Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 118

El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509952 Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 1 652 863,13 m² ubicado al Sureste del distrito de Chicama y al Este de la carretera Panamericana Norte, en el distrito de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, con Ofi cio Nº 524- 2013-Z.R.Nº V/GR de fecha 23 de julio de 2013 la Zona Registral Nº V-Sede Trujillo remite el Informe Técnico Nº 3622-2013-ZR-V-ST/OC de fecha 18 de julio de 2013 donde señala que no es posible determinar si el área en consulta se encuentra inscrito ya sea en forma individual o como parte de otro de mayor extensión; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 20 de noviembre de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta suelos de textura arenosa y topografía accidentada, encontrándose desocupada; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 652 863,13 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0348-2013/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 03 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 652 863,13 m² ubicado al Sureste del distrito de Chicama y al Este de la carretera Panamericana Norte, en el distrito de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº V - Sede Trujillo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Trujillo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1029406-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 286-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de diciembre de 2013 Visto el Expediente Nº 539-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 352 095,27 m², ubicado al Oeste del Cerro Olivera, en el distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 352 095,27 m², ubicado al Oeste del Cerro Olivera, en el distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, con Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06 de setiembre de 2013 sobre la base del Informe Técnico Nº 0391-2013-Z.R.Nº VII/OC-HZ de fecha 22 de agosto de 2013, la Ofi cina Registral de Casma, señala que respecto al terreno en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 21 de noviembre de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composición arenosa y rocosa, con una topografía variada conformada por zonas ligeramente planas, laderas y cimas de cerros con pendientes que varían entre el 10% y 30% aproximadamente, encontrándose desocupada; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 352 095,27 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0344-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de noviembre de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 352 095,27 m², ubicado al Oeste del Cerro Olivera, en el distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.