Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

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Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la Administracion Publica, dispone que las entidades de la Administracion Publica deberan modificar el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones que por motivo de un reordenamiento de cargos conlleve a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal - PAP, estableciendo el citado articulo que en estos casos la Entidad se encuentra obligada a aprobar un MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP; Que, de acuerdo a los documentos de visto, la propuesta analizada del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo, Informe Nº 025-2013-DP/ OPPRE e Informe Nº 041-2013-DP/OGDH, se sustentan en un reordenamiento de cargos no presentado variacion con respecto al numero total de cargos considerados en el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP vigente, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 028-2012/DP; Que, en ese sentido, el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Defensoria del Pueblo vigente cuenta con 244 cargos ocupados, y la propuesta de modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal no difiere con lo precisado en el CAP que sera modificado; Que, el articulo 15º de los referidos Lineamientos establece que la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo corresponde al Titular del Pliego; Que, habiendose cumplido con el procedimiento y requisitos exigidos por la normatividad vigente, es procedente aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Defensoria del Pueblo para el ano 2013; Con los visados de la Primera Adjuntia, Secretaria General y de las oficinas de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica, Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los articulos 5º y 9º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520; de acuerdo con lo establecido en los literales d) y n) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/ DP; asi como las disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempenadas por el Instituto Nacional de Administracion Publica ­ INAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-95-PCM y conforme a lo dispuesto en los articulos 15º y 16º de los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM y estando al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Defensoria del Pueblo, que consta de 490 cargos conforme al Anexo que constituye parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la finalidad de publicar la presente Resolucion, sin incluir el Anexo, en el Diario Oficial El Peruano - de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM - al dia siguiente de su aprobacion. Articulo Tercero.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la finalidad de publicar la presente Resolucion y su Anexo constituido por el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo en el MORDAZA del Estado Peruano y en los Portales de Transparencia Estandar e Institucional de la Defensoria del Pueblo (www.defensoria.gob.pe), al dia siguiente de su aprobacion. Articulo Cuarto.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los portales referidos en el articulo tercero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 945758-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 02514-R-13 MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2013 Visto el expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 06249-SG-13 de la Oficina General de Asesoria Legal, sobre propuesta de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). CONSIDERANDO: Que el Comite de Direccion de Simplificacion Administrativa y el Equipo de Mejora Continua (EMC) conformados con Resolucion Rectoral N° 02853-R-12 de fecha 30 de MORDAZA del 2012, tiene a su cargo la regulacion y conduccion del MORDAZA de Simplificacion Administrativa a nivel institucional, en el MORDAZA del Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, que aprueba la metodologia para su implementacion bajo el modelo de Gestion de Procesos; Que mediante Resolucion Rectoral Nº 01545-R08 del 04 de MORDAZA del 2008, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que mediante Resolucion Rectoral N° 1820-R-12 de fecha 04 de MORDAZA del 2012, se modifico los requisitos del procedimiento 6.2 "Titulo Profesional" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que el INDECOPI mediante Resolucion N° 00872012/STCEB-INDECOPI del 04 de MORDAZA del 2012, inicia de oficio procedimiento contra la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA por la imposicion de barreras burocraticas presuntamente ilegales o carentes de razonabilidad, en los procedimientos administrativos de Grado Academico de Bachiller y Titulo Profesional, como exigir requisitos en el MORDAZA cuya informacion poseia la Universidad, exigir copias legalizadas y no simples, exigir certificados originales y no copias simples, exigir recibo de pago, que las 20 Facultades de la Universidad exigian requisitos adicionales a los del MORDAZA, estuviesen o no aprobados con resolucion rectoral, entre otros; Que sobre la competencia de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas del INDECOPI, el Art. 23º del Decreto Legislativo 1033 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual-INDECOPI senala: "Art. 23.- De la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas.Corresponde a la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas aplicar las leyes que regulan el control posterior y eliminacion de las barreras burocraticas ilegales o carentes de razonabilidad que afectan a los ciudadanos y empresas, y velar por el cumplimiento de las normas y principios que garantizan la simplificacion administrativa, asi como de aquellas que complementen o sustituyan a las anteriores"; Que el Art.48 de la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444 senala que la Comision de Acceso al MORDAZA del INDECOPI tiene las facultades atribuidas en el Art.26° BIS del Decreto Ley N° 25868, (comision denominada actualmente Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas, el referido Art.26° BIS tiene competencia para eliminar las barreras burocraticas, imponer sanciones y multas al funcionario o funcionarios que impongan la MORDAZA burocratica declarada ilegal, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y la formulacion de la denuncia penal correspondiente, de ser el caso; que la escala de sanciones es: falta leve con sancion de amonestacion; falta grave con multa de hasta dos (2) UIT y falta muy grave con multa de hasta cinco (5) UIT;

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