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El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 511992 parámetros específi cos que se incluirán en el Plan Urbano Distrital 2013-2022; Que, asimismo, la Gerencia de Desarrollo Urbano, en el Informe Nº 362-2013-GDU-MSS manifi esta que respecto a la prepublicación establecida en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, que el presente Decreto de Alcaldía se encuentra exceptuado, conforme a lo señalado en el numeral 3.2. del Artículo 14 del citado Reglamento, ya que su prepublicación retardaría el accionar de la Municipalidad, perdiendo su carácter de inmediatez y de emergencia, pues la propuesta normativa está orientada precisamente a resguardar la seguridad pública de los vecinos de la Urbanización Valle Hermoso; Que, de otro lado, la Gerencia de Asesoria Jurídica mediante Informe Nº 979-2013-GAJ-MSS de fecha 17.12.2013 considera procedente prorrogar la medida de suspensión establecida en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Alcaldía Nº 02-2013-MSS por el plazo de un (1) año hasta el 31.12.2014, recomendando elevar los actuados al Despacho de la Alcaldía para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente, y en concordancia con lo dispuesto por los Artículos 20º, numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre del 2014, la medida de suspensión establecida en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Alcaldía Nº 02-2013-MSS. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal, la difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1032732-1 Reconocen al Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 103-2013-ACSS Santiago de Surco, 11 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Memorando Nº 880-2013-GPPDI-MSS la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe Nº 898-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el reconocimiento de los miembros del Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Inciso 1) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, “Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo”; Que, con Ordenanza Nº 449-MSS, se aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Santiago de Surco para el Año Fiscal 2014; Que, el primer párrafo del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 449-MSS, establece que “El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2013, es elegido por votación directa de los Agentes Participantes, como parte del Taller de Formalización de Acuerdos. Será conformado por los Agentes Participantes que representan a la Sociedad Civil, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Municipal”; agregando en su segundo párrafo que: “El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, está compuesto por cuatro (4) miembros titulares y cuatro (4) suplentes. El cargo en este Comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) y/o como miembro del Equipo Técnico”; Que, mediante Memorando Nº 880-2013-GPPDI-MSS del 21.11.2013, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que conforme al Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, de la Municipalidad de Santiago de Surco, del 25.06.2013, los Agentes Participantes acreditados procedieron a la votación de los cuatro (4) miembros titulares y cuatro (4) suplentes del Comité de Vigilancia, en el marco de los requisitos establecidos según el Artículo 19º del Reglamento aprobado mediante Ordenanza Nº 449-MSS, conforme se detalla en la citada Acta; los cuales deben ser reconocidos; Que, mediante Informe Nº 898-2013-GAJ-MSS del 22.11.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 085-2013-ACSS del 31.10.2013, se aprobó el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica, que en atención a la importante función del citado Comité de Vigilancia y con la fi nalidad de lograr la transparencia que el Proceso de Presupuesto Participativo requiere, deberá formalizarse dicho reconocimiento mediante Acuerdo de Concejo, conforme lo señala el Artículo 19º de la Ordenanza Nº 449-MSS, opinando que resulta procedente el reconocimiento de los miembros del Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo 2014, los que se hace referencia el Memorando Nº 880-2013- GPPDI-MSS elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, debiendo elevarse los antecedentes al Concejo Municipal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones; Estando al Informe Nº 898-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Memorando Nº 880-2013-GPPDI-MSS la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º, numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- RECONOCER al Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014, conformado por los miembros siguientes: TITULARES • JORGE CÁRDENAS CAMPOS. • CARMELA FERNÁNDEZ BACA. • FRIDA CONSIGLIERI FRANCIA. • GLORIA DIAZ DE LEGUA. SUPLENTES • WALTER MERCADO ZEDANO. • LUZ FERREIRA QUINTANILLA. • MARCO ANTONIO LOO. • FAUSTO AVALOS RODRÍGUEZ.