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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2013 (11/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 485999 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Científica del Sur ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1656-2012-ANR Lima, 31 de octubre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 004-SG-UCSUR-2012, de fecha 13 de febrero de 2012; Nº 019-SG-UCSUR-2012, de fecha 16 de junio de 2012; informe Nº 257-2012-DGDAC, de fecha 17 de octubre de 2012, el memorando N° 1096-2012-SE, de fecha 29 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, siendo alguna de ellas las de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como, concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios, instruidos en los incisos e) y f); Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU mediante Resolución Nº 058-2006-CONAFU, de fecha 08 de marzo de 2006, otorgó la autorización defi nitiva de funcionamiento a la Universidad Científi ca del Sur, con sede en la ciudad de Lima; Que, mediante Resolución Nº 1081-2008-ANR, de fecha 5 de setiembre de 2008, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Científi ca del Sur con sede en la ciudad de Lima; Que, mediante ofi cios de vistos, la Secretaria General de la Universidad Científi ca del Sur comunica a la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores que se han creado programas académicos en su representada, razón por el cual solicita la aprobación y ofi cialización de los mismos; adjuntando para tal efecto las Resoluciones Rectorales Nº 001-2006-UCSUR-RR, de fecha 22 de marzo de 2006, y Nº 001-2012-UCSUR-RR, de fecha 23 de enero de 2012, que aprobaron la creación de: • Facultad de Estomatología, con la carrera de: - Estomatología • Especialidades en Estomatología, adscritas a la Escuela de Posgrado: - Carielogía y Endodoncia. - Implantología Oral. - Odontología Estética y Restauradora. - Odontología Forense. - Odontopediatría. - Ortodoncia y Ortopedia Maxilar. - Periodoncia e Implantes. - Rehabilitación Oral. Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Científi ca del Sur, con sede en la ciudad de Lima, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23º , 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente, por el cual se declare en vía de regularización autorizada la creación y funcionamiento de lo descrito en el considerando precedente, en vista de que ha cumplido con la normativa vigente; Que, con memorando N° 1096-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución que declare que la Universidad Científi ca del Sur, ha cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los Programas Académicos citados en el cuarto considerando; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Científi ca del Sur, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el artículo 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los Programas Académicos que a continuación se detallan: • FACULTAD DE ESTOMATOLOGÍA, con la carrera de: - Estomatología • ESPECIALIDADES EN ESTOMATOLOGÍA, adscritas a la Escuela de Posgrado: - Carielogía y Endodoncia. - Implantología Oral. - Odontología Estética y Restauradora. - Odontología Forense. - Odontopediatría. - Ortodoncia y Ortopedia Maxilar. - Periodoncia e Implantes. - Rehabilitación Oral. Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo precedente, así como la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano” y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 886687-1 Declaran que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento del Programa Académico de Maestría en Administración Global de Empresas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1657-2012-ANR Lima, 31 de octubre de 2012