Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2013 (02/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 2 de octubre de 2013

504095
a) En cuanto a la causal de nepotismo, el solicitante senala que el MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA contrato a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Meramendi, conviviente de su nieta, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que este se desempenara como responsable de defensa civil del dsitrito en el mes de MORDAZA de 2011. Agrega que dicho vinculo contractual con la municipalidad distrital, se encuentra acreditado con la Resolucion de Alcaldia Nº 020-2011-MDSFC/A, del 29 de marzo de 2011 y con el comprobante de pago Nº 220, del 3 de MORDAZA de 2011, a traves del cual se efectua el pago al MORDAZA citado por la suma de S/. 800,00 (ochocientos y 00/100 nuevos soles), como responsable del area de defensa civil del distrito. Senala que estos documentos se encuentran en poder del contador, siendo el caso que los regidores no tiene acceso a dicha informacion. Finaliza y senala que el MORDAZA distrital no tiene documentacion sustentatoria que contradiga las alegaciones formuladas. b) En cuanto a la causal de restricciones en la contratacion, el peticionante manifiesta los siguientes hechos: · El MORDAZA distrital adquirio, con fecha 6 de junio de 2012, de manera directa, un terreno de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA y Magna MORDAZA MORDAZA a favor de la entidad MORDAZA, siendo el caso que el precio de venta fue de S/. 20 000,00 (veinte mil y 00/100 nuevos soles). Senala que dicha adquisicion se hizo sin respetar la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, pues nunca se convoco a un comite especial ni tampoco se establecio el valor referencial del terreno, mucho menos se MORDAZA con el informe tecnico correspondiente. Finaliza senalando que con esta adquisicion se ha demostrado el uso indebido de los recursos de la entidad MORDAZA, ya que no existia la partida presupuestaria para dicha compra. · La autoridad cuestionada a traves del servidor publico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha adquirido bienes tales como mesas y sillas que fueron posteriormente donados a la posta medica de la localidad de Cayran, tal como se acredita con el comprobante de pago Nº 384, del 6 de junio de 2012, donde se aprecia que se paga al chofer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de S/. 746,40 nuevos soles, por concepto de pagos varios. Agrega que el concejo municipal no tiene conocimiento de estos hechos y mucho menos se ha aprobado donacion alguna. Finaliza senalando que el 4 de febrero de 2013 el MORDAZA distrital utilizo nuevamente al trabajador MORDAZA citado para que realizara un servicio de planchado y pintura del bien de la entidad MORDAZA en Multiservicios Crispin. · Otro hecho imputado a la autoridad municipal, es que contrato la adquisicion y posterior donacion de maquinarias industriales al CETPRO-Cayran (Centro de Educacion Tecnico Productiva), de manera personal y directa, sin poner en conocimiento del concejo municipal. Agrega que un hecho agravante es que dicho centro se encuentra dentro de la jurisdiccion de Pilcomarca y no del distrito de San MORDAZA de Cayran. · El MORDAZA distrital contrato los servicios de asesoria externa por el monto de S/. 7 000,00 MORDAZA soles y de consultoria de peritaje por el monto de S/. 10 000,00 nuevos soles, sin poner en conocimiento del concejo municipal y sin tener en cuenta el procedimiento establecido en la Ley de Contrataciones del Estado. · La autoridad municipal efectuo contrataciones y adquisiciones para el aniversario del distrito, como la compra de telas, alquiler de equipos de sonido, contratos para la preparacion de comidas, adquisicion de premios de campeonato, con la gravedad de que se no se conformo un comite por aniversario del distrito, ademas de que el concejo municipal no tenia conocimiento ni habia aprobado dichos gastos. Dicha solicitud dio origen al Expediente Nº J-2013397, en el cual se emitio, con fecha 4 de MORDAZA de 2013, el Auto Nº 1, a traves del cual se traslado la solicitud de vacancia a los miembros del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cayran (fojas 79 a 80 del Expediente Nº J-2013-397). Respecto al escrito de descargos presentados por el MORDAZA distrital El 9 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San

MORDAZA, Director Central de Gestion Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Republica Dominicana, del 02 al 05 de octubre de 2013, para que participe en la V Conferencia Iberoamericana sobre Justicia Electoral. Articulo Segundo.- El MORDAZA Nacional de Elecciones cubrira los gastos del viaje del funcionario referido en el articulo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: Viaticos y Asignaciones por Comision de Servicios TOTAL: S/. S/. S/. 3,172.49 3,485.16 6,657.65

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendicion de cuentas correspondiente. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente

995246-1

Revocan el Acuerdo de Concejo Nº 014-2013-CM-MDSFC, en extremo que declaro la vacancia del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Cayran, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal de nepotismo, y lo declaran nulo en el extremo referido a la declaracion de vacancia por la causal de restricciones en la contratacion
RESOLUCION Nº 849-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-676 SAN MORDAZA DE CAYRAN - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, doce de setiembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 014-2013-CMMDSFC, del 13 de MORDAZA de 2013, que declaro su vacancia en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Cayran, provincia y departamento de MORDAZA, por las causales establecidas en el articulo 22, numerales 8 y 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia El 1 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asca, en calidad de regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Cayran, solicito ante el MORDAZA Nacional de Elecciones que se corriera traslado de su solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la citada entidad MORDAZA, por considerar que habia incurrido en la causal de nepotismo, establecida en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), y en la causal de restricciones en la contratacion, establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63 del citado cuerpo legal. Los hechos que sustentan su pedido de vacancia son los siguientes hechos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.