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El Peruano Martes 1 de octubre de 2013 504025 A.C.) es una organización autónoma, independiente y de apoyo técnico, constituida por las entidades de fi scalización superior tanto del Congreso de la Unión, como de las Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de México, que tiene como principales objetivos, orientar y fundamentar las acciones de la fi scalización superior en los Estados Unidos Mexicanos, promover el mejoramiento administrativo y técnico de sus propios miembros, así como celebrar toda clase de conferencias, mesas de trabajo, paneles, reuniones de intercambio de experiencia entre los propios miembros de la Asociación y con otras instituciones de índole nacional y extranjeras; Que, la Auditoría Superior del Estado de Puebla es una institución que se encarga de revisar el gasto y el destino de los recursos públicos que realizan las entidades públicas, concentrando la mayor autoridad estatal para supervisar el gasto público, además revisa la Cuenta Pública del Estado; Que, el citado Congreso tiene por objetivo abordar y debatir acerca de la importancia de la rendición de cuentas, la fi scalización superior en el ejercicio de los recursos públicos y la lucha contra la corrupción, previéndose en el programa del evento la presentación de una ponencia por parte de la Contraloría General de la República del Perú, lo cual contribuirá al intercambio de conocimientos y experiencias en los temas antes mencionados; Que, el Plan Estratégico 2012-2014 de la Contraloría General de la República prevé la reforma y el fortalecimiento integral de la Institución, al haber tomado en consideración la adopción de las mejores prácticas internacionales, el desarrollo de nuevas metodologías, el cambio de la normativa de control, el entrenamiento y la especialización profesional de su personal; Que, corresponde al Departamento de Cooperación y Prevención de la Corrupción entre otras funciones, organizar, ejecutar y coordinar las estrategias que contribuyen a la prevención de actos de corrupción. Así mismo, dirigir y ejecutar las acciones de relacionamiento institucional con otras entidades fi scalizadoras superiores, organismos internacionales y multilaterales, instituciones y organizaciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional con el objeto de fortalecer la cooperación, el apoyo técnico, desarrollo de capacidades y la obtención de recursos no reembolsables en benefi cio del Sistema Nacional de Control; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fi nes institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Rubén Fernando Ortega Cadillo, Gerente del Departamento de Cooperación y Prevención de la Corrupción que participará en el Congreso antes mencionado como expositor del tema “Aporte de las Entidades Fiscalizadoras Superiores en la prevención de la Corrupción”; Que, los gastos que irrogue la comisión de servicios antes mencionada serán fi nanciados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General de la República; conforme a lo señalado por la Gerencia Central de Administración y Finanzas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Ley N° 29951; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Rubén Fernando Ortega Cadillo, Gerente de Cooperación y Prevención de la Corrupción, a la ciudad de Puebla de los Ángeles, México, del 01 al 03 de octubre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General de la República, según el detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1,130.00; viáticos US$ 440.00 (01 día) y gastos de instalación US$ 440.00 (01 día). Artículo Tercero.- El citado funcionario presentará al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación y Prevención de la Corrupción, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 995041-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Inscriben el partido político “Vamos Perú” en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN Nº 142-2013-ROP/JNE Lima, 27 de setiembre de 2013 VISTAS, la solicitud de inscripción presentada el 06 de diciembre de 2011 por el ciudadano Oscar Javier Zegarra Guzmán, personero legal titular del partido político “VAMOS PERU”, cuya sigla es VP y la Resolución Nº 618- 2012-JNE de fecha 21 de junio de 2012. CONSIDERANDO: El 06 de diciembre de 2011, el ciudadano Oscar Javier Zegarra Guzmán, personero legal titular del partido político “VAMOS PERU”, cuya sigla es VP, solicitó la inscripción de dicha organización política en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Revisada la solicitud y los anexos presentados, se advierte que cumplen con todos los requisitos establecidos en el artículo 5º de la Ley de Partidos Políticos, Ley Nº 28094 (en adelante LPP), esto es, I) Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, del representante legal, de los tesoreros, de los personeros legales y técnicos, el órgano directivo con las personas que ocuparán los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del país; II) Relación de adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Nº 618-2012-JNE y lo previsto en la Resolución Nº 0662-2011-JNE; advirtiéndose, en tal sentido, que mediante Ofi cios Nº 094-2012-SG/ONPE y 978-2013-SG/ONPE notifi cados a este Registro el 01 de febrero de 2012 y 13 de junio de 2013, respectivamente, la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, informó que se declararon válidas 164,668 fi rmas, cantidad que superó las 164,664 fi rmas necesarias para tal efecto; III) Actas de constitución de comités en, por lo menos, el tercio de las provincias del país, ubicadas en al menos las dos terceras partes de los departamentos del país, suscritas cada una por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; y, IV) El Estatuto del partido político el cual contiene lo establecido en el artículo 9º de la LPP. El 15 de setiembre del 2013 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripción