Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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cuatro de noviembre del ano en curso a horas 15:54, reconociendo el magistrado intervenido su imagen, asi como la conversacion sostenida esa fecha y hora con la senora MORDAZA (...). En este acto el representante del Ministerio Publico (...) formulo las siguientes preguntas, diga usted la forma en que la senora MORDAZA le hablo sobre dinero? MORDAZA me insinuo diciendome "yo sabre agradecerle doctor y no se va a arrepentir" yo no le he solicitado dinero, el dia martes cuatro de noviembre MORDAZA me ofrecio dinero, me dijo, "doctor digame usted", "doctor usted diga". El Magistrado Contralor formula en este acto la siguiente pregunta explique usted si al momento de la intervencion menciono que el dinero se encontraba arriba en su despacho, cuando el efectivo policial le solicito el dinero que le habria entregado la senora Gonzales? Dijo: yo me referia a mi dinero que estaba en mi despacho, desconociendo sobre lo que el efectivo policial me indicaba de haber recibido dinero de tercera persona (...)"; Noveno: Que, del mismo modo, segun la transcripcion del audio del operativo de control al que se hace referencia en el considerando precedente, de fojas 230 y 231, ante la pregunta que se le efectuo al magistrado procesado con respecto a donde tenia el dinero que le habia entregado la senora MORDAZA MORDAZA, este respondio: "arriba esta" - "en el despacho", en alusion a su despacho que se encontraba en el MORDAZA piso del local del juzgado; y una vez que fue conducido a tal lugar, senalo que el dinero al que se habia referido era el que le pertenece, encontrandosele finalmente, pese a una exhaustiva busqueda, solo un billete de S/. 100.00, conforme al acta de fojas 24, que no era uno de aquellos que previamente habian sido fotocopiados y entregados a la senora MORDAZA MORDAZA para el operativo de control; Decimo: Que, de lo actuado en el MORDAZA judicial sobre filiacion extramatrimonial, promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en favor de su menor hija, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tramitado ante el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el expediente N° 980-2008, se advierte que habiendo sido admitida a tramite la demanda por Resolucion N° 02 de 02 de setiembre de 2008, de fojas 50 y 51, admitida la oposicion del demandado por Resolucion N° 04 de 09 de octubre de 2008, de fojas 67, y llevada a cabo la audiencia de toma de muestra, con inconcurrencia del demandado, conforme a la MORDAZA de fojas 89, ante el pedido de la demandante de fecha 05 de noviembre de 2008, conforme al escrito de fojas 93, por resolucion N° 08 de 06 de noviembre de 2008, de fojas 92, se dispuso que pasen los autos al despacho para sentenciar; Decimo Primero: Que, en tal sentido, queda plenamente determinado que el juez procesado, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito y recibio la suma de cuatrocientos nuevos soles para expedir sentencia a la brevedad posible en el MORDAZA judicial sobre filiacion extramatrimonial signado con expediente N° 980-2008-SB, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Montesinos; siendo elementos irrefutables que sustentan tal conclusion, los detalles de la conversacion sostenida por el doctor MORDAZA MORDAZA con la senora MORDAZA MORDAZA, y los de la intervencion de la que fue objeto el mismo, senalados en los considerandos Setimo, Octavo y Noveno de la presente resolucion; cabiendo remarcar que si bien en la citada intervencion al juez procesado no se le encontro ninguno de los cuatro billetes de cien soles que para acreditar su inconducta el organo de control habia fotocopiado e impregnado con el reactivo quimico TPIWBL-2, cuando fue sometido a la correspondiente prueba del reactivo quimico, dio positivo, de lo que se infiere que en algun momento, MORDAZA de haber sido intervenido, tuvo contacto con los mismos, luego de haberlos recibido de la senora MORDAZA Martinez; Tambien aporta elemento de conviccion de la imputacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA que, conforme a lo indicado precedentemente, en un momento de la intervencion de la que fue objeto el mismo, afirmo que el dinero que le habia entregado la senora MORDAZA MORDAZA lo tenia en su despacho, luego de lo cual senalo que se habia referido al dinero que le pertenece; Decimo Segundo: Que, no se debe dejar de considerar tampoco que en el MORDAZA judicial que por el hecho sub materia se instauro contra el doctor MORDAZA

MORDAZA, conforme a la sentencia de fojas 340 a 363, al haberse acogido el mismo a la conclusion anticipada del MORDAZA, reconociendo su participacion y autoria en los hechos imputados, fue condenado por la comision de delito Contra la Administracion Publica - Corrupcion de Funcionario, en su modalidad de Cohecho Pasivo Efectivo, a pena privativa de MORDAZA de cuatro anos con ejecucion suspendida, con un periodo de prueba de tres anos, condicionada al cumplimiento de normas de conducta; Decimo Tercero: Que, la Constitucion Politica prescribe en su articulo 139 inciso 2: "Son principios y derechos de la funcion jurisdiccional: (...) 2. La independencia en el ejercicio de la funcion jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones (...)"; y la Ley Organica del Poder Judicial preve en su articulo 16: "Independencia jurisdiccional del Magistrado. Los Magistrados son independientes en su actuacion jurisdiccional dentro de su competencia (...)", articulo 184 numeral 1: "(...) Son deberes de los Magistrados: 1.- Resolver con celeridad y con sujecion a las garantias constitucionales del debido proceso", articulo 196 numeral 2: "(...) Es prohibido a los Magistrados: (...) 2.- Aceptar de los litigantes o sus abogados o por cuenta de ellos, donaciones, obsequios, atenciones, agasajos o sucesion testamentaria a su favor o en favor de su conyuge, concubino, ascendientes, descendientes o hermanos", y articulo 201 numerales 1 y 6: "Responsabilidad disciplinaria. Existe responsabilidad disciplinaria en los siguientes casos: 1.- Por infraccion a los deberes y prohibiciones establecidas en esta Ley; (...); 6.- Por notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo"; Decimo Cuarto: Que, por lo MORDAZA expuesto, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Ica, infringio el MORDAZA y deber de independencia preceptuado en el articulo 139 inciso 2 de la Constitucion Politica, concordante con los articulos 16 y 184 numeral 1 de la Ley Organica del Poder Judicial; asimismo, incurrio en la responsabilidad disciplinaria regulada en el articulo 201 numerales 1 y 6 de la invocada Ley Organica del Poder Judicial; motivos por los cuales, corresponde imponerle la sancion de destitucion; Decimo Quinto: Que, con respecto al cargo que se imputa al juez procesado en el literal B), el acta de la incautacion efectuada al despacho del doctor MORDAZA MORDAZA, de fojas 34, con ocasion de la intervencion de la que fue objeto, a la que se hace referencia en los considerandos Octavo y Noveno de la presente resolucion, da cuenta de lo siguiente: "(...) el Magistrado de Primera Instancia de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, hace su ingreso al despacho del Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en presencia del senor vigilante del turno de dia (...), encontrando en dicho despacho tanto en el armario como en los cajones del escritorio 23 videos de contenido pornografico en sobre de plastico cuyos titulos son: "Vedes al desnudo", "X extra 4 ­ 18 eitthing", "Les ambiteusies", "Private Livee Sotory", "Ashlyn Goes to Collage", "Videos Clasicos Privados", "Videos Privados Casting", "Laura esta sola", Who is the new girl", Rusas en privado", Chicas latinas", "Instituto Ruso Leccion N° 4", "Accion sangre en la carpinteria del sexo", "Story sex", La coleccion follando germas 3 X", "Fuck your neigbour", La MORDAZA de la perversion", "Roccos Obsesion", "Polvos Maniaticos", "Coleccion de oro Privada Mandes 2", MORDAZA Dorsell", Bacanal sin limite"; asi como 7 videos en MORDAZA cuyos titulos son: "Cassting 36X", "Casting 27X", "Mujeres Infieles", "La MORDAZA de la mascara de hierro", "Roco iniciando jovencitas virgenes", Coleccion de 5 peliculas "Triple X", "haciendo dedo", y por dos Cassets MORDAZA VHS encontrados en el armario cuyos nombres o titulos son: "Hombres sobre culos: fogosas en penetracion anal", "Anal adiccion" y el tercero encontrado en el VHS que se MORDAZA en el mismo despacho el cual tiene rotulado a mano "3X"; asi tambien se ha encontrado en el armario dentro del despacho una botella vacia de vino etiquetado con la MORDAZA Ocucaje Oporto del abuelo, con reciente olor a vino; se deja MORDAZA que en el despacho se encuentra un televisor MORDAZA Daiwa mas un VHS Sony y un equipo DVD MORDAZA Miray; procediendose en este acto a retirar los videos y cinta de VHS asi como la botella de vino vacia;

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