Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

474821

tramite de Independizacion de cinco areas de terrenos eriazos, de Dominio Privado: Area 1: 333, 917.97 m2, Area 2: 123, 405.65 m2, Area 3: 139, 594.70, Area 4: 39, 273.56 y Area 5: 9´791, 768.54 m2, del predio matriz de 10´427.960.42 m2 inscrito en la Partida Nº 11021634 del Registro de Predios ubicado en el area extraurbana del Distrito de Uchumayo, Provincia y Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el presente procedimiento se encuentra normado por lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias. Que, el numeral 3 de la Octava Disposicion Complementaria y Final del Reglamento MORDAZA mencionado respecto al saneamiento de los bienes estatales establece que: "3.- El saneamiento de bienes estatales a cargo de las entidades se regula por las Leyes Nros. 26512 y 27493, por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, por los Decretos Supremos Nros. 130 y 136-2001-EF, y demas normas complementarias y conexas." Que, el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF establece que las entidades publicas deberan por su propia cuenta, efectuar el saneamiento tecnico legal y contable de los inmuebles de propiedad estatal. El Articulo 7 del dispositivo legal MORDAZA mencionado senala las inscripciones a ser realizadas, considerandose en el inciso g) el de "Independizaciones, acumulaciones, desmembraciones y fraccionamientos." Que, segun se encuentra establecido por el Articulo 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado mediante Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP/ SN el cual senala que: "Tratandose de bienes del Estado o de la entidad con facultades de saneamiento y salvo disposicion distinta, la Independizacion podra realizarse en merito a documento otorgado por el funcionario autorizado acompanando el plano de independizacion suscrito por el profesional competente en el que se precise el area, linderos y medidas perimetricas de cada uno de los predios resultantes y del area remanente en su caso ..." Que, en consecuencia es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA emita la Resolucion correspondiente a fin de que se inscriba la Independizacion de cinco areas del predio matriz inscrito en la Partida Nº 11021634, ubicado en el area extraurbana del Distrito de Uchumayo, Provincia y Departamento de MORDAZA, siendo las siguientes: Area 1: 333, 917.97 m2, Area 2: 123, 405.65 m2, Area 3: 139, 594.70, Area 4: 39, 273.56 y Area 5: 9´791, 768.54 m2. Que, de conformidad con el Informe Nº 1222-2012-GRA/ ORAJ, Informes Nros. 868-945-2012-GRA/OOT, Informe Tecnico Legal Nº 021-2012-GRA/OOT y con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR;

Articulo 1º.- DISPONER la Independizacion del predio matriz de 10´427.960.42 m2 inscrito en la Partida Nº 11021634 del Registro de Predios ubicado en el area extraurbana del Distrito de Uchumayo, Provincia y Departamento de MORDAZA, en cinco areas de terrenos eriazos de dominio privado, siendo los siguientes: Area 1: 333, 917.97 m2, Area 2: 123, 405.65 m2, Area 3: 139, 594.70, Area 4: 39, 273.56 y Area 5: 9´791, 768.54 m2, del predio matriz de 10´427.960.42 m2. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial El Peruano, otro de circulacion Regional y en la pagina web institucional. Articulo 3º.- La Superintendencia Nacional de Registros Publicos MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, por el merito de la presente Resolucion efectuara la Independizacion del terreno descrito en el Articulo primero, en el Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco (05) dias del mes de setiembre del Dos Mil Doce. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 842744-1

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 153-2012-GRA/PR-GGR VISTO: Los Informes Nros. 953 y 954-2012-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 024-2012-GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial correspondiente al tramite de Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado de cuatro terrenos eriazos de dominio privado, siendo los que a continuacion se detallan: A) 130.1550 Has Ubicado en el Sector de la Quebrada Molle del Gato, B) 69.5085 Has ubicado en el Sector La Quebrada MORDAZA, C) 15.9007 Has ubicado en el Sector Quebrada Molle del Gato y D) 26.9622 Has Ubicado en la Quebrada MORDAZA MORDAZA, todos localizados en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

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