Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Octavo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las demas coordinaciones necesarias efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Noveno.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 946133-1

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Resuelven no ratificar a magistrado en el cargo de Juez Especializado en lo Penal de MORDAZA - Chimbote del Distrito Judicial de MORDAZA
(Se publica la Resolucion de la referencia a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura mediante Oficio Nº 091-2013-LOG-OAF-CNM, recibido el 3 de junio de 2013) RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 635- 2012-PCNM MORDAZA, 22 de octubre de 2012 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez; interviniendo como ponente el senor Consejero MORDAZA Maezono Yamashita; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion N° 870-2003-CNM del 20 de noviembre de 2011 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado Juez Especializado en lo Penal de MORDAZA - Chimbote del Distrito Judicial de MORDAZA, juramentando en el cargo el 2 de diciembre de 2003; fecha desde la cual ha transcurrido el periodo de siete anos a que se refiere el articulo 154° Inc. 2) de la Constitucion Politica del Estado para los fines del MORDAZA de evaluacion y ratificacion correspondiente; Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de 12 de MORDAZA de 2012, se aprobo la programacion de la Convocatoria N° 004-2012-CNM de los procesos individuales de evaluacion y ratificacion de jueces y fiscales, entre los que se encuentra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. El periodo de evaluacion del citado magistrado comprende desde el 3 de diciembre de 2003 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal efectuada en sesion publica el 22 de octubre de 2012, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe final para su lectura respectiva, por lo que corresponde adoptar la decision; Que, con relacion al rubro conducta, de los documentos que conforman el expediente del

MORDAZA de evaluacion y ratificacion, se observa que el magistrado registra medidas disciplinarias: una amonestacion y diez apercibimientos, por inobservancia e incumplimiento de sus deberes y retardo procesal, los que se encuentran rehabilitados. Manifiesta en su entrevista personal, que las sanciones se deben a la excesiva carga procesal. No registra cuestionamientos en su contra (el registrado se encuentra fuera de periodo de evaluacion). No registra expresiones de apoyo ni reconocimientos a su labor. En cuanto a la asistencia y puntualidad no registra informacion negativa. En relacion a los referendos efectuados por el Colegio de Abogados del MORDAZA en los anos 2007 y 2012 obtuvo resultados favorables, ocupando el MORDAZA lugar en el ano 2007, que el Colegiado valora en conjunto con los demas indicadores. No registra antecedentes policiales, judiciales ni penales. En el aspecto patrimonial no se aprecia desbalance entre sus ingresos y gastos, conforme ha sido declarado periodicamente en su institucion y ha sido aclarado en el presente proceso. No se reporta informacion negativa en los registros administrativos ni comerciales. Registra participacion en personas juridicas, que a decir del evaluado ya no se encuentra registrado. Registra movimiento migratorio. Como demandante no cuenta con MORDAZA judicial y como demandado registra un MORDAZA constitucional en tramite. No adeuda tributos. En conclusion, considerando los parametros previamente anotados, la evaluacion del rubro conducta permite concluir que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el periodo sujeto a evaluacion registra sanciones por incumplimiento de sus deberes asi como tambien resultados que le favorecen. Que, considerando el rubro idoneidad, se evaluaron ocho decisiones emitidas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las que obtuvieron un total de 12 puntos. Cabe precisar, que la primera decision evaluada se encuentra fuera del periodo de evaluacion, lo que hace un total de 11.60 puntos. Con respecto a las restantes, se advierten puntajes bajos que van desde una calificacion de 0.70 hasta 1.10, por deficiencias en los indicadores de evaluacion, tales como comprension del problema y claridad en la exposicion, falta de coherencia y solidez en la argumentacion, situacion que fue analizada por el Colegiado durante la entrevista personal del evaluado, a quien se le formularon preguntas sobre ¿como analiza el MORDAZA objetivo? y no tuvo una respuesta solida y acertada al respecto, lo que se corrobora con la falta de un adecuado desarrollo del MORDAZA penal para calificar el delito en las muestras presentadas, y falta de argumentacion juridica respecto de la pena a imponerse. En cuanto a la gestion de los procesos, se evaluaron seis expedientes que obtuvieron una calificacion total de 17.25 puntos. En celeridad y rendimiento la informacion proporcionada resulta incompleta, lo que no permite efectuar el analisis respectivo para obtener un puntaje. En relacion a la organizacion del trabajo de los anos 2009 al 2011 obtuvo 4 puntos. No registra publicaciones. En cuanto a su desarrollo profesional obtuvo 4 puntos. Segun lo indicado por el magistrado ejercio la docencia en la universidad MORDAZA MORDAZA ­ Filial Chimbote, durante cinco horas, solo un ciclo. En tal sentido, si bien en el presente rubro de evaluacion los resultados de algunos indicadores le resultan favorables, en el de calidad de decisiones obtuvo un puntaje bajo, con serias deficiencias en la elaboracion de las decisiones presentadas como muestra, tal como se aprecia en las evaluaciones de los indicadores, lo que resulta para el Colegiado un indicador negativo dentro del periodo de evaluacion que no satisface los requisitos minimos para continuar en el desempeno como juez penal en concordancia con el perfil de magistrado que requiere la Ley de la MORDAZA Judicial para el acceso y mantenimiento en el cargo, por lo que no cuenta con el estandar exigido para el cumplimiento de su funcion; Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo sujeto a evaluacion si bien obtuvo resultados que le favorecen en el aspecto conductual sin embargo, en uno de los MORDAZA fundamentales del desempeno de la funcion jurisdiccional obtuvo resultados negativos que no satisfacen al Colegiado para renovar su confianza, puesto que no ha satisfecho las exigencias de idoneidad, acorde con el delicado ejercicio de la funcion judicial, situacion que se acredita con la documentacion obrante en el expediente, asi como con los indicadores que han sido objeto de la evaluacion

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