Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2012 (20/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2012

Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 024-2012-GRA/OOT, Informes Nros. 953 y 954-2012-GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en Primera de Dominio a favor del Estado, los cuatro terrenos eriazos de dominio privado, que a continuacion se detallan: A) Terreno de 130.1550 Has Ubicado en el Sector de la Quebrada Molle del Gato, B) Terreno de 69.5085 Has ubicado en el Sector La Quebrada MORDAZA, C) Terreno de 15.9007 Has ubicado en el Sector Quebrada Molle del Gato y D) Terreno de 26.9622 Has Ubicado en la Quebrada MORDAZA MORDAZA, todos localizados en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas mencionadas, la presente resolucion es visada por los profesionales que suscribieron el Informe Tecnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 1237-2012-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Domino a favor del Estado Peruano, de cuatro terrenos eriazos de dominio privado, que a continuacion se detallan: A) Terreno de 130.1550 Has Ubicado en el Sector de la Quebrada Molle del Gato, B) Terreno de 69.5085 Has ubicado en el Sector La Quebrada MORDAZA, C) Terreno de 15.9007 Has ubicado en el Sector Quebrada Molle del Gato y D) Terreno de 26.9622 Has Ubicado en la Quebrada MORDAZA MORDAZA, todos localizados en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizara el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitara ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos,

la inscripcion del terreno materia de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco (05) dias del mes de setiembre del dos mil doce. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 842744-2

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los distritos de Uchumayo y La Joya, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 154-2012-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 019-2012, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado de 14 terrenos eriazos ubicados en los distritos de Uchumayo y la Joya, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el Inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas vigentes sobre la materia.

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