Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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todos los sectores de la sociedad, que respete y haga respetar los derechos fundamentales y asegure la erradicacion de la pobreza; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2003-2011, aprobado con Ordenanza Regional N° 0092003-GRAREQUIPA, dentro del desarrollo del Capitulo DESNUTRICION CRONICA DE MENORES DE 5 ANOS, nos muestra dramaticamente la incapacidad y debilidad de nuestros ninos que los incapacitara para convertirse en hombres de futuro en igualdad de condiciones y que en la Union Economica del Sur nos muestran que va de un gravisimo estado del 49.0% en MORDAZA, con 43.2% en Cuzco, MORDAZA 29.7%, MORDAZA de MORDAZA con 18.7%, MORDAZA 12.3%, MORDAZA 9.3%, Tacna 5.4%, en comparacion con MORDAZA que tiene el 8.3%; mientras que en su Capitulo SALUD Y NUTRICION - MORTALIDAD INFANTIL, muestra que la carencia de servicios basicos de agua y desague visto para las regiones de la Union Economica del Sur, nos indican los niveles de salud como consecuencia de la baja calidad de MORDAZA de la poblacion; siendo que la mortalidad infantil de menores de un ano (por mil nacidos vivos) en la Union Economica del Sur, es como sigue: MORDAZA 53.1, MORDAZA 52.0, MORDAZA 49.3, sigue MORDAZA con 33.6, MORDAZA de MORDAZA 32.9, MORDAZA 29.1, Tacna 27.5; y en comparacion de MORDAZA con 18.3 de mortalidad infantil; por lo que resulta necesario tener por objetivo la reduccion de pobreza, mejorar la salud y nutricion, entre cuyas metas esta el mejorar los niveles de nutricion en ninos menores de 5 anos, reduciendo la tasa de desnutricion cronica y la tasa de mortalidad infantil. Asimismo debe tenerse en cuenta que la atencion medica en el Departamento de MORDAZA es escasa, ya que la proporcion de tasa de medicos por cada 10000 habitantes es de un 14.5%; presentando una tasa alta al nivel de la Unidad Economica del Sur. Que, bajo dicho contexto, el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional Nº 150-AREQUIPA del 25.11.2011 declaro prioritaria para la Region MORDAZA la mejora del Estado Nutricional de la poblacion, especialmente de las familias de ninos y ninas menores a 5 anos y en madres gestantes que sufran de deficiencias nutricionales o mal nutricion; conformando para tal efecto el Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional ­ CRSAN, conformado por el Presidente del Gobierno Regional, quien preside y convoca a sesiones ordinarias de manera semestral, el Gerente General del Gobierno Regional, el Gerente Regional de Salud ­ quien se hace cargo de la Secretaria Tecnica ­ el Gerente Regional de Agricultura, el Gerente Regional de la Produccion, el Gerente Regional de Educacion, 01 representante del MINDES en la Region MORDAZA, 01 representante de la Mesa de Concertacion de Lucha Contra La Pobreza, 01 representante de la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, 01 representante de las Municipalidades Provinciales de la Region. Asimismo se establecieron como funciones del Comite: ((a)) Formulacion de una Politica Regional Alimentaria Nutricional, priorizando grupos vulnerables senalados en el articulo primero de la ordenanza, ((b)) establecer estrategias para la mejora de la nutricion, reduccion de los niveles de desnutricion y el incremento del superavit en la Balanza Comercial de Alimentos, ((c)) Establecer los indicadores, metas, resultados de las estrategias que se establezcan para la mejora de la nutricion, ((d)) ejecutar las tareas, estrategias y objetivos que se determinen, y, ((e)) generar el espacio de multisectorialidad que debe poseer la mejora del estado nutricional de la poblacion. Que, de la revision de la referida MORDAZA regional, se ha determinado lo siguiente: ((a)) en la priorizacion para la mejora del Estado Nutricional de la poblacion de la Region MORDAZA, no se ha incluido a la poblacion en general de las zonas de extrema pobreza, ((b)) para el mejor funcionamiento y operatividad del Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional ­ CRSAN, debe establecerse que el mismo podra estar conformado por representantes titulares y alternos de la Presidencia Regional y Gerencias en este consideradas, teniendo en cuenta las multiples funciones y recargada agenda de sus titulares, ((c)) debe incluirse a un representante del Area de Gestion Cultural y Social, ((d)) las funciones deben estar mejor precisadas, ((e)) deben establecerse plazos para el cumplimiento de funciones, ((f)) debe establecerse responsabilidades por incumplimiento de las funciones, ((g)) debe establecerse como politica regional la "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria"

en concordancia con la Estrategia Nacional sobre la materia, ((h)) debe precisarse los principios, objetivos, y consideraciones generales que debe contener la estrategia regional a elaborar. Que, en tal sentido, es necesario dictar medidas complementarias, que conlleven al cumplimiento de la MORDAZA, y a su vez permita monitorear sus avances y evaluar sus resultados. Que, por lo MORDAZA expuesto y al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053 y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. Estando al Dictamen Nro.007-2012-GRA/CR-CRNEA. SE ORDENA: Articulo 1º: Modificacion de los Articulos 1°, 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Regional N° 150-AREQUIPA Modifiquese los Articulos 1°, 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Regional N° 150-AREQUIPA, los mismos que quedaran redactados conforme al siguiente texto: - Articulo 1°.- Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Se declara de prioridad, interes y de necesidad publica regional la mejora del Estado Nutricional de la poblacion del Departamento de MORDAZA, con principal incidencia en las familias con ninos y ninas menores de 5 anos y en madres gestantes que sufran de deficiencias nutricionales o mal nutricion, asi como las familias y/o personas en pobreza extrema, estableciendo para tal efecto como Politica Regional la denominada: "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria", como instrumento de articulacion multisectorial a nivel regional, cuya finalidad es asegurar el acceso material y economico a alimentos suficientes, nutritivos e inocuos para la poblacion. - Articulo 2°.- Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional ­ CRSAN Conformese el Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional del Departamento de MORDAZA, el mismo que estara conformado por un representante de las siguientes instancias: 2.1. Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA 2.2. Gerencia Regional de Salud 2.3. Gerencia Regional de Agricultura 2.4. Gerencia Regional de Produccion 2.5. Gerencia Regional de Educacion 2.6. Area de Gestion Cultural y Social 2.7. MINDES en el Departamento de MORDAZA 2.8. Mesa de Concertacion de Lucha Contra la Pobreza 2.9. Camara de Comercio e Industria de MORDAZA 2.10.Municiapalidades Provinciales del Departamento de MORDAZA - Articulo 3°.- Funciones Son funciones, facultades y obligaciones del Comite Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional: 3.1. Elaborar su Plan de Trabajo y Reglamento Interno dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario contados desde la vigencia de la presente Ordenanza. 3.2. Disenar y elaborar la Politica Regional denominada "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria" del Departamento de MORDAZA, asi como la sustentacion del mismo ante el Organo Ejecutivo Regional y el Consejo Regional previo a su aprobacion, contando para ello con un plazo de noventa (90) dias calendario, contados desde la vigencia de la presente Ordenanza. 3.3. Monitorear, supervisar y evaluar la ejecucion del Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria una vez se encuentre aprobada. 3.4. Revisar los lineamientos de politica contenidos en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria, con el proposito de adecuarlos a la realidad regional. 3.5. Promover y/o ejecutar, segun corresponda, acciones y/o gestiones tendientes a lograr la implementacion, desarrollo y financiamiento de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria.

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