Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2013 (22/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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"20.- Requisitos para ser considerado GFE 20.1 Son aquellos que deben ser cumplidos por el GF para ser considerado GFE: a. Ser evaluado por el SISFOH y tener una calificacion acorde con el IFM establecido en el presente Reglamento Operativo." (...)" "ANEXO 1" SISTEMA DE PUNTAJE
CRITERIO Numero de dependientes Discapacidad PUNTAJE 10 10 CONSIDERACIONES Por cada dependiente hasta un MORDAZA de sesenta (60) puntos. Por cada miembro del Grupo Familiar con discapacidad permanente, excluyendo al Jefe de Familia hasta un MORDAZA de veinte (20) puntos. Jefe de Familia Solo Jefe de Familia Sola Bonificacion por Jefe de Familia con discapacidad permanente o mayor de sesenticinco (65) anos de edad.

El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Dan por concluida designacion de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del IPEN
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 232-13-IPEN/PRES MORDAZA, 21 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 163-13IPEN/PRES de fecha 09 de agosto de 2013, se designo en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, Nivel D-2 del Instituto Peruano de Energia Nuclear, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Segura; Que, es necesario efectuar acciones de personal; De conformidad con la Ley Nº 27594, que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; y, los articulos 9 y 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del IPEN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con los vistos de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida a partir de la fecha de la presente Resolucion, la designacion efectuada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, Nivel D-2, del Instituto Peruano de Energia Nuclear, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en la pagina web institucional. Registrese y comuniquese. MORDAZA PETRICK CASAGRANDE Presidente 1017963-1

Jefatura Familiar

10 15 5

Ahorro adicional 0.5 o la fraccion Por cada cincuentas (50) Nuevos Soles de ahorro al Ahorro Minimo* correspondiente adicional al ahorro minimo requerido y hasta un MORDAZA de veintiocho (28) puntos. Permanencia del 2 o la fraccion Al Grupo Familiar, por cada mes de permanencia del Ahorro** correspondiente ahorro, desde la fecha de apertura de la cuenta de ahorros. Este puntaje es acumulativo, hasta por un MORDAZA de veinticuatro (24) puntos. Solicitud de Asignacion Sucesiva 5 Al Grupo Familiar que no MORDAZA logrado el acceso al BFH en la asignacion que participo y volviera a solicitar el acceso al BFH en una siguiente Asignacion. Este puntaje acumulable hasta un MORDAZA de veinte (20) puntos por cada ano calendario.

* El haber completado el Ahorro Minimo requerido, segun la VIS elegida, no otorga puntaje. Todo Ahorro acreditado que MORDAZA sido sujeto a calificacion debera ser destinado al financiamiento de la VIS elegida. El Ahorro acreditado a traves de una carta compromiso no otorga puntaje. ** En caso de transferir su ahorro de una ESFS a otra se mantiene el derecho a este puntaje, siempre y cuando el FMV sea informado de este hecho por el GF o la ESFS. Tambien se considerara para el puntaje: A la Jefatura de Familiar o dependientes que tuvieran la condicion de victimas de terrorismo; o que MORDAZA perdido a uno de sus conyuges y/o dependientes por causa de actos terroristas; o a la Jefatura de Familiar que MORDAZA perdido a sus padres o a uno de ellos por actos terroristas, y que en la oportunidad del MORDAZA aquel se hubiera encontrado bajo su dependencia, se le otorgara diez (10) puntos adicionales, siempre que la persona MORDAZA sido reconocida por la autoridad competente como victima del terrorismo. Entiendase como victima del terrorismo a las victimas resultantes del conflicto armado interno, a las que se refieren las recomendaciones del informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion Nacional y que han sido reconocidas y registradas por la autoridad competente como tales. Tratandose de GF considerados como Hogares Jovenes, se otorgaran cinco (5) puntos adicionales por la Postulacion. Para este grupo, por cada cincuenta (S/. 50.00) Nuevos Soles de ahorro adicional, al Ahorro minimo requerido, se asignara un (1) punto adicional, o la fraccion correspondiente, hasta un MORDAZA de veintiocho (28) puntos. Todo Ahorro acreditado que MORDAZA sido objeto de puntuacion debera ser destinado al financiamiento de la VIS. Por cada mes de permanencia del Ahorro desde la fecha de apertura de la cuenta de ahorro, se otorgaran cuatro (4) puntos adicionales o la fraccion correspondiente hasta por un total de veinticuatro (24) puntos. Entiendase por Hogar Joven aquel en la que cualquiera de los integrantes de la Jefatura Familiar tenga veintinueve (29) anos o menos a la fecha de Postulacion al BFH Tratandose de la Jefatura de Familiar que hubiera realizado pagos por concepto de contribucion al FONAVI, y que acredite dicha condicion conforme a lo regulado en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley N° 27677, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 064-2002; se le otorgara diez (10) puntos adicionales. A la jefatura familiar o dependientes que tengan la condicion establecida en la Ley N° 24053 y la Ley N° 28796; debidamente acreditada de conformidad con las normas de la materia, se le otorgara diez (10) puntos adicionales. A la jefatura Familiar o dependientes que tengan la condicion de migrante retornado, acreditada de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 30001, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 035-2013-RE, y demas normas de la materia, se le otorgara diez (10) puntos adicionales.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 271-2013-INDECOPI/COD Mediante Carta N° 1077-2013/GEL-INDECOPI el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 271-2013-INDECOPI/COD, publicada en la edicion del 20 de noviembre de 2013.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1017981-1

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