2011-PCNM, el mismo no cumplio con presentar sus descargos ni se apersono a rendir su declaracion de parte, no obstante haber sido emplazado con tal fin; por tal motivo, en observancia del derecho de defensa se procedera al analisis de los cargos confrontandolos con el informe de descargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corriente de fojas 164 a 166, presentado al Magistrado de Primera Instancia de la Unidad Operativa Movil de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Cuarto: Que, en la instancia MORDAZA citada el magistrado procesado nego haber pedido a la quejosa que se preparara economicamente, presentara un escrito solicitando que se expidiera sentencia y que entregara un monto de dinero para que a la brevedad posible se emitiera tal sentencia, mas aun si la conversacion que sostuvo con la misma se produjo en la audiencia de toma de muestras, a la cual tambien concurrio una laboratorista, mas no asi el demandado, lo cual consta en autos; asimismo, senalo que es falsa y tendenciosa la imputacion referida a que tuvo una conducta inapropiada al momento de saludar a la quejosa, porque de haberla cogido de la cintura de

forma insinuante, como dijo esta, debio haber originado su reaccion con el respectivo llamado de atencion, al igual que si en alguna oportunidad hubiera sido despojada de un anillo; Asimismo, senalo que a partir de la revision de lo actuado en el MORDAZA de filiacion en cuestion se podra comprobar que este se llevo dentro de los cauces legales, sin favorecer a alguna de las partes; agrego que el video que el personal de la OCMA le mostro en el momento en el que dio su declaracion, que segun le indicaron correspondio al dia 04 de noviembre de 2008, muestra a la quejosa en la extrana actitud de persuadirle para que le solicite dinero, ante lo cual el respondio que no era necesario porque el MORDAZA se encontraba para sentenciar, sugiriendole que conversara con su abogado; hechos que evidenciarian -a criterio del juez procesadoque el organo de control fue utilizado por la quejosa con la finalidad de perjudicar su MORDAZA profesional, siendo asi que no hay explicacion para que MORDAZA desaparecido el dinero que supuestamente le entrego esta, pese a la busqueda exhaustiva que se hizo por espacio de 5 horas en el momento de la intervencion; Quinto: Que, del analisis y revision de los actuados se aprecia con respecto al cargo atribuido al doctor MORDAZA MORDAZA en el literal A), que en merito al Informe N° 1062008-SBMP-JF-UOM-OCMA, expedido por el Magistrado de MORDAZA Instancia Responsable de la Unidad Operativa Movil de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial - OCMA, corriente a fojas 02 y 03, que dio cuenta de la denuncia efectuada via telefonica contra un juez de la Corte Superior de Justicia de Ica, por haber solicitado una suma de dinero a cambio de favorecer a una de las partes de un MORDAZA judicial sobre filiacion, la Jefa de la OCMA abrio investigacion preliminar por Resolucion N° Uno de 04 de noviembre de 2008, de fojas 04 a 06, y posteriormente abrio MORDAZA disciplinario por resolucion de 07 de noviembre de 2008, de fojas 106 a 116; Sexto: Que, en el MORDAZA de las disposiciones MORDAZA citadas, en fecha 04 de noviembre de 2008 el Magistrado de Primera Instancia Integrante de la Unidad Operativa Movil de la OCMA recogio la declaracion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el acta de fojas 07 y 08, misma que da cuenta de lo siguiente: "(...) se entrevisto con la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (...) quien dijo tener un MORDAZA judicial de Filiacion Extramatrimonial con Expediente N° 9802008 que se viene tramitando en el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA a cargo del Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien manifesto que el dia de ayer tres de octubre del presente ano se hizo presente en el despacho del Juzgado MORDAZA mencionado para su audiencia; aclarando en este acto que la fecha de ayer corresponde al tres de noviembre; al concluir la audiencia el Magistrado MORDAZA MORDAZA le indico que su expediente se encontraba MORDAZA para sentencia y que "tenia que prepararse economicamente" haciendole referencia que tenia que darle dinero, para que su expediente sea sentencia [Sic] a la brevedad posible porque tenia varios expedientes en dicho estado y que para sentenciar el MORDAZA iba a demorar por lo menos dos dias, indicandole que "presente un escrito solicitando sentencia" "si quieres ahorita mismo lo presentas", es lo que expresamente le dijo. Asimismo refiere la declarante que en todas las oportunidades en las que ha conversado con el Magistrado MORDAZA MORDAZA este no solamente le extiende la mano para saludarla sino que acerca hacia el y la MORDAZA en la mejilla en tiempo excesivo a lo normal y exagerado; es mas el dia de ayer refiere que la cogio de la cintura insinuamente [Sic] al momento de saludarla. Por otro lado relata tambien la declarante que en una fecha posterior al escrito de contestacion de demanda se apersono al despacho del juzgado donde el doctor MORDAZA MORDAZA le leyo dicho escrito, y es por el contenido de este que MORDAZA se puso a llorar siendo que dicho magistrado le dijo "el papel aguanta todo" cogiendole la mano y procedio con [Sic] retirarle el anillo que llevaba en uno de los dedos de la mano derecha, quedandose con este. En este acto, la declarante ante la propuesta del Magistrado sustanciador para dar inicio a las acciones del operativo de control, da su autorizacion para que se realice las grabaciones de audio y video que fueran necesarias, en las conversaciones que sostenga durante el operativo con el Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA (...)";

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