NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474811 la Contraloría General de la República, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19º de la referida Ley Nº 27785, modifi cado por la Ley Nº 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio; Que, los literales a), b) y c) del artículo 24º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 220- 2011-CG, establecen las modalidades a través de las cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso público de méritos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General, de acuerdo a las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General, y por traslado en la oportunidad que la Contraloría General considere conveniente; Que, de acuerdo al artículo 26º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, los Jefes de los Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un período de tres (03) años. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y califi cadas, podrán permanecer por un periodo menor a los tres (03) años o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no deberá exceder de cinco (05) años; Que, conforme a lo dispuesto el literal c) del artículo 47º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, procede efectuar el encargo de la jefatura del Órgano de Control Institucional, por razones que la Contraloría General considere justifi cadas. En ese sentido, el artículo 48º del mismo Reglamento, ha prescrito las formas en que se efectúa el encargo; señalándose en su literal c), que el Titular de la entidad, mediante disposición expresa procederá a disponer la encargatura de las funciones de un Órgano de Control Institucional, a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Órgano Superior de Control. Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interés institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el marco de las nuevas políticas institucionales que se vienen implementando en la Contraloría General de la República, resulta necesario efectuar el traslado y dar por concluidas las designaciones, según corresponda, a los Jefes de Órganos de Control Institucional de diversas entidades; Que, el Departamento de Finanzas en lo que corresponde, ha previsto los recursos necesarios para atender las acciones que se realizan mediante la presente Resolución; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modifi catorias; y a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 220-2011-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Efectuar, el traslado del señor Johnny Carlo Rubina Meza identifi cado con D.N.I. Nº 31662356 del cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Arequipa, dando por concluida su designación en la entidad de origen y designándolo en la entidad de destino. Artículo Segundo.- Dar por concluidas las designaciones de los Jefes de los Órganos de Control Institucional que se detallan a continuación: Nombres y Apellidos D.N.I. Entidad Oliver Paredes de los Santos 29428649 Gobierno Regional Arequipa Hugo Alonso Ponce Cámara 29425941 Gobierno Regional Cusco Artículo Tercero.- El traslado que se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el primer artículo precedente, deberá realizarse indefectiblemente dentro de los quince (15) días calendario siguientes de publicada la presente Resolución. Artículo Cuarto.- El profesional a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución mantendrá su plaza de origen, teniendo derecho a percibir la asignación por responsabilidad, respecto del nivel y categoría del cargo, de acuerdo a lo previsto en la Resolución de Contraloría Nº 262-2011-CG, durante el ejercicio efectivo del cargo, de ser el caso. Artículo Quinto.- La Gerencia de Recursos Humanos y el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, dispondrán y adoptarán las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Sexto.- En tanto se designe al nuevo jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa y del Gobierno Regional Cusco, los titulares de las entidades deberán garantizar el normal desarrollo de la actividad de dichos Órganos, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura, a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Órgano Superior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 843353-1 FUERO MILITAR POLICIAL Designan funcionarios responsable y suplente de brindar información de acceso público que sea solicitada en virtud de la Ley Nº 27806 (Se publica la presente resolución a solicitud del Fuero Militar Policial, mediante Ofi cio Nº 243-2012-TSMP/DIR. EJEC/Dir.Log recibido el 18 de setiembre de 2012) RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 029-2011-TSMP/SG. Lima, 4 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27806 se promulgó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5, del artículo 2º de la Constitución Política del Estado, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de fecha 22 abril 2003; Que, la citada norma legal fue reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en cuyo artículo 3º, literal “b” se establece que la máxima autoridad de la entidad tiene la obligación de designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, mediante Resolución Administrativa N° 030- 2009-TSMP/SG de fecha 06 febrero 2009, se designó al Capitán de Navío CJ. Luis Marino JIMENEZ Ames,