Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2014 (12/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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realizo el 26 de agosto de 2013, es decir, tres dias habiles anteriores a la fecha de realizacion de la misma (fojas 586 a 588, Expediente Nº J-2013-00153). Aun mas, no se aprecia que se MORDAZA puesto en conocimiento de dichas autoridades todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a efectos de que llegada la sesion extraordinaria aquellos tuvieran conocimiento de los hechos imputados, de los descargos efectuados por las partes y de los medios probatorios actuados por estas, y con ello asegurar que la decision que emitieran sobre el pedido de vacancia se encontrara conforme a la realidad de los hechos. Por consiguiente, para efectos de salvaguardar el derecho al debido procedimiento y asegurar que la decision que se emita sobre el pedido de vacancia sea conforme a la realidad de los hechos, debera disponerse que el Concejo Municipal de MORDAZA, previamente a la convocatoria a la sesion extraordinaria de concejo, remita de manera oportuna a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Astovilca y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balcazar, todos los actuados en el procedimiento de vacancia, asi como los medios probatorios ofrecidos por las partes y los actuados de oficio por el concejo municipal. 8. Asimismo, se advierte tambien que durante el procedimiento de vacancia, el Concejo Distrital de MORDAZA no ha cumplido con su obligacion legal de reunir los elementos de juicio necesarios para establecer la verdad material de las denuncias formuladas. En ese contexto, el concejo municipal no examino ni valoro al momento de emitir su decision, todos aquellos documentos vinculados a la adquisicion de bienes y servicios del proveedor Jann Lenner MORDAZA Andazabal, supuesto pariente del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tales como: i) Requerimientos de compra de bienes y servicios. ii) Ordenes de compra de bienes y servicios. iii) Comprobantes de pago por los bienes y servicios adquiridos. iv) Informes, memorandos, proveidos y otros documentos emitidos por las areas competentes de la municipalidad distrital que solicitaron los requerimientos de bienes y servicios, que aprobaron las solicitudes de requerimiento, que dispusieron la adquisicion de los bienes y servicios y, finalmente, que efectuaron el pago de las comprobantes de pago por los bienes y servicios adquiridos. v) Ordenes de servicio Nº 00894, Nº 00939, Nº 00940, Nº 00941, Nº 11044, Nº 11045, Nº 11066, Nº 11067, de fechas 30 de MORDAZA, 3 de agosto y 14 y 15 de diciembre de 2012, emitidos por la Municipalidad Distrital de MORDAZA a favor de Jann Lenner MORDAZA Andazabal. vi) Recibos por honorarios profesionales Nº 000034, Nº 000032, Nº 000031, Nº 000033, Nº 000006, Nº 000007, Nº 000009, Nº 000008, de fechas 1, 6 y 9 de agosto y 14, 15 y 16 de diciembre de 2012, girados por Jann Lenner MORDAZA Andazabal a favor de la Municipalidad Distrital de Chilca. vii) Cheques Nº 030372, Nº 030441, Nº 030442, Nº 030493, Nº 032890, Nº 026695, Nº 026696, Nº 026740, Nº 026739, Nº 027391, de fechas 1, 6, y 9 de agosto de 2013, 15 de enero de 2013, 15 y 16 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012, respectivamente, girados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA a favor de Jann Lenner MORDAZA Andazabal. Por cuanto era importante, para que el Concejo Municipal de MORDAZA emita una decision correcta y conforme a la realidad de los hechos, que contara con la informacion necesaria sobre los contratos celebrados entre la entidad MORDAZA y el proveedor MORDAZA senalado. 9. En igual sentido, el Concejo Distrital de MORDAZA, a efectos de contar con elementos que les permita determinar o descartar la existencia de un interes personal (propio o directo) del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la adquisicion de los bienes y servicios de su supuesto pariente, en tanto que se alega la existencia de una relacion de parentesco de MORDAZA grado por consanguinidad entre el MORDAZA y un proveedor de la entidad edil: Jann Lenner MORDAZA Andazabal, debio tener a la vista y valorar: i) La partida de nacimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como la de sus progenitores y los

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

padres de estos, para verificar el vinculo imputado a dicha autoridad con el citado proveedor. ii) La partida de nacimiento de los progenitores de Jann Lenner MORDAZA Andazabal, asi como la de sus abuelos, para verificar el vinculo que se imputa a dicho proveedor con la citada autoridad. 10. En esa linea de ideas, cabe precisar que los procedimientos de vacancia y suspension, en instancia municipal, se rigen bajo los principios establecidos en la LPAG y, por consiguiente, deben observarse con mayor enfasis los principios de impulso de oficio y verdad material, contenidos en los numerales 1.3 y 1.11 del articulo IV del Titulo Preliminar de la LPAG, en virtud de los cuales la entidad MORDAZA debe dirigir e impulsar el procedimiento y verificar los hechos que motivaran sus decisiones, para lo cual deberan adoptar todas las medidas probatorias necesarias. 11. En vista de lo expuesto, el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria de concejo del 2 de setiembre de 2013, que declaro fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 26 de junio de 2013, que aprobo la vacancia de su cargo, incurren en causal de nulidad prescrita en el articulo 10, numeral 1, de la LPAG, por lo que corresponde declarar nulo los referidos acuerdos y devolver los actuados al Concejo Distrital de MORDAZA, a efectos de que se pronuncie nuevamente sobre la solicitud de vacancia, debiendo previamente a ello agotar todos los medios a su disposicion para incorporar los medios probatorios senalados en los considerandos 8 y 9 de la presente resolucion. 12. Teniendo en cuenta las consideraciones precedentes, como consecuencia de la nulidad a declararse en el presente expediente, a fin de que el Concejo Distrital de MORDAZA pueda emitir un MORDAZA pronunciamiento valido sobre la solicitud de vacancia presentada en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la citada autoridad, en su calidad de presidente del citado concejo municipal, debera requerir e incorporar los siguientes medios probatorios: i) Requerimientos de compra de bienes y servicios. ii) Ordenes de compra de bienes y servicios. iii) Comprobantes de pago por los bienes y servicios adquiridos. iv) Informes, memorandos, proveidos y otros documentos emitidos por las areas competentes de la municipalidad distrital que solicitaron los requerimientos de bienes y servicios, que aprobaron las solicitudes de requerimiento, que dispusieron la adquisicion de los bienes y servicios y, finalmente, que efectuaron el pago de las comprobantes de pago por los bienes y servicios adquiridos. v) Ordenes de servicio Nº 00894, Nº 00939, Nº 00940, Nº 00941, Nº 11044, Nº 11045, Nº 11066, Nº 11067, de fechas 30 de MORDAZA, 3 de agosto y 14 y 15 de diciembre de 2012, emitidos por la Municipalidad Distrital de MORDAZA a favor de Jann Lenner MORDAZA Andazabal. vi) Recibos por honorarios profesionales Nº 000034, Nº 000032, Nº 000031, Nº 000033, Nº 000006, Nº 000007, Nº 000009, Nº 000008, de fechas 1, 6 y 9 de agosto y 14, 15 y 16 de diciembre de 2012, girados por Jann Lenner MORDAZA Andazabal a favor de la Municipalidad Distrital de Chilca. vii) Cheques Nº 030372, Nº 030441, Nº 030442, Nº 030493, Nº 032890, Nº 026695, Nº 026696, Nº 026740, Nº 026739, Nº 027391, de fechas 1, 6, y 9 de agosto de 2013, 15 de enero de 2013, 15 y 16 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012, respectivamente, girados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA a favor de Jann Lenner MORDAZA Andazabal. viii) La partida de nacimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como la de sus progenitores y los padres de estos, para verificar el vinculo imputado a dicha autoridad con el citado proveedor. ix) La partida de nacimiento de los progenitores de Jann Lenner MORDAZA Andazabal, asi como la de sus abuelos, para verificar el vinculo que se imputa a dicho proveedor con la citada autoridad. Una vez que se cuente con toda esta informacion, debera correrse traslado de la misma al solicitante

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