Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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por el articulo 23 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 946114-1

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

en acto doloso o falta grave, en el primer caso tendria que evidenciarse a traves de una resolucion judicial de materia penal firme, y en el MORDAZA supuesto tendria que haberse emitido una resolucion administrativa firme, previo procedimiento sancionador. Respecto a la posicion del Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta Negra En sesion extraordinaria, de fecha 19 de febrero de 2013 (fojas 18 a 30), los miembros de la citada entidad MORDAZA acordaron declarar infundada la solicitud de vacancia presentada por la ciudadana MORDAZA del MORDAZA Albites. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 025-2013-MDPN (fojas 37 a 39). Respecto a la apelacion presentada por MORDAZA del MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 0252013-MDPN Con fecha 6 de marzo de 2013, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 0025-2013-MDPN, argumentando que el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Punta Negra no indica si el gerente municipal cesado MORDAZA realizado algun acto doloso o falta grave administrativa. Agrega que no se le ha remitido los documentos presentados por los afectados, lo que ocasiona un perjuicio a su derecho de defensa y debido proceso. La solicitante senala que los regidores han ejercido funciones ejecutivas o administrativas, por haber ordenado el cese laboral de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cargo de gerente municipal, sin haberle iniciado previamente un procedimiento administrativo sancionador, decision que se tomo en sesion ordinaria, de fecha 22 de enero de 2013, por lo que la actuacion de los regidores no se encuentra conforme a ley. CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si en el presente caso le es atribuible a los regidores de la Municipalidad Distrital de Punta Negra la causal de vacancia establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). FUNDAMENTOS DE LA DECISION 1) Cuestion previa: Sobre la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 025-2013-CMDPN, del 19 de febrero de 2013, por el Acuerdo de Concejo Nº 061-2013/CMDPN. 1.1 El articulo 3, numeral 1, de la LPAG, senala que las funciones o actos administrativos solo pueden ser emitidos por organos a los que se ha asignado expresamente dicha competencia, y de acuerdo al articulo 61 de la mencionada ley, la competencia de las entidades tienen su fuente en la Constitucion y en la ley. 1.2 En el tercer parrafo del articulo 23 de la LOM se establece la competencia del JNE en el procedimiento de vacancia de autoridades municipales, determinando que una vez resuelto el procedimiento en el fuero municipal, la autoridad que tiene competencia para revisar el fondo del MORDAZA y obviamente para determinar si se presentan o no causales de nulidad, es el JNE. 1.3 Con fecha 8 de marzo de 2013, el secretario general de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, con Oficio Nº 002-2013/SG/MDPN, remite el recurso de apelacion interpuesto por la apelante contra el Acuerdo de Concejo Nº 025-2013-CMDPN, del 19 de febrero de 2013, que declaraba infundada la solicitud de vacancia de todos los regidores (fojas 99 al 101). 1.4 El 23 de MORDAZA de 2013, el citado secretario general, mediante Oficio Nº 004-2013/SG/MDPN, comunica al JNE que, en sesion ordinaria del 13 de marzo de 2013, el concejo municipal acordo declarar la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 025-2013-CMDPN, de fecha 19 de febrero de 2013, decision que fue plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 061-2013/CMDPN, del 13 de marzo de 2013. En consecuencia, dado que el acto administrativo contenido en el Acuerdo de Concejo Nº 061-2013/CMDPN fue realizado con fecha posterior al 8 de marzo de 2013, este ha sido emitido por organo incompetente, debido a que, a partir de dicha fecha, se habia desviado de la

Declaran nulo el Acuerdo de Concejo Nº 061-2013/CMDPN e improcedente solicitud de vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 425-2013-JNE Expediente Nº J-2013-304 PUNTA NEGRA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, catorce de MORDAZA de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA del MORDAZA MORDAZA contra la decision adoptada en el Acuerdo de Concejo Nº 025-2013-MDPN, del 19 de febrero de 2013, que declaro infundada la solicitud de vacancia interpuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pumarayme, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oliveira, MORDAZA MORDAZA Retes MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 11 de la de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia presentada por MORDAZA del MORDAZA MORDAZA El 6 de febrero de 2013, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA (en adelante, la solicitante) alega que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pumamrayme, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oliveira, MORDAZA MORDAZA Retes MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (en adelante, los afectados), regidores de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, emitieron su MORDAZA para MORDAZA en el cargo de gerente municipal a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin haberle iniciado previamente un procedimiento administrativo sancionador, decision que se tomo en la sesion ordinaria de fecha 22 de enero de 2013. Para acreditar sus imputaciones, la solicitante presenta como medios probatorios: i) Resolucion de Alcaldia Nº 0022013-MDPN, de fecha 4 de enero de 2013, que designa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como gerente municipal (foja 47); ii) Carta Notarial Nº 36-2013, remitida por los afectados a la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en cumplimiento de los acuerdos adoptados en la sesion ordinaria de fecha 22 de enero de 2013, entre los cuales se encuentra el cese del gerente municipal (fojas 50 y 51); iii) Sesion ordinaria, de fecha 22 de enero de 2013, en la que se vota por unanimidad a favor del cese del gerente municipal (fojas 58 a 98); iv) Resolucion de Alcaldia Nº 035-2013-MDPN, de fecha 28 de enero de 2013, en la que se da por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como gerente municipal del 19 de enero de 2013 (foja 48). Asimismo, senalan que, en caso de que el concejo municipal considere que el gerente municipal ha incurrido

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