Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2013 (13/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013

502891

Autorizan apoyo economico a favor de representante de la Universidad Nacional de Ingenieria para que viaje a Espana, en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1266 MORDAZA, 5 de setiembre de 2013 Visto el Oficio Nº 000991-DIGA-UNI/2013 de la Direccion General de Administracion de la Universidad Nacional de Ingenieria; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los literales a) y b) del articulo 3º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria, el proposito permanente de la Universidad se expresa en la formacion integral de sus profesionales, cientificos y humanistas en las diversas disciplinas, y la realizacion de investigaciones cientificas de caracter fundamental y aplicado; Que, mediante Carta de fecha 31 de MORDAZA de 2013, reiterada con fecha 27 de agosto del 2013, la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA docente de la Facultad de Ingenieria Quimica y Textil informa al Despacho del Rectorado, respecto a la invitacion formulada por los Centros Tecnologicos Textiles de Espana INNOTEX CENTER y AITEX, para una visita tecnica; motivo por el cual solicita una subvencion economica para solventar gastos de pasajes, ida ­ vuelta y viaticos toda vez que su viaje esta programado para el 07 de setiembre de 2013; Que, INNOTEX CENTER es un centro de innovacion y tecnologia, que desarrolla proyectos I+D para la industria textil europea, cuenta con la experiencia y trayectoria de colaboracion empresa-universidad, habiendo sido creada por la Universidad Politecnica de Cataluna; AITEX es un centro tecnologico dedicado a la investigacion en los ambitos del conocimiento de la ciencia y la tecnologia que tengan aplicacion en la industria textil; De conformidad con el articulo 50º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autoricese, el tramite correspondiente al apoyo economico a favor de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el monto de S/. 6,042.00, que sera financiado a traves de los recursos directamente recaudados de la Administracion Central, quien en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria asistira a la visita tecnica a los Centros Tecnologicos Textiles de Espana INNOTEX CENTER y AITEX. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central. Articulo 3º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 986707-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundados recursos de apelacion interpuestos contra Acuerdos de Concejo que desestimaron solicitudes de vacancia de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA y reformandolos, declaran fundadas solicitudes de vacancia
RESOLUCION Nº 771-2013-JNE Expediente Nº J-2012-830 Expediente Nº J-2012-831 Expediente Nº J-2012-860 (Acumulados) SAN MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, trece de agosto de dos mil trece. VISTOS en audiencia publica, de fecha 13 de agosto de 2013, i) el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 0020-2012-MDSM/A, en el extremo que declaro infundada su solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; ii) el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 0022-2012-MDSM/A, en el extremo que declaro infundada su solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA por la causal ya mencionada; y iii) el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA contra los citados acuerdos de concejo, en los extremos que se declararon infundadas las solicitudes de aplicacion del MORDAZA del non bis in idem, teniendo a la vista la Resolucion Nº 4 emitida por el Tercer Juzgado Constitucional de MORDAZA, y oido el informe oral. ANTECEDENTES De la solicitud de vacancia de fecha 29 de marzo de 2012 Con fecha 29 de marzo de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito que se declare la vacancia de MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA en el ejercicio del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA (fojas 20 a 24 del Expediente Nº J-2012-830), por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por nepotismo, al haber contratado los servicios de los siguientes familiares: a. MORDAZA Ugarte MORDAZA (padre), identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 32289857, para prestar servicios en el Programa de mantenimiento de infraestructura publica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en el grupo 3, como brigadista, del 14 al 27 de marzo de 2011. b. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (madre), identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 42255985, para prestar servicios en el Programa de mantenimiento de infraestructura publica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en el barrio de Chupa, en el grupo 2, como brigadista, del 17 al 27 de marzo de 2011. c. MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA (hermana), identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 32288431, para prestar servicios en el Programa de mantenimiento de infraestructura publica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en la localidad de Carhuayoc, en el grupo 22, como jefe de brigada, del 14 al 27 de marzo de 2011, y como brigadista en el grupo 10 del 9 hasta el 22 de MORDAZA de 2011.

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