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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2013 (11/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 486000 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 045-2012-SG-UTP, de fecha 25 de setiembre de 2012; informe Nº 245-2012-DGDAC, de fecha 03 de setiembre de 2012; el memorando N° 1021- 2012-SE, de fecha 9 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, siendo una de ellas la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios, instruido en inciso f); Que, por Resolución Nº 278-97-CONAFU, de fecha 08 de setiembre de 1997, se autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad Peruana de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con sede en la ciudad de Lima, con las Carreras Profesionales de: Ingeniería Electrónica, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Administración, y, Contabilidad; con Resolución Nº 364-98-CONAFU, de fecha 23 de febrero de 1998, se aprobó el cambio de nombre de la “Universidad Peruana de Investigación y Desarrollo Tecnológico” por la denominación de: “Universidad Tecnológica del Perú”; y mediante Resolución Nº 103-2005-CONAFU, de fecha 28 de marzo de 2005, se otorga la autorización defi nitiva de funcionamiento a la Universidad Tecnológica del Perú, con sede en la ciudad y departamento de Lima, para que brinde servicios educativos de nivel universitario; Que, por Resolución Nº 1080-2008-ANR, del 5 de diciembre de 2008, se aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú; Que, mediante ofi cio de vistos, la Universidad Tecnológica del Perú, solicita el reconocimiento y ofi cialización del Programa Académico de Maestría en Administración Global de Empresas que será impartido por su Escuela de Posgrado a partir del periodo académico 2012-III, adjuntando para tal efecto la Resolución Rectoral Nº 130-2012/R-UTP, de fecha 17 de setiembre de 2012; Que, con informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, expresa que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del programa académico de posgrado invocado en el considerando precedente; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita la resolución correspondiente; Que, con memorando N° 996-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución que declare aprobada la creación y el funcionamiento del Programa Académico de Maestría en Administración Global de Empresas que será impartido por la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú a partir del año académico 2012-III; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Tecnológica del Perú, con sede en la ciudad y departamento de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del Programa Académico de Maestría en Administración Global de Empresas, que será impartido por su Escuela de Posgrado a partir del periodo académico 2012-III. Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo precedente, así como, la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 886688-1 Declaran que la Universidad del Pacífico ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de programas de pregrado adscritos a la Facultad de Ciencias Empresariales COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1713-2012-ANR Lima, 30 de noviembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 093-2012-REC/UP, de fecha 15 de mayo de 2012; Nº 135-2012-REC/UP, de fecha 6 de setiembre de 2012; Nº 150-2012-REC/UP, de fecha 25 de octubre de 2012; informe Nº 265-2012-DGDAC, de fecha 31 de octubre de 2012, el memorando N° 1144-2012-SE, de fecha 12 de noviembre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, siendo una de ellas la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos, instruido en el inciso e); Que, mediante ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad del Pacífi co comunica a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores que con fecha 20 de diciembre de 2010 su Asamblea Universitaria aprobó la creación de las Carreras de Marketing, y Negocios Internacionales adscritas a la Facultad de Ciencias Empresariales; asimismo que su Consejo Directivo en su sesión de fecha 3 de mayo de 2012 aprobó el cambio de denominación de la Facultad de Ingeniería Empresarial por la de Facultad de Ingeniería; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad del Pacífi co, con sede en la ciudad de Lima, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente, que declare autorizado lo descrito en el considerando precedente, en vista de que ha cumplido con la normativa vigente; Que, con memorando N° 1144-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución en la cual se declare que la Universidad del Pacífi co, ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 23º y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a