NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 57
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474823 Que, según se desprende de los Informes Técnico Legales Nros. 019 y 022-2012-GRA-OOT, Informes Nros. 804, 806, 891, 892, 970 y 974-2012-GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, 14 terrenos eriazos de dominio privado ubicados en los distritos de Uchumayo y La Joya, provincia y departamento de Arequipa. Que, la presente resolución es visada por el abogado y arquitecto que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 1238 -2012-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado de los siguientes terrenos eriazos de dominio privado, ubicados en los distritos de Uchumayo y la Joya, provincia y departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma, según se detalla a continuación: Terrenos ubicados en el distrito de Uchumayo: • Area 1 : 18706.54 m2 • Area 2 : 146924.87 m2 • Area 3 : 42472. 38 m2 • Area 4 : 33339.36 m2 • Area 8 : 94890.09 m2 Terrenos ubicados en el distrito de la Joya : • Area 10 : 191085.84 m2 • Area 11 : 60910.33 m2 • Area 12 : 2755731.72 m2 • Area 13 : 641056.02 m2 • Area 14 : 645564.42 m2 Terrenos ubicados entre los distritos de Uchumayo y La Joya: • Area 5 : 6879354.16 m2 • Area 6 : 3771338.38 m2 • Area 7 : 910151.57 m2 • Area 9 : 922309.97 m2 Articulo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Articulo 3º.- La Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la inscripción de los terrenos materia de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los cinco (05) días del mes de setiembre del Dos Mil Doce. Regístrese y comuníquese JORGE LUIS AGUILAR GALLEGOS Gerente General Regional 842744-3 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Autorizan viaje de Consejeros Regionales para participar en evento a realizarse en la ciudad de Iquitos ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 000169 Callao, 4 de setiembre del 2012 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 4 de setiembre del 2012, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; VISTOS: El Acuerdo del Consejo Regional Nº 000162 de fecha 13 de agosto del 2012; el Memorando Nº 201-2012- GRC/SCR-CR de la Secretaría del Consejo Regional; el Informe Nº 175-2012-GRC/GA-OL-BCT emitido por la profesional de la Ofi cina de Logística de la Gerencia de Administración; el Memorándum Nº 1825-2012-GRC/ GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 1939-2012-GRC-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Dictamen Nº 130-2012-GRC/CR-CA la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 000162, de fecha 13 de agosto del 2012, se autoriza la participación de la totalidad de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional del Callao en el “II Congreso Nacional de Consejeros Regionales del Perú”, organizado por la Asociación Nacional de Consejeros Regionales del Perú, a realizarse en la ciudad de Iquitos de la Región Loreto del 23 al 27 de setiembre del presente año, debiendo iniciarse los procedimientos administrativos que correspondan, con la fi nalidad que el Consejo Regional autorice los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos respectivos, con el objeto de garantizarse la debida participación de los siete (07) Consejeros Regionales; Que, con Memorando Nº 201-2012-GRC/SCR-CR de fecha 21 de agosto del 2012, la Secretaría del Consejo Regional solicita a la Jefatura de la Ofi cina de Logística la cotización de pasajes aéreos, viáticos y demás gastos que pudiese irrogar el viaje de los siete Consejeros Regionales, según relación que aparece en el mencionado documento; Que, la profesional de la Ofi cina de Logística, mediante Informe Nº 175-2012-GRC/GA-OL-BCT, de fecha 22 de agosto del 2012, precisa que de acuerdo a la indagación de mercado se ha recibido la cotización de boletos aéreos hasta por el monto de US$ 159.00 (Ciento Cincuenta y Nueve y 00/100 Dólares Americanos) cada uno y respecto al alojamiento US$ 73.00 (Setenta y Tres y 00/100 Dólares Americanos) por habitación simple y US$ 86.00 (Ochenta y Seis y 00/100 Dólares Americanos) por habitación doble; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Memorándum Nº 1825-2012-GRC/GRPPAT, expide la Certifi cación de Crédito Presupuestario por el monto de S/. 11,660.00 (Once Mil Seiscientos Sesenta con 00/100 Nuevos Soles) precisando los cálculos para la determinación del costo de pasajes y viáticos, los que ascienden a un total de S/. 2,909.38 (Dos Mil Novecientos Nueve con 38/100 Nuevos Soles) y S/. 8,750.00 (Ocho Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), respectivamente, lo que hace un total de S/. 11,659.38 (Once Mil Seiscientos Cincuenta y Nueve con 38/100 Nuevos Soles); Que, conforme lo establece el Artículo 73º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno