Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 6896-2012 MORDAZA, 10 de setiembre de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA Premino MORDAZA Pizzoglio para que se autorice su inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 109-2010 se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas MORDAZA mencionadas; Que, la Comision Evaluadora en sesion de fecha 26 de enero de 2012, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha calificado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyendose el MORDAZA de evaluacion y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA Premino MORDAZA Pizzoglio con matricula Nº N4157 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, que lleva esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 842749-1

Autorizan al Banco de Credito del Peru el traslado y cierre temporal de agencias ubicadas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 6720-2012 MORDAZA, 03 de setiembre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una agencia, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cierre temporal de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru S.A., en vias de regularizacion, el cierre temporal, entre el 20 de agosto y el 30 de setiembre del 2012, como MORDAZA, de la agencia Independencia, ubicada en Jr. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA N° 485, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 843116-3 RESOLUCION SBS N° 6721-2012 MORDAZA, 3 de setiembre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una agencia, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cierre temporal de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru S.A., en vias de regularizacion, el cierre temporal, entre el 20 de agosto y el 11 de diciembre de 2012, de la

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