Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 41
El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013
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Asignacion de Personal CAP de las Entidades de la Administracion Publica, dispone que las entidades de la Administracion Publica deberan modificar el Cuadro para Asignacion de Personal CAP, cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones que por motivo de un reordenamiento de cargos conlleve a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal - PAP, estableciendo el citado articulo que en estos casos la Entidad se encuentra obligada a aprobar un MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal CAP; Que, de acuerdo a los documentos de visto, la propuesta analizada del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo, Informe Nº 025-2013-DP/ OPPRE e Informe Nº 041-2013-DP/OGDH, se sustentan en un reordenamiento de cargos no presentado variacion con respecto al numero total de cargos considerados en el Cuadro para Asignacion de Personal CAP vigente, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 028-2012/DP; Que, en ese sentido, el Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Defensoria del Pueblo vigente cuenta con 244 cargos ocupados, y la propuesta de modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal no difiere con lo precisado en el CAP que sera modificado; Que, el articulo 15º de los referidos Lineamientos establece que la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo corresponde al Titular del Pliego; Que, habiendose cumplido con el procedimiento y requisitos exigidos por la normatividad vigente, es procedente aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Defensoria del Pueblo para el ano 2013; Con los visados de la Primera Adjuntia, Secretaria General y de las oficinas de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica, Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los articulos 5º y 9º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520; de acuerdo con lo establecido en los literales d) y n) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/ DP; asi como las disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempenadas por el Instituto Nacional de Administracion Publica INAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-95-PCM y conforme a lo dispuesto en los articulos 15º y 16º de los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM y estando al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Defensoria del Pueblo, que consta de 490 cargos conforme al Anexo que constituye parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la finalidad de publicar la presente Resolucion, sin incluir el Anexo, en el Diario Oficial El Peruano - de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM - al dia siguiente de su aprobacion. Articulo Tercero.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la finalidad de publicar la presente Resolucion y su Anexo constituido por el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Defensoria del Pueblo en el MORDAZA del Estado Peruano y en los Portales de Transparencia Estandar e Institucional de la Defensoria del Pueblo (www.defensoria.gob.pe), al dia siguiente de su aprobacion. Articulo Cuarto.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los portales referidos en el articulo tercero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 945758-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 02514-R-13 MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2013 Visto el expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 06249-SG-13 de la Oficina General de Asesoria Legal, sobre propuesta de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). CONSIDERANDO: Que el Comite de Direccion de Simplificacion Administrativa y el Equipo de Mejora Continua (EMC) conformados con Resolucion Rectoral N° 02853-R-12 de fecha 30 de MORDAZA del 2012, tiene a su cargo la regulacion y conduccion del MORDAZA de Simplificacion Administrativa a nivel institucional, en el MORDAZA del Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, que aprueba la metodologia para su implementacion bajo el modelo de Gestion de Procesos; Que mediante Resolucion Rectoral Nº 01545-R08 del 04 de MORDAZA del 2008, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que mediante Resolucion Rectoral N° 1820-R-12 de fecha 04 de MORDAZA del 2012, se modifico los requisitos del procedimiento 6.2 "Titulo Profesional" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que el INDECOPI mediante Resolucion N° 00872012/STCEB-INDECOPI del 04 de MORDAZA del 2012, inicia de oficio procedimiento contra la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA por la imposicion de barreras burocraticas presuntamente ilegales o carentes de razonabilidad, en los procedimientos administrativos de Grado Academico de Bachiller y Titulo Profesional, como exigir requisitos en el MORDAZA cuya informacion poseia la Universidad, exigir copias legalizadas y no simples, exigir certificados originales y no copias simples, exigir recibo de pago, que las 20 Facultades de la Universidad exigian requisitos adicionales a los del MORDAZA, estuviesen o no aprobados con resolucion rectoral, entre otros; Que sobre la competencia de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas del INDECOPI, el Art. 23º del Decreto Legislativo 1033 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual-INDECOPI senala: "Art. 23.- De la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas.Corresponde a la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas aplicar las leyes que regulan el control posterior y eliminacion de las barreras burocraticas ilegales o carentes de razonabilidad que afectan a los ciudadanos y empresas, y velar por el cumplimiento de las normas y principios que garantizan la simplificacion administrativa, asi como de aquellas que complementen o sustituyan a las anteriores"; Que el Art.48 de la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444 senala que la Comision de Acceso al MORDAZA del INDECOPI tiene las facultades atribuidas en el Art.26° BIS del Decreto Ley N° 25868, (comision denominada actualmente Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas, el referido Art.26° BIS tiene competencia para eliminar las barreras burocraticas, imponer sanciones y multas al funcionario o funcionarios que impongan la MORDAZA burocratica declarada ilegal, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y la formulacion de la denuncia penal correspondiente, de ser el caso; que la escala de sanciones es: falta leve con sancion de amonestacion; falta grave con multa de hasta dos (2) UIT y falta muy grave con multa de hasta cinco (5) UIT;