Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2013 (19/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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probatorios, este Supremo Tribunal Electoral concluye que el recurso de apelacion es infundado, ya que las conductas imputadas no se subsumen en los supuestos de hecho de la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63 de la LOM. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pereyra Ostolaza, y en consecuencia, CONFIRMAR el acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria realizada el 11 de MORDAZA de 2013, que rechazo el recurso de reconsideracion interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 035-2013/MSI, modificado por Acuerdo de Concejo Nº 037-2013/MSI, los que desaprobaron las solicitudes de vacancia presentadas en contra de MORDAZA MORDAZA Cantella Salaverry, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica para su conocimiento, evaluacion y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1002068-2

El Peruano Sabado 19 de octubre de 2013

MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- PRECISAR que en el articulo MORDAZA de la Resolucion N° 858-2013-JNE debe senalarse Concejo Distrital de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1000868-1

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular (Corporativo) de Paita, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 150-2013-MP-FN-JFS MORDAZA, 17 de octubre de 2013 VISTA Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular (Corporativo) de Paita, Distrito Judicial de MORDAZA, con efectividad al 30 de septiembre de 2013. Que, mediante Acuerdo Nº 3241 adoptado en sesion de Junta de Fiscales Supremos de fecha 17 de octubre de 2013, se acepto por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico, y conforme a lo establecido en el considerando precedente. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 30 de septiembre de 2013, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular (Corporativo) de Paita, Distrito Judicial de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo Segundo.- Remitir la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de MORDAZA, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1002156-1

Precisan que en el articulo MORDAZA de la Res. N° 858-2013-JNE debe senalarse Concejo Distrital de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 909-2013-JNE Expediente N.° J-2013-00781 PERENE - CHANCHAMAYO - MORDAZA MORDAZA, treinta de setiembre de dos mil trece VISTO el procedimiento de declaratoria de vacancia seguido en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. CONSIDERANDOS 1. Se advierte de la Resolucion N° 858-2013-JNE, de fecha 16 de setiembre de 2013, que se incurrio en error material al consignar en el articulo MORDAZA de la citada resolucion a Chachapoyas como la provincia a la cual pertenece el distrito de Perene, cuando el distrito de Perene se encuentra ubicado en la provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. 2. Por consiguiente, en aplicacion supletoria del articulo 407 del Codigo Procesal Civil, por tratarse de error material evidente, corresponde efectuar las precisiones del caso. Se deja expresa MORDAZA de que no se modifica el contenido ni el sentido de la decision adoptada en la Resolucion N° 858-2013-JNE, por la cual se dejo sin efecto la credencial otorgada a MORDAZA

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