Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2013 (16/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar NULO el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria de concejo del 13 de noviembre de 2012, que rechazo la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Parinari, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, inciso 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, debiendo renovarse los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesion extraordinaria de concejo que resolvera la solicitud de vacancia MORDAZA mencionada, y DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Parinari para que proceda, observando lo senalado en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 937772-3

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2013

participar en las Nuevas Elecciones Municipales 2013 (fojas 78 a 79) concediendole dos dias naturales para que subsane las siguientes observaciones: a) La Lista de candidatos contiene un total de seis candidatos DESIGNADOS, siendo uno, el numero MORDAZA, con lo cual incumple el MORDAZA parrafo del articulo 23 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP). b) La eleccion de los candidatos habria sido realizada sin tener en cuenta las normas de democracia interna contenida en la LPP y el Estatuto del partido politico Union por el Peru, toda vez que en la solicitud de inscripcion de Lista de candidatos se adjunta el Acta de Asamblea Extraordinaria del Comite de Accion Politica, de la cual se desprende que la eleccion del candidato a MORDAZA no fue realizada por un comite electoral, no hubo votacion de los presentes (a mano alzada o a traves de una cedula), sino que basto una ovacion por parte de los presentes. Asimismo, se desprende que los candidatos a regidores no provienen de una eleccion interna, dado que del acta citada se extrae "que el candidato en mencion agradecio a todos los presentes por la confianza puesta en su persona, comprometiendose a llevar en su lista de regidores a militantes pertenecientes al Comite de Accion Politica del partido politico Union por el Peru". c) El plan de gobierno fisico no coincide con el formato resumen, asi como tampoco adjuntan el CD o disco compacto conteniendo el plan de gobierno. d) Los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Yornoth MORDAZA MORDAZA no acreditan los dos anos de domicilio continuo, registrando como ultimo ubigeo los distritos de Surquillo (Lima) y Jircan (Huanuco), respectivamente. e) El documento nacional de identidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no acredita los dos anos continuos de domicilio, pues si bien adjunta la MORDAZA de vivencia expedida por el Juez de Paz del distrito de Punta Negra, debera presentar ademas documentos que acredite de forma fehaciente dicho requisito. Mediante Cedula de Notificacion Nº 00018-2013-JEE JEE CANETE, el JEE pone en conocimiento del partido politico Union por el Peru, la Resolucion Nº 0001-2013JEE-CANETE/JNE, notificada el 15 de MORDAZA de 2013, en la direccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA 159, San MORDAZA de Canete (fojas 77). Con Resolucion Nº 0002-2013-JEE-CANETE/JNE, del 18 de MORDAZA de 2013, el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de Lista de candidatos presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del partido politico Union por el Peru, con el objeto de participar en la Nuevas Elecciones Municipales 2013, en el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA, al haberse vencido el plazo otorgado sin que se MORDAZA cumplido con subsanar las observaciones precisadas (fojas 75 a 76). Consideraciones del apelante El 24 de MORDAZA de 2013, el personero legal alterno presento su recurso de apelacion (fojas 27 a 73), con los siguientes argumentos: a) Que existe el acta de Asamblea eleccionaria del comite electoral partidario, la que condujo el MORDAZA de eleccion de los candidatos a MORDAZA y regidores, suscrito por los concurrentes el 8 de marzo de 2013, habiendose obviado por un hecho involuntario remitir la Lista de candidatos a MORDAZA y regidores y dos suplentes accesitarios. Asimismo, se obvio remitir el acta de Asamblea eleccionaria en donde se nombra el comite electoral que llevo a cabo las elecciones internas partidarias, el cual acompana como anexo dicho listado suscrito por las partes intervinientes (fojas 34 a 37). b) En relacion con el punto tercero de la resolucion impugnada senala que adjunta el material respectivo, donde se indica en forma MORDAZA y precisa el plan de gobierno de nuestra organizacion politica, asi como adjunta MORDAZA del disco compacto o CD de la Hoja de resumen, teniendose por subsanada dicha observacion (foja 38). c) En relacion con el punto MORDAZA de la resolucion impugnada respecto a la candidata a regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA advierte que con los documentos

Confirman la Res. N° 0002-2013-JEECANETE/JNE que declaro improcedente solicitud de inscripcion de Lista de candidatos para el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0389-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00525 PUNTA NEGRA - MORDAZA - MORDAZA JEE CANETE (EXPEDIENTE Nº 00020-2013-004) NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2013 MORDAZA, dos de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Ronaldo MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del partido politico Union por el Peru, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Canete, contra la Resolucion Nº 0002-2013-JEE-CANETE/ JNE, del 18 de MORDAZA de 2013, que declaro improcedente su solicitud de inscripcion de Lista de candidatos para el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Con fecha 8 de MORDAZA de 2013, a las 23:06 horas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del partido politico Union por el Peru, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Canete (en adelante, personero legal alterno) presenta su solicitud de inscripcion de candidatos para el Concejo Distrital de Punta Negra, la cual se halla encabezada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manco (fojas 85 a 87). La posicion del MORDAZA Electoral Especial de Canete Con Resolucion Nº 0001-2013-JEE-CANETE/JNE, del 15 de MORDAZA de 2013, el MORDAZA Electoral Especial de Canete (en adelante JEE) declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de Lista de candidatos presentada por el partido politico Union por el Peru, con el objeto de

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