Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2013 (16/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2013

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Destitucion y Despido, una vez que la misma quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 936916-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Inscriben al Centro de Investigacion Social en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 0352-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0503 MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil trece VISTA la solicitud de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras del Centro de Investigacion Social. ANTECEDENTES

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Designan Jefe de la Oficina Administracion del INICTEL-UNI
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 0780 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28918 de fecha 07 de diciembre del 2006, se confirmo el acuerdo de fusion por absorcion del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones ­ INICTEL por la Universidad Nacional de Ingenieria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0302006-MTC y se autorizo la creacion de la Unidad Ejecutora 002 del Pliego Universidad Nacional de Ingenieria; Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 0093 de fecha 01 de febrero de 2012, se designo a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administracion del INICTELUNI; autorizandose la continuidad en el cargo, mediante Resolucion Rectoral Nº 083 del 11 de enero de 2013; Que, el articulo 12º literal e), del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del INICTEL-UNI aprobado por Resolucion Rectoral Nº 1507 del 09 de octubre de 2012, establece que los cargos de confianza seran designados por el Presidente del Consejo Directivo, dando cuenta al Consejo Directivo; Que, la Jefatura de la Oficina de Administracion del INICTEL-UNI es un cargo de confianza; De conformidad con lo previsto en el articulo 50º, incisos c) y l) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR las MORDAZA a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los importantes servicios prestados como Jefe de la Oficina de Administracion del INICTEL-UNI. Articulo 2º.- DESIGNAR, a la Ing. MORDAZA MORDAZA CASILDO, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administracion del INICTEL-UNI. Articulo 3º.- ENCARGAR, al area de Recursos Humanos del INICTEL-UNI, realizar las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, con cargo a los Recursos Ordinarios del INICTEL-UNI. Articulo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario y al Consejo Directivo del INICTEL-UNI. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 937045-1

de

Mediante escrito presentado al MORDAZA Nacional de Elecciones, con fecha 22 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente del Centro de Investigacion Social, solicito la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras de la referida institucion, para lo cual, de conformidad con el articulo 6 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion Nº 5011-2010-JNE (en adelante, el Reglamento), se presento la documentacion acreditando a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caytuiro, licenciada en Economia, y su MORDAZA de habilitacion en el Colegio de Economistas de MORDAZA, en el que esta inscrita con el codigo Nº 505. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion, asi como tambien establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. En el articulo 6 del Reglamento se senala que con la solicitud de inscripcion debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razon social de la encuestadora; b) MORDAZA del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura publica de constitucion social de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente; y f) acreditacion de un profesional colegiado en Economia o especialista en Estadistica, para llevar a cabo las encuestas. 3. De lo MORDAZA expuesto, dado que se ha cumplido con presentar los requisitos senalados en el Reglamento, acreditando a un profesional calificado y presentando el recibo por el pago de la tasa correspondiente, este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripcion presentada, asignar un numero de registro y abrir la partida correspondiente. La inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, de conformidad con el articulo 5 del Reglamento.

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